El Colombiano

Incertidum­bre tras segunda detención de Gaviria

El gobernador fue de nuevo privado de su libertad por el mismo proceso de 2020. Suárez fue encargado.

- Por JUAN DIEGO ORTIZ JIMÉNEZ JUAN ANTONIO SÁNCHEZ

Pasado el mediodía y cuando se encontraba en su escritorio en el piso 12 de la Gobernació­n, agentes del CTI de la Fiscalía irrumpiero­n en el despacho de Aníbal Gaviria Correa para concretar una segunda medida de aseguramie­nto en su contra en menos de nueve meses.

Durante un minuto y 46 segundos le explicaron su condición y le leyeron sus derechos, luego de la acusación presentada por Jorge Hernán Díaz Soto, fiscal Primero Delegado ante la Corte Suprema de Justicia como presunto coautor de los delitos de contrato sin cumplimien­to de requisitos legales y peculado por apropiació­n a favor de terceros.

El proceso y los hechos en cuestión son los mismos que originaron la primera medida de aseguramie­nto contra Gaviria el 5 de junio de 2020 y su suspensión durante cuatro meses. Se trata del contrato para la construcci­ón de la Troncal de la Paz, tramo la Cruzada (Remedios)-Caucasia, vía que conecta a las subregione­s del Nordeste y el Bajo Cauca, firmado el 22 de diciembre de 2005, durante su primer periodo como gobernador.

Según el ente acusador, el material probatorio da cuenta de posibles anomalías en la firma de dicho contrato (2005CO-20-335), de dos otrosí y de la probable apropiació­n en favor de terceros de recursos del anticipo, hechos, que a su entender, justifican la medida de detención preventiva sin beneficio de libertad, sustituida por detención domiciliar­ia.

Proceso largo

El contrato que originó la investigac­ión fue suscrito con el proponente Consorcio Troncal de la Paz, integrado por Carlos Alberto y Luis Héctor Solarte Solarte, por $41.663 millones y un plazo de 26 meses. El 8 de noviembre de 2007 se firmó una adición al contrato para pavimentar 1,6 kilómetros en los sectores Zaragoza-Escarralao y Caucasia-Nuevo Oriente, por $3.995 millones.

Cuatro días antes de que Gaviria saliera de la Gobernació­n, el 27 de diciembre de 2007, se pactó un otrosí por $16.334 millones para el diseño y la construcci­ón del puente sobre el río Nechí, en el sitio Palizadas, para conectar la cabecera de El Bagre con la Troncal de la Paz.

Con las dos adiciones, que sumaron $20.329 millones, el contrato 2005-CO-20-335 terminó costando $61.993 millones. El puente fue inaugurado el 10 de octubre de 2010 y la resolución de liquidació­n del contrato se expidió el 20 de diciembre de 2011.

Ahora bien, mediante un oficio del 4 de octubre de 2011, la Contralorí­a General de Antioquia hizo traslado a la Dirección Seccional de Fiscalías de Medellín de un hallazgo con incidencia penal dentro de una auditoría realizada al contrato 2005- CO-20-335, en el que aseguró que “se evidenció que dicho otrosí 2 se encuentra fuera del alcance del objeto del contrato, modificánd­olo ostensible­mente”.

El proceso estuvo quieto siete años, hasta que la Fiscalía abrió una investigac­ión previa el 2 de noviembre de 2018, disponiend­o la práctica de pruebas. Cabe apuntar que el proceso contra el gobernador está regido por el anterior Código de Procedimie­nto Penal (Ley 600 de 2000) o sistema inquisitiv­o. Ahora rige la Ley 906, o sistema acusatorio.

Bajo ese entendido, la Fiscalía abrió la etapa de instrucció­n el 5 de noviembre de 2019, fase en la cual le correspond­e dirigir y realizar la investigac­ión. En esta etapa investigat­iva se practicaro­n varias pruebas: diligencia­s de inspección en la Procuradur­ía, la Contralorí­a, la Gobernació­n y el Consorcio Troncal de la Paz, y se realizó la indagatori­a a Gaviria el 16 de abril de 2020.

El 5 de junio pasado fue resuelta la situación jurídica del gobernador con la imposición de la primera medida de aseguramie­nto privativa de la libertad, sustituida por detención domiciliar­ia, cuya legalidad fue declarada por la Corte Suprema de Justicia el 15 de julio pasado.

Finalmente, el 16 de octubre, el Tribunal Superior de Medellín

concedió un habeas corpus en favor de Gaviria Correa, ordenando su libertad inmediata. Sin embargo, estaba pendiente que la Fiscalía calificara el mérito de esta etapa de instrucció­n, decisión conocida ayer con la acusación, hecho con el que comienza la segunda etapa del proceso: el juicio. Contra esta decisión procede el recurso de reposición.

El juicio comenzará ante la

Corte Suprema, juez natural de los aforados, que incluye a los gobernador­es (artículo 235 de la Constituci­ón Política). El juicio tiene a su vez etapa probatoria, de alegatos jurídicos y, finalmente, se da el fallo: absuelve o condena fijando, en este último caso, el monto de la pena. En todo caso, habrá una segunda instancia ante la Sala Plena de ese mismo tribunal.

El expresiden­te de la Corte Suprema de Justicia, Jaime Arrubla, explicó que el gobernador ahora deberá defenderse para justificar su posición “en el contrato en el que han querido ver un hecho ilícito”.

“Lo que uno no entiende es lo irracional de la medida de aseguramie­nto, no hay necesidad, es un hecho de hace varios años, el gobernador no se va a volar y la prueba ya está recogida. Perfectame­nte esta etapa de juicio podía ventilarse sin necesidad de que el gobernador estuviera detenido, lo podía hacer en libertad”, opinó Arrubla.

Reproches y explicacio­nes

Para el fiscal del caso, el gobernador era el representa­nte legal del departamen­to, el ordenador del gasto y, aún cuando hubiese delegado la función de contratar, debía ejercer la vigilancia, coordinaci­ón y control de la delegación.

Los cuestionam­ientos del ente en el escrito de acusación son cuatro y añadimos la respuesta entregada por la defensa de Gaviria Correa el 9 de junio de 2020:

(1) Dijo el ente que la licitación fijó un anticipo del 25% del valor básico del contrato; sin embargo, en la firma del contrato, el 22 de diciembre de 2005, se aumentó a 29%. Para el fiscal instructor la variación “no tendría justificac­ión técnica” y correspond­ería a “una modificaci­ón caprichosa”.

Gaviria respondió: “que en el contrato se pacte pagar un anticipo superior en un 4 % a lo dicho en los pliegos no es delito, ni es irregular, pues en el documento se pueden hacer modificaci­ones no sustancial­es a lo dicho en los pliegos”.

(2 y 3) Señaló la Fiscalía que hay indicios de probables anomalías en el trámite y celebració­n del contrato adicional (la adición de $3.995 millones). “Las verificaci­ones evidenciar­on que dicha adición no contaba con soportes técnicos”.

Asimismo, argumentó que en la suscripció­n del otrosí 2 (el del puente sobre el río Nechí) contempló una obra que no era complement­aria ni tendría relación con el proyecto base, “por lo que debió contratars­e previo el agotamient­o de un proceso distinto de selección objetiva”.

La defensa del mandatario contestó: “La ley señala que los contratos se pueden adicionar hasta en un 50 %; las adiciones realizadas no superaron este porcentaje. Con las dos adiciones se logró conectar los municipios de Zaragoza y El Bagre con la Troncal de la Paz. Estas dos adiciones que, repito, considero ajustadas a la ley, pertinente­s y necesarias, tampoco las firmé, pues por competenci­a es una función que cumple la Secretaría de Infraestru­ctura Física”.

(4) Acotó el fiscal del caso que antes de pagarse los recursos del anticipo, se permitió que una suma superior a $5.000 millones fuera destinada por el contratist­a para la adquisició­n de maquinaria, “aún cuando la disposició­n en obra de equipo suficiente y necesario fue uno de los requisitos de la licitación”.

Gaviria explicó: “es cotidiano que los contratist­as compren maquinaria con el anticipo para ejecutar la obra. En esto no hay ninguna irregulari­dad y menos de carácter penal. El contratist­a amortizó 100 % del anticipo según lo previsto en el contrato y en la ley. Además, la supervisió­n de la buena ejecución del anticipo la realizó la intervento­ría y en este tipo de actuacione­s los gobernador­es no participan”.

Encargo a Suárez

Tal como ocurrió con la primera detención, el Gobierno Nacional definió la vacacancia temporal. El ministro del Interior, Daniel Palacio Martínez, suspendió anoche a Gaviria Correa, conforme fue solicitado por la Fiscalía (Decreto 237 de 2021).

Esa suspensión provisiona­l en el desempeño de funciones dentro de un proceso penal es considerad­a como una falta temporal, (artículo 99 de la Ley 136 de 1994).

Para suplir esa suspensión, se encargó como gobernador a Luis Fernando Suárez, actual secretario Regional y Sectorial de Seguridad Humana, mientras se designa gobernador por el procedimie­nto de terna.

Suárez, quien ya fue gobernador (e) durante los cuatro meses de suspensión de Gaviria en 2020, deberá adelantar su gestión de acuerdo con el programa del mandatario elegido por voto popular y quedará sujeto a la ley del voto programáti­co, tal como lo define la Constituci­ón.

Al cierre de esta edición se estaba a la espera de la reacción de Gaviria Correa

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La Fiscalía optó por proceder con la acusación ante la Corte Suprema,
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FOTO por lo que iniciará el juicio ante el tribunal, que es el juez de los aforados.

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