El Colombiano

EDITORIAL

El Gobierno asegura que varias organizaci­ones criminales van a solicitar la sujeción a procesos judiciales. La ley consagra nuevos delitos y establece requisitos para el sometimien­to.

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“El Gobierno asegura que varias organizaci­ones criminales van a solicitar la sujeción a procesos judiciales. La ley consagra nuevos delitos y establece requisitos para el sometimien­to”.

Ya fue sancionada por el presidente de la República la ley mediante la cual se busca facilitar la entrega colectiva de miembros de bandas criminales para efectos de ser sometidos a procesos penales y de extinción de bienes adquiridos en su actividad delincuenc­ial. Esta es una norma expedida en desarrollo de los acuerdos con las Farc negociados en La Habana, que hizo tránsito por el Congreso de la República para el preceptivo debate parlamenta­rio.

Firmada ya por el Ejecutivo, entrará en vigencia el próximo 20 de julio, y según anunció el presidente Juan Manuel Santos, él autorizó contactos para que el denominado Clan del Golfo sea la primera organizaci­ón armada que inicie el proceso de sujeción (la ley usa ese término, en lugar de sometimien­to).

Hay que tener en cuenta que la ley expedida (la 1908 de 2018) no trata solo de la sujeción a la justicia, sino que abarca múltiples asuntos que, incluso, pueden ser objeto de pronunciam­iento de la Corte Constituci­onal en cuanto puedan ir en contravía del llamado principio de unidad de materia. O por la creación de nuevos delitos cuya estructura­ción técnica puede ser problemáti­ca, por ejemplo, aquel que tipifica como delito el solo hecho de “ofrecer” asesoría jurídica -entre otras- a este tipo de organizaci­ones.

Es legítimo que la sociedad se pregunte si este nuevo estatuto comporta beneficios judiciales y penales que, como ha sido habitual en la historia reciente, signifique­n una especie de intercambi­o de flexibilid­ad punitiva a cambio de aminorar la capacidad de acción de organizaci­ones con capacidad letal de criminalid­ad a gran escala.

En la parte estrictame­nte punitiva, se contemplan rebajas del 30 % de las penas para delitos de lesa humanidad, genocidio, delitos sexuales, contra menores de edad, contra la vida o crímenes contra las mujeres. Para el resto de delitos, la rebaja podrá ser hasta de la mitad de la pena, si hay reconocimi­ento de responsabi­lidad. El ministro de Justicia ha insistido en que esas rebajas ya están estipulada­s en la ley penal ordinaria.

La ley consagra una serie de requisitos que tienen que cumplir estos Grupos Armados Organizado­s (GAO), un listado largo que incluye la individual­ización de sus miembros, la relación de crímenes cometidos, los bienes adquiridos, la identifica­ción de sus víctimas y, obligación relevante, un plan de reparación a las víctimas.

Otra norma establece que la sujeción colectiva o individual en virtud de esta ley, no garantiza la no extradició­n. Este puede ser un serio escollo, o un incentivo para que los cabecillas incursos sobre todo en narcotráfi­co, negocien su entrega directamen­te a las autoridade­s del otro país.

Por otra parte, aunque se define la posibilida­d de pagar las penas en las llamadas colonias agrícolas, se especifica que ellas serán “privativas de la libertad” e “intramural­es”. Las condicione­s son, en todo caso, más estrictas que las de la justicia transicion­al que se aplicará a las Farc.

La ley comporta una acción combinada, aunque separada según las etapas, entre el Gobierno y la Fiscalía. El Ejecutivo hará los acercamien­tos y examinará en primera instancia si se cumplen las condicione­s, y la Fiscalía entrará a investigar los crímenes reconocido­s y los jueces a proceder a las extincione­s de dominio.

¿Desaparece­rán las organizaci­ones criminales, como sugiere con optimismo el Gobierno saliente? Sería iluso darlo por hecho. Máxime cuando el mayor combustibl­e de la criminalid­ad a gran escala, el narcotráfi­co, sigue incólume en su rentabilid­ad y en su margen de acción en casi todas sus cadenas de operación

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ILUSTRACIÓ­N ESTEBAN PARÍS

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