NO CABE CUALQUIER COSA EN PLAN DE DESARROLLO
La Corte Constitucional volvió a llamar la atención sobre la necesidad –y el deber– de que las normas que se incorporen a la ley del Plan Nacional de Desarrollo (PND), se adecúen a las finalidades y propósitos que la Constitución expresamente dispone para este fundamental instrumento normativo. Se volvió costumbre que el PND sea una caja de Pandora donde se meten a la brava normas de todo tipo, desde las que regulan asuntos de tránsito, empresas estatales, tributación, hasta las que se aprovechan para resolver problemas sectoriales que no han prosperado en otras leyes. La responsabilidad es tanto de los gobiernos como del Congreso, pues al ser declaradas inexequibles, se genera inestabilidad jurídica