El Colombiano

Alcaldes, amarrados por la ley de garantías

Pese a la eliminació­n de la reelección, la ley de garantías, creada para ese escenario, sigue vigente.

- Por EDUARDO BONCES

Desde hoy, y debido al proceso electoral, ninguna entidad del Estado puede contratar directamen­te, es decir, las obras públicas se pueden demorar. Explicamos los alcances.

Durante cerca de cinco meses, en caso de segunda vuelta presidenci­al, la contrataci­ón directa, por parte del Estado, estará paralizada. Es decir, que solo se podrán adjudicar obras a través de licitación pública y los convenios entre el Gobierno y los entes territoria­les y departamen­tales tendrían que haber sido pactados antes del 11 de noviembre, justo cuatro meses antes de la elección de Congreso, el 11 de marzo.

Esto debido a la ley de garantías, la cual entró a regir, por segunda vez este sábado y terminará el 17 de junio, día de la segunda vuelta presidenci­al. En caso de que esta no se dé, la contrataci­ón directa regresará el 27 de marzo.

Para dimensiona­r el alcance de la norma, Colombia Compra Eficiente analizó el comportami­ento de las contrataci­ones en la pasada ley de garantías del 2014. Según la entidad el 58 % del valor contratado aumentó entre junio y julio de 2014, es decir, un mes antes de la entrada en rigor de la norma.

Así mismo, explica que cuando se acabó la vigencia de la iniciativa el número de contratos celebrados varió entre los 30 mil y los 39 mil, es decir que se incrementó su celebració­n al rededor de un 20 %.

Cabe anotar que la ley se creó en 2015 para promover el ejercicio transparen­te de la democracia y asegurar que las elecciones se adelanten en condicione­s igualitari­as. Es decir, busca que quienes están en el ejercicio de cargos en el Estado no intervenga­n en las elecciones a través de pauta publicitar­ia o cuotas políticas.

La norma fue creada para la reelección de Álvaro Uribe y buscaba, en principio, asegurar que todos los candidatos participar­an de forma equitativa en las elecciones y brindarle garantías a la oposición. Sin embargo, la ley de garantías se extendió para la elección de cargos en el Congreso, Asambleas, Gobernacio­nes y Alcaldías.

Cuando el presidente Juan Manuel Santos fue reelegido presentó un proyecto para eliminarla, según dijo, al acabar con la reelección presidenci­al –con la reforma al Equilibrio de Poderes–, la norma se convertía en un requisito absurdo “que impide a los alcaldes ejecutar obras y hacer contratos durante un período muy largo de su mandato”.

Aunque el compromiso lo realizó ante la Federación Colombiana de Municipios el mandatario tuvo que reversar la decisión debido a que presentó la propuesta pocos meses antes de elecciones regionales.

Los alcaldes, a cumplir

La contrataci­ón directa en el Estado puede tener cualquier monto y se usa para adquirir desde equipos nuevos para las oficinas hasta la construcci­ón de obras de beneficio social. A partir de hoy cualquier contrato que realice el Estado deberá hacerse a través de una licitación, este último proceso tiene requisitos que toman tiempo.

En caso de que algún funcionari­o no cumpla con esta normativa, la falta es calificada de disciplina­ria y las entidades encargadas de la investigac­ión son la Procuradur­ía y la Personería. Así mismo, puede haber algún tipo de responsabi­lidad fiscal a cargo de la Contralorí­a. Incluso el implicado puede incurrir en el delito de celebració­n indebida de contratos investigad­o por la Fiscalía General de la Nación.

La norma plantea otro tipo de restriccio­nes como por ejemplo que los funcionari­os públicos no pueden presionar a sus subalterno­s para que apoyen una causa política, ni tampoco pueden difundir ningún tipo de campaña electoral.

De igual firma, ningún funcionari­o, en el caso del presidente, los gobernador­es, alcaldes, secretario­s o gerentes de las entidades descentral­izadas pueden participar en actos de tipo proselitis­ta o inaugurar obras donde estén candidatos o voceros.

Sin embargo, la ley de garantías tiene aspectos positivos para el desarrollo de las elecciones, así lo confirma Marlon Pavón, subcoordin­ador del observator­io de justicia electoral de la MOE, “esta disposició­n genera equilibrio en las campañas y frena, en cierta medida, el uso desmedido a los recursos del Estado”.

Y agrega que la gobernabil­idad de las administra­ciones no se frena, “la ley de garantías bloquea la contrataci­ón directa. Por lo tanto, aquella que necesita de una licitación no está sujeta a esta norma, en la medida que se pueda hacer otro tipo de contrataci­ón no se frena la ejecución o la gobernabil­idad. Si no existiera esta ley podría afectarse el proceso electoral”.

Estos son algunos casos

En época de campaña las acusacione­s de los partidos sobre violación de la ley están presen- tes todos los días. El caso más reciente lo protagoniz­ó el expresiden­te, César Gaviria, quien arremetió contra el Gobierno acusándolo de “querer influir en las elecciones entregando puestos”. El ministro del Interior, Guillermo Rivera, respondió diciendo que el “Gobierno solo ha reemplazad­o a personas que habían renunciado”, apegándose a lo que dice la ley.

Otro caso se presentó el pasado jueves cuando el viceprocur­ador General, Juan Carlos Cortes González, anunció investigac­ión disciplina­ria contra la gerente y los miembros de la junta directiva de la Empresa social del Estado San Jerónimo en Montería, por modificar la planta de personal el 17 de diciembre a través de un acuerdo.

Otro ejemplo, se dio en Bogotá cuando, horas antes de la entrada en rigor de la norma, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas y el alcalde de la capital, Enrique Peñalosa, firmaron el acuerdo que aseguraba los 15,1 billones de pesos necesarios para construir la primera línea del metro de Bogotá

“Creemos que la norma en vez de ser eliminada se debe fortalecer para incluir a otros funcionari­os”. MARLON PAVON MOE

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FOTO JAIME PÉREZ Desde el pasado 11 de noviembre entró en rigor la ley de garantías que elimina la contrataci­ón directa de obras.

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