Lo que puede venir en la disputa
La resolución de adopción del mapa, por ser un acto administrativo de una entidad del orden nacional, puede ser demandada por la Gobernación de Antioquia ante la sección primera del Consejo de Estado. La demanda puede ser de nulidad o de nulidad y restablecimiento del derecho. Lo que puede pedir la Gobernación de Antioquia al presentar la demanda, es la suspensión provisional del acto administrativo. Esto significa que la resolución por medio de la cual se adopta la publicación del mapa quedará en suspenso hasta que el tribunal contencioso administrativo se pronuncie de fondo sobre la medida. En este proceso tendrán que intervenir la Gobernación de Chocó, como parte necesaria dentro del conflicto de límites como tal, el Ministerio de Interior, la Presidencia de la República, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac), por ser un proceso que se debe llevar de acuerdo con las normas del Código de procedimiento de lo contencioso administrativo, por ser una resolución de una entidad del orden público nacional que es recurrida ante la jurisdicción contencioso administrativa. Si la Gobernación de Antioquia demanda y pide la suspensión provisional del acto administrativo del Igac, el Consejo de Estado lo puede determinar bien sea en el acto de admisión de la demanda o con posterioridad y puede decretar esa suspensión hasta por un año, mientras se surten las pruebas. Es decir, este conflicto de límite territorial no saldrá del Consejo de Estado, creo yo, según los plazos que establece el código y de acuerdo con la experiencia, en menos de dos años. Eso significa que la decisión de reivindicación territorial para uno u otro departamento va a ser un punto fundamental para la campaña y la elección de los gobernadores de Antioquia y Chocó en el año 2019.