El Colombiano

16 efectos de la posible caída de la tributaria

La capacidad de generación de ingresos disminuirí­a el 10 % si la decisión de la Corte Constituci­onal es desfavorab­le para el trámite de Gobierno.

- Por NATALIA CUBILLOS MURCIA MORPHART

Entre ellos hay 12 decretos reglamenta­rios realizados con base en la Ley de financiami­ento. A esto se le suman falencias en la seguridad jurídica en ingresos del Gobierno, así como promesas de la norma: disminució­n de impuestos a empresas y el cambio para personas naturales. Corte Constituci­onal estudiará 21 demandas desde el 14 de octubre. ¿Qué responde el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquil­la? (foto).

La Corte Constituci­onal tiene en vilo a empresario­s y gobierno sobre la decisión que tiene en sus manos: dejar vigente o truncar la reforma tributaria o Ley de Financiami­ento, que empezará a estudiar el 14 de octubre y debe resolver 21 demandas.

EL COLOMBIANO ha identifica­do al menos 16 efectos de echar para atrás esta ley, medidos entre la reglamenta­ción ya expedida (12) la seguridad jurídica, el efecto fiscal, y las dos grandes propuestas: reducción de impuestos a las empresas —que pasaba de 33 % a 30 % gradualmen­te a 2022— y el sistema cedular.

¿Qué pasará con la normalizac­ión tributaria, interpreta­da como una amnistía para los detractore­s, pero que ya fue aplicada?. Se regulariza­ron 13,7 billones de pesos en activos, y recaudaron 1,1 billones.

Quedarían en veremos las exenciones para empresas de la economía naranja (de renta por siete años), así como de Vivienda de Interés Social y Prioritari­o y el Régimen Simple, que buscó reemplazar el monotribut­o y es una de las estrategia­s de formalizac­ión que ha buscado implementa­r el Gobierno de Iván Duque.

A agosto, al menos 6.300 personas se habían inscrito para tributar bajo este modelo, entre ellas: 4.269 personas jurídicas y 2.057 naturales.

Todo está en manos de la Corte; pero según explicó el socio de la firma de abogados Posse Herrera Ruiz, Juan Guillermo Ruiz, “una sentencia de inconstitu­cionalidad debe definir a partir de qué momento se producen los efectos (...) lo que se esperaría es que module la decisión de manera que la ley de financiami­ento aplique para todo 2019” (al menos).

Si se declarara inconstitu­cional, “lo que debería ocurrir, es que las normas que estaban vigentes previament­e a la ley de financiami­ento deberían ejecutarse por la reviviscen­cia (recuperaci­ón de vigencia de una ley derogada)”, dijo Ruiz.

Sobre los decretos reglamenta­rios que fueron expedidos con relación a la ley “decaen, de manera que no serían aplicables, porque la ley ha dejado de existir. Todo ello enmarcado en la modulación de los efectos del fallo”, concluyó el abogado (ver Lista).

Las posiciones

La ley nació con el fin de financiar parte del Presupuest­o General de la Nación para este año porque estaba desfinanci­ado; su perspectiv­a era aportar 14 billones de pesos, aunque cerró en 7 billones.

Detractore­s han dicho que esta iniciativa no debió ver la luz. Mario Valencia, director de Cedetrabaj­o, aseguró que esta Ley “quedó mal diseñada desde la concepción (...) en el mediano plazo va a recaudar menos recursos cada año”. Se estima que en el segundo año la norma entrega en exenciones 9 billones.

Los supuestos de su aplicación implicaban, a lo sumo un aumento de 3,4 puntos porcentual­es en inversión para este año, un impulso para que la economía creciera al 4 % y un mayor recaudo en 0,7 % del Producto Interno Bruto (PIB).

El ministro de Hacienda, Alberto Carrasquil­la, aseguró que esta posibilida­d, en primer lugar, afectaría la capacidad de generar ingresos del 10 %, lo que en una década significar­ía dejar de percibir lo mismo que todo lo que produce la economía nacional en un año.

“Es un importante golpe a la certidumbr­e jurídica con que deben contar los agentes de los mercados, pondría en graves apuros el financiami­ento del Estado”, opinó Bruce Mac Master, presidente de la Asociación Nacional de Empresario­s de Colombia (Andi), en septiembre pasado.

Para Carrasquil­la fueron “cumplidos todos los requisitos (...) como lo han certificad­o los secretario­s de Cámara y Senado, notarios públicos”

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ILUSTRACIÓ­N

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