EL PORQUÉ DEL IMPUESTO
La Dian argumenta que todo aquél producto que contenga tabaco deberá tener la carga tributaria sin importar cuánto de este utilice o su clasificación arancelaria. “En el caso de los productos nacionales, el impuesto se causa en el momento en que el productor hace entrega en la fábrica o planta para su distribución, o para publicidad, promoción, donación, comisión o autoconsumo”, referencia el comunicado de MinHacienda.