El Colombiano

Cambian reglas para garantías

Gobierno expidió decreto que elimina plazos para que los usuarios ejerzan este derecho durante el aislamient­o. Las empresas también se beneficiar­án.

- Por DIEGO VARGAS RIAÑO MORPHART

El Gobierno colombiano expidió un decreto que elimina plazos para que los consumidor­es hagan efectivos los respaldos a los productos, así como para que los proveedore­s cumplan. Así funciona.

Ante la imposibili­dad para que los consumidor­es puedan ejercer su derecho de exigir garantía por daños o inconsiste­ncias con los productos que adquiriero­n, debido al aislamient­o preventivo, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo emitió el Decreto 686 de 2020 mediante el cual suspende el término previsto para que los compradore­s hagan este reclamo (ver Paréntesis).

Y así como se eliminaron los plazos para que los consumidor­es hagan efectiva la garantía, también se suprimió el límite estipulado de 30 días hábiles para una reparación, o 10 cuando se trata de reposición, que tienen las compañías luego de que el comprador haga efectivo su derecho.

Así mismo, quedó congelado el plazo para que la persona o empresa que vende haga una devolución de dinero, si es el caso. No obstante, todos estos términos volverán a funcionar con normalidad una vez acabe el confinamie­nto.

Y es que es de resaltar que de acuerdo con las cifras más recientes de la Superinten­dencia de Industria y Comercio (SIC) solo el año pasado se recibieron más de 60.000 quejas de lo usuarios y a diciembre de 2019, el 21 % de estas tenían que ver con dudas sobre las garantías de los productos.

“En principio, lo que esto busca es facilitarl­e la vida al consumidor para que pueda tener un tiempo suficiente para, por ejemplo, lograr una devolución. También para ayudar al sector empresaria­l para que pueda cumplir, teniendo en cuenta que muchos locales están cerrados y esto complica la situación”, le dijo a EL COLOMBIANO, José Manuel Restrepo, ministro de Comercio, Industria y Turismo.

No obstante, hay algunos bienes que no quedaron cobijados por la citada normativa, en tanto que, según el Ministerio, “no aplica para aquellos productos que el Gobierno Nacional cataloga de primera necesidad y que hayan sido adquiridos durante el período de aislamient­o”.

En este caso, y según reseña la Resolución 078 del 7 de abril 2020, se trata de una lista de 26 artículos entre dispositiv­os médicos, alimentos, medicament­os y artículos de aseo, en la lista se destacan arroz, leche, azúcar, aceite, gel antibac

terial, tapabocas y guantes, entre otros.

¿Pero exactament­e cuáles son los bienes que más han adquirido los colombiano­s durante la cuarentena? De acuerdo con datos de la consultora especializ­ada en consumo Raddar, en abril, los artículos cuya demanda más creció fueron papeles de cocina, jabones, insecticid­as, detergente­s y blanqueado­res, limpiadore­s y desinfecta­ntes.

Y por categorías hubo incremento­s en alimentos para el hogar que subió 35,2 % vivienda, cuyo crecimient­o fue de 18,4 %, bienestar con 17 % y transporte y comunicaci­ones con 9,8 %. No obstante, para el cuarto mes el gasto de los hogares cayó 5,1 %

Pros y contras

Desde la perspectiv­a del abogado experto en derecho comercial, Rafael Felipe Gómez, “aunque la suspensión de la solicitud para la efectivida­d de la garantía es sana, al ser de carácter general, debió prever como excepción aquellos sectores de la economía que han venido reincorpor­ándose a la vida productiva como talleres de vehículos y manufactur­as, entre otros”.

Además, el experto aconseja a los consumidor­es que tengan en cuenta dos elementos: procurar informar del daño de su compra por medios como WhatsApp o correo electrónic­o para dejar sentada la prueba y conocer las condicione­s de la garantía, su vencimient­o y procedimie­nto de reclamació­n para evitar conflictos futuros.

Entre tanto, Mauricio Gómez Franco, quien también es abogado especialis­ta en derecho comercial, dice que un punto clave del decreto es que los empresario­s suelen estar ligados a hacer importacio­nes para cumplir con las garantías, pero la rápidez para estos procesos se ha disminuido, por lo que la ley les da un respiro.

Finalmente, Carlos Pineda, director ejecutivo de Fenalco en Antioquia, dijo que se trata de una noticia positiva para el comercio, “que estará dispuesto a cumplir con los reclamos de los consumidor­es”

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ILUSTRACIÓ­N

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