¿Se están dilatando los procesos de exFarc en la JEP?
Retrasan avance en casos de secuestro y reclutamiento. Abogados dicen que es parte de la defensa.
Desgaste. Eso es lo que ha ocurrido en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) con los 114 recursos que han interpuesto los excomandantes de las extintas Farc en los tres casos priorizados y por los cuales han sido convocados.
Los argumentos son de diferente índole, y siempre la JEP ha desestimado las pretensiones por considerar que los reclamos de los comparecientes son infundados. Sin embargo, en casi todas las oportunidades, ante la negativa los defensores controvierten y apelan la decisión. Y, al ser tantos y sobre distintos asuntos, demanda un esfuerzo adicional para su estudio.
Los que más recursos han interpuesto ante la JEP son Rodrigo Granda, conocido como “Ricardo Tellez”; Luis Óscar Úsuga, “Isaías Trujillo”; y Martín Cruz Vega, “Aurelio Rodríguez”, cada uno con cuatro recursos. (ver infografía)
Gustavo Gallardo, abogado de varios de los excombatientes de las Farc, explicó que “dentro del ejercicio del derecho es absolutamente legal, constitucional y legítimo que si una persona no está de acuerdo con una decisión o procedimiento social se puedan interponer los recursos; la segunda instancia nutre el proceso, no debe verse como un escenario de irrespeto a la autoridad sino como un ejercicio legítimo de controvertir algo que está afectando los derechos fundamentales”.
Si bien no siempre los recursos han significado una suspensión de términos judiciales, sí han sido fundamentales en los retrasos de las versiones voluntarias, tanto en el caso 001 (por secuestro) como en el caso 007 (reclutamiento de menores de edad).
De hecho, según la magistrada Patricia Linares, presidenta de la JEP, “la interposición de recursos por parte de los abogados de los comparecientes del Estado Mayor Central de las antiguas FarcEP, dentro del caso de reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado, se traduce en la suspensión en el proceso de avance del plan de trabajo del macrocaso mientras se resuelven. Esto se evidencia, por ejemplo, en el hecho de que las versiones voluntarias solamente pudieron iniciarse en agosto de 2020”.
EL COLOMBIANO revisó las decisiones de la Sala de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad al respecto y recopiló las tres grandes estrategias utilizadas por la defensa de los exFarc para recurrir a decisiones de la JEP.
1 RECURSOS PARA REPONER AUTOS DE LA SALA
El primer recurso que interpusieron todos los comparecientes de Farc tuvo que ver con el informe que solicitó la JEP para verificar el cumplimiento del régimen de condicionalidad. En aquella ocasión se presentaron 27 recursos de reposición y 15 de apelación de manera subsidiaria. Y el segundo con la llamada a versión voluntaria (colectiva e individual) en el caso 001.
En los documentos, los defensores de los excomandantes guerrilleros manifestaron que la Sala los llamó a versiones sin que hubiera hecho antes la contrastación de la información recibida por parte de la Fiscalía, las víctimas y la procuraduría. “Con ese material, la JEP debe hacer un ejercicio de indagación inicial para determinar qué tan cierta puede ser la información de la que parte y después sí llamar a los comparecientes, como no lo hizo, presentamos nuestros recursos”, explicó Gallardo.
Estos recursos fueron resueltos por la Sala mediante Autos No. 060 de octubre de 2018 y el 016 de febrero de 2019. De acuerdo con Linares, “lo que permitió a la Sala referirse a la actividad de contraste de la información y a la convocatoria a versiones voluntarias, así como el deber de los comparecientes de acudir a la JEP como parte del régimen de condicionalidad”.
Algo similar ocurrió para el caso 004, que investiga las violaciones a los derechos humanos en Urabá, aunque en esta oportunidad el recurso lo presentaron en conjunto, y para la convocatoria a comparecer en el caso 007.
2 SIN UBICACIÓN PARA NOTIFICAR LAS DECISIONES
La magistrada Linares afirmó que en los procesos de notificación de los autos y de