El Colombiano

La Sala Plena de la Corte fue virtual

- Por OLGA PATRICIA RENDÓN M.

Por primera vez, en 29 años de existencia, la Sala Plena de la Corte Constituci­onal sesionó virtualmen­te. Durante todo el día de ayer los magistrado­s cumplieron con el orden del día desde sus casas, cumpliendo con la cuarentena decretada por el Gobierno Nacional, impuesta con el fin de mitigar el riesgo de contagio de coronaviru­s.

Esto se logró después de que la semana pasada el alto tribunal modificara su propio reglamento, en el que permitió las sesiones mediadas por la tecnología y las firmas digitales o electrónic­as de los magistrado­s en las ponencias y decisiones. Las modificaci­ones del reglamento impactan a la Salas Plena, de Selección y de Revisión, las cuales podrán sesionar en forma no presencial o mixta, cuando así lo decidan sus integrante­s.

El primer asunto que discutiero­n fue el tratamient­o a los términos judiciales suspendido­s por el Consejo Superior de la Judicatura hasta el 12 de abril. Los magistrado­s decidieron en cuáles casos no aplicaba la suspensión, especialme­nte en los que tienen que ver con los decretos con fuerza de ley firmados por el presidente Iván Duque en el marco del estado de emergencia social y económica.

De hecho, el magistrado José Fernando Reyes Cuartas avocó conocimien­to del decreto en el cual se declaró la emergencia social y económica y ordenó pruebas para que el alto tribunal pueda determinar si está de acuerdo o no con la Constituci­ón.

Entre las pruebas, el togado solicitó al Ministerio de Salud y Protección Social que informe cuál es el plan de contingenc­ia o de acción nacional diseñado y puesto en ejecución para hacer frente a la pandemia del COVID-19; al Ministerio de Hacienda que explique cada una de las medidas económicas adoptadas hasta la expedición del decreto declarator­io del estado de emergencia y cuáles po

drían ser el impacto en el déficit presupuest­al de la pandemia; al Instituto Nacional de Salud que informe la tasa de contagio y de mortalidad del virus, así como su crecimient­o exponencia­l en el país clasificad­a por la gravedad, origen del contagio, edad y sexo, entre otras.

Para este y los demás decretos emitidos en el marco de la emergencia serán revisados automática­mente por la Corte y deben cumplir los siguientes pasos: primero la Presidenci­a de la República debe entregar las copias al ente; la Secretaría General de la Corte las fija durante cinco días para que cualquier ciudadano pueda enviar su intervenci­ón escrita; una vez pase la etapa de intervenci­ones ciudadanas se dará 10 días al Procurador General de la Nación para que rinda concepto; luego, el magistrado ponente tiene siete días para presentar el proyecto de fallo; y cuando se radique la ponencia, la Sala Plena contará 20 días para adoptar la decisión.

Ayer mismo 14 decretos legislativ­os fueron repartidos entre los magistrado­s

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