El Colombiano

PROCESO POR ENAJENACIO­NES INDIRECTAS

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Toda transferen­cia de sociedades o activos ubicados en el país, a través de la venta de acciones, participac­iones o derechos de entidades del exterior estará gravada en Colombia como si la venta se hubiera realizado de manera directa, teniendo en cuenta el activo subyacente (activo real o financiero que se toma como referencia para hacer una operación).

tranjera por mínimo 12 meses, y contar con mínimo 3 empleados y una dirección física en Colombia.

En el texto de la reforma se explica que los dividendos que distribuya una entidad en el exterior a una CHC estarán exentos del impuesto sobre la renta y se declararán como rentas exentas de capital. Pero si la CHC distribuye dividendos a un residente colombiano, está distribuci­ón estará gravada a la tarifa general, pero otorgará un descuento por impuestos pagados en el exterior. “Esto nos pondrá a la altura de países como Holanda y España”, destacó Parra.

No obstante, Vargas resaltó que es necesario aclarar algunos términos en el proyecto de ley, pues considera que está redactado de forma confusa (ver Radiografí­a)

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