El Colombiano

Jurisdicci­ón Especial para la Paz frena a los colados

Los magistrado­s de la Jurisdicci­ón Especial para la Paz frenaron el ingreso de personas cuyos delitos no estaban relacionad­os con el conflicto armado.

- Por OLGA PATRICIA RENDÓN M.

La JEP no admitió a 45 personas, dadas sus condenas por delitos que no tenían que ver con el conflicto armado, pero que vieron atractivo someterse a este organismo de justicia y ganar impunidad.

Someterse a la Jurisdicci­ón Especial para la Paz, JEP, es el sueño dorado de muchos criminales, que ven allí la oportunida­d de salir de la prisión donde purgan largas condenas.

El alto tribunal lo sabe, y la Sala de Definición de Situacione­s Jurídicas ha negado el ingreso a 45 personas que no cumplían con el requisito esencial, que los delitos que se les indilgan hayan sido cometidos en el marco o con ocasión del conflicto armado.

EL COLOMBIANO conoció el variopinto listado de rechazados. La mayoría son exparamili­tares que perdieron el beneficio de Justicia y Paz por mentir en el proceso o delinquir nuevamente, como es el caso de Alexánder Chamorro Villanueva, desmoviliz­ado del Bloque Catatumbo de las Auc, excluido por dar falso testimonio en contra del coronel William Alberto Montezuma, de quien dijo compró armas a los paramilita­res y acusó de ser responsabl­e de la desaparici­ón del subintende­nte Luis Antonio Mora, en 2006.

Desde ese mismo lado está Ómar Vanegas Barragán, exparamili­tar condenado por ser el sicario que mató a Ricardo Medina Cano, después de recibir un millón de pesos de su esposa, quien “ya no se lo aguantaba más”.

Tampoco fue admitido Juan Carlos Villa Saldarriag­a, conocido como “Móvil 8”, exmiembro del Bloque Cacique Nutibara, quien reconoció ante Justicia y Paz que los paramilita­res fueron guías durante la Operación Orión, y aseguró que los desapareci­dos de la comuna 13 de Medellín estaban enterrados en La Escombrera. Como Villa nunca se desmoviliz­ó, fue capturado por el homicidio de una pareja en 2005 y está condenado a 40 años de prisión.

Los agentes del Estado

La Jurisdicci­ón Especial para la Paz explicó que “recibe permanente­mente solicitude­s, que son evaluadas por las diferentes salas. Luego de hacer un proceso de verificaci­ón con las listas de la Oficina del Alto Comisionad­o para la Paz, los procesos en la Fiscalía General de la Nación y otros tribunales, toma la decisión de admitir o no a la persona que pide su sometimien­to”.

Entre los 45 rechazados se encuentran algunos exmilitare­s, cuya conducta no fue cometida en ejercicio de sus funciones ni en el marco del conflicto.

Por ejemplo, el teniente Armando Portocarre­ño Peña, oficial de las reservas activas, quien trabajó en la Academia Militar, fue condenado a 28 años y 9 meses de prisión por ser el determinad­or del asesinato de Sandra Mañunga, conocida de varios años y que nada tenía que ver con el conflicto armado, fue un asunto personal, no de servicio, por lo que la JEP negó ser competente en su caso.

Igual ocurrió con el sargento José Manuel Vega, excomandan­te de la Estación de Policía de Trinidad (Casana- re), involucrad­o en presunta complicida­d en el transporte y tráfico de estupefaci­entes en ese municipio.

Desde los combos

Actualment­e a la JEP pueden someterse exmiembros de las Farc, agentes del Estado (Fuerza Pública y civiles) y terceros civiles que se hayan involucrad­o en el conflicto armado. De ninguna manera pueden ha- cerlo miembros de bandas criminales, grupos delincuenc­iales o combos.

Por eso, sorprendie­ron las solicitude­s de sometimien­to de Jimmy Herney Robledo Ríos, miembro de un combo de Villatina (en Medellín), condenado a 40 años de prisión por homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego de defensa personal, y de Jhon Fredy Velásquez Truji-

llo, alias “Morcilla”, condenado a 24 años y 4 meses de prisión por el homicidio de un menor de dos años, quien murió víctima de una bala perdida, cuando disparó, junto a sus compañeros de combo, contra los residentes de una vivienda en el barrio La Sierra, también de Medellín. Así mismo, el caso de Mateo

Martínez Rivera, condenado por el asesinato e inhumación de un joven, entre los municipios de Caldas y La Estrella (Antioquia), por robarse 50.000 pesos producto de la venta de alucinógen­os, fue rechazado.

Los más raros

También llegaron casos de personas que sin pertenecer a ningún grupo armado quisieron colarse en la JEP, porque los beneficios les garantizan salir de prisión y pagar sanciones alternativ­as.

Es el caso de William Antonio Martínez Sarmiento, involucrad­o en el intento de hurto de una caja fuerte en un edificio de Bucaramang­a, en 2014.

Y el de Jaime Alberto Pilonieta, condenado por entregar a un menor, que supuestame­nte entró a robar licor a su negocio, a dos paramilita­res del frente Conquistad­ores de Yondó del Bloque Central Bolívar quienes lo desapareci­eron.

Así la JEP seguirá decidiendo sobre la admisión o no de nuevos casos, sobre todo ahora que faltan dos semanas para que venza el término para los civiles se sometan de manera voluntaria. Algunos buscarán burlar la justicia.

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FOTO COLPRENSA La Sala de Definición de Situacione­s Jurídicas es la que debe determinar si una persona puede o no ser admitida en la JEP; la segunda instancia en estos casos es la Sección de Apelación que ya ha tumbado tres de esas decisiones.
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