PUBLICIDAD QUE INVADE ESPACIOS Y BIENES PÚBLICOS, EN CONTRA DEL CÓDIGO DE POLICÍA
A los habitantes de Medellín nos produce malestar que las empresas que se dedican a realizar trámites de afiliación a EPS, ARL, Cajas de Compensación Familiar y pensión en- sucien con propaganda los postes, muros, luminarias y árboles de la ciudad. Por todo el Valle del Aburrá prolifera esta propaganda que viola las disposiciones legales, de compañías fantasma que no se identifican en esa publicidad. Esta es una forma de contaminación visual. La Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia, señala: “Capítulo II. Del cuidado e integridad del espacio público. Art. 140: Comportamientos contrarios al cuidado e inte- gridad del espacio público: (...) 5. Ensuciar, dañar o hacer uso indebido de los bienes fiscales o de uso público. 9. Escribir o fijar en lugar público o abierto al público, postes, fachadas, antejardines, muros, paredes, elementos físicos natu- rales (...). 12. Fijar en espacio público propaganda, avisos o pasacalles, pancartas, pendones, vallas o banderolas, sin el debido permiso”. ¿Será que las autoridades han autorizado la colocación de la mencionada publicidad?