El Colombiano

768 POT en riesgo por un fallo judicial

Tribunal del Quindío aseveró que en Pijao se han violado los derechos colectivos a la prevención de desastres.

- Por JULIÁN AMOROCHO BECERRA ANDRÉS CARDONA

Al declarar que se están amenazando los derechos a la seguridad y prevención de desastres previsible­s, el Tribunal Administra­tivo de Quindío ordenó el 15 de noviembre pasado a las autoridade­s del municipio de Pijao implementa­r, inmediatam­ente, el componente de gestión de riesgo a su esquema de ordenamien­to territoria­l.

Este fallo, originado en una acción popular impuesta por la Procuradur­ía, implica un antecedent­e judicial que pondría a tiro de una petición similar que se caigan los esquemas de ordenamien­to territoria­l de 768 municipios del país en donde se ha identifica­do un riesgo de desastres, pero no se ha implementa­do un sistema de gestión para este tipo de amenazas.

Según lo explicó el abogado constituci­onalista, Juan Manuel Charry, exdecano de la facultad de derecho Universida­d del Rosario, “este tipo de acciones solo tienen orden para el municipios y solo tiene los efectos que se establezca en la sentencia”.

En ese sentido, la orden no se vuelve extensiva a ningún otro municipio, salvo que la Corte Constituci­onal decida ordenarlo así. Solo en ese momento los otros POT quedarían sin efectos al no cumplir con la gestión del riesgo.

Sin embargo, cualquier persona de uno de estos municipios que considere que se vulneran los mismos derechos que a la población de Pijao, puede interponer una acción de tutela en circunstan­cias similares. “En ese caso, el fallo del Tribunal del Quindío le serviría como precedente judicial para fallar en igual sentido o, de no hacerlo, pedirle al juez que justifique por qué no lo hace”.

Aparte, que la acción popular haya sido presentada por la Procuradur­ía le da cierto peso ante el juez, por la credibilid­ad institucio­nal que posee, si bien esto no implica ninguna obligación a la hora de tomar decisiones. municipios fueron revisados por el Gobierno en 2015 cuando entró en vigencia la orden de la gestión de riesgo.

Implementa­ción mínima

La actualizac­ión de los Planes, Planes Básicos y Esquemas de Ordenamien­to Territoria­l (POT, PBOT y EOT) con enfoque de gestión de riesgo es una obligación para todos los municipios desde 2014, cuando se firmó el Decreto 1807 por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

En su considerac­ión, Pijao se encuentra amenazado por el Río Lejos y la Quebrada las Pizarras, que en temporadas invernales como la de 2017 generó que se decretara una calamidad pública. Por eso la Procuradur­ía advirtió que la población requiere una intervenci­ón inmediata para evitar una tragedia como la de Mocoa en Putumayo.

En opinión del tribunal, como la amenaza es identifica­ble y los entes accionados son responsabl­es, se amparan los derechos colectivos, recalcando que en su condición de municipio de sexta categoría, tienen que ayudarle las autoridade­s nacionales en el fortalecim­iento de la implementa­ción del riesgo de desastres.

“Las autoridade­s públicas no han demostrado una actuación lo suficiente­mente proactiva, comprometi­da y concurrent­e como lo exige el marco normativo y Pijao no ha actualizad­o su esquema de ordenamien­to territoria­l”, concluye la sentencia del magistrado Juan Carlos Botina.

A juicio de la Procuradur­ía, este mismo concepto se puede aplicar en los 768 municipios que encontró con población asentada en zona de riesgo de deslizamie­ntos, avalanchas e inundacion­es, que no tienen la gestión de riesgo incorporad­a en sus esquemas de ordenamien­to territoria­l.

No se trata de una cifra menor. Es un 63% del total de municipios del país el que no tiene las herramient­as para prevenir y reaccionar ante un eventual desastre.

No es la única cifra preocupant­e. El 82% de los munici-

pios tienen algún sector de su población asentada en sectores de riesgo, según una encuesta realizada con todas las alcaldías del país.

A la fecha, la Procuradur­ía tiene 14 investigac­iones disciplina­rias abiertas por irregulari­dades en los municipios a la hora de incorporar el componente de gestión de riesgo en sus esquemas de ordenamien­to territoria­l.

La mayoría de estas investigac­iones se centran en La Guajira, en donde se registran siete incumplimi­entos en ese sentido en igual número de municipios.

En esta lista se encuentra un municipio capital, Popayán, en se identificó una presunta falta disciplina­ria en la no implementa­ción de la gestión de riesgo en la ciudad.

Para Johan Fernando Suárez, director de la facultad de Ingeniería Ambiental de la UPB, la obligación de los municipios debe ser generar restriccio­nes frente al uso del suelo en sitios que se identifiqu­en como áreas de amenaza. “La idea es que se identifiqu­en áreas de protección ambiental de antemano para luego no tener este tipo de problemas”.

Agregó que la consecuenc­ia de no ordenar adecuadame­nte el territorio, es una falta de gestión que permitirá violacione­s a los usos de suelo y una mayor amenaza de tratarse de sitios identifica­dos como vulnerable­s.

A pesar del riesgo y de ser obligación hace cuatro años, este tipo de acciones se enfrentan un rival mayor que es el fenómeno de corrupción urbana o “volteo de tierras”, que el procurador general, Fernando Carrillo, definió como “la nueva gallina de los huevos de oro de la corrupción”

 ?? FOTO ?? El desastre de la avalancha en Mocoa, en abril de 2017, dejó en evidencia que su Plan de Ordenamien­to Territoria­l, POT, no contempló las amenazas naturales que tenía.
FOTO El desastre de la avalancha en Mocoa, en abril de 2017, dejó en evidencia que su Plan de Ordenamien­to Territoria­l, POT, no contempló las amenazas naturales que tenía.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Colombia