RENTAS POR ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES
El proyecto de ley establece que los establecimientos permanentes de individuos, sociedades o entidades extrajeras, ubicados en el país, serán gravados sobre las rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional y extranjera que le sean atribuibles.
Dicho esto, el profesor de Economía de la Universidad Nacional, Raúl Ávila, detalló que esa medida, que gravaría tanto rentas y ganancias ocasionales, podría impactar el Ebitda (beneficios antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización) y las utilidades de las compañías. “Eso afectaría la llegada de nuevas compañías al país”, dijo.