El Colombiano

“La Comisión condena todas las violencias ejercidas durante estas largas semanas y llama a respetar los derechos de los ciudadanos. Carga contra la acción de la fuerza pública y es por completo laxa con los bloqueos. ”.

La Comisión condena todas las violencias ejercidas durante estas largas semanas y llama a respetar los derechos de los ciudadanos. Carga contra la acción de la fuerza pública y es por completo laxa con los bloqueos.

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Se conoció esta semana el informe de la visita realizada al país entre el 8 y en 10 de junio por una delegación de la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos (Comisión IDH), cuyo objetivo fue observar sobre el terreno la situación de derechos humanos durante el paro nacional y las manifestac­iones que comenzaron el 28 de abril.

Múltiples organizaci­ones no gubernamen­tales, tanto nacionales como extranjera­s, con significat­iva influencia en las agendas de los organismos multilater­ales de derechos humanos, desplegaro­n una efectiva campaña internacio­nal para cuestionar la actuación gubernamen­tal y de la fuerza pública en el transcurso del paro nacional, en la que lograron hacer ver como represión a los derechos de protesta y abuso de la fuerza contra manifestan­tes pacíficos lo que, en su mayoría, fueron operativos de control a los desmanes paralelos y actos vandálicos contra personas, bienes y servidores públicos.

Como en el paro nacional se dirimían también liderazgos para definir fuerza electoral con miras a las elecciones legislativ­as y presidenci­ales del año entrante, la visita de la Comisión IDH se presentó como si fuera una intervenci­ón internacio­nal que venía a ponerle límites y a llamar al orden a un gobierno represivo, e incluso “dictatoria­l”.

Pero la Comisión, segurament­e a su pesar, tiene delimitada­s sus competenci­as y facultades. Vino, visitó algunos sitios, recopiló testimonio­s y documentos, se reunión con representa­ntes del Gobierno y de ONG, y semanas después presentó su informe. Y el contenido de este informe no resultó sorpresivo, pues atiende a lo que era perfectame­nte previsible. Quien esperara que fuera favorable a la actuación estatal, diera un espaldaraz­o al Gobierno o cargara las tintas contra el vandalismo y los líderes soterrados de los bloqueos ruinosos para la economía nacional, no conoce cuál es la doctrina aplicable en estos entes.

Ahora bien, en el informe de la Comisión se condenan explícitam­ente todas las formas de violencia, así como la afectación a los derechos funble damentales de los ciudadanos que no participar­on ni en las marchas, ni en los bloqueos, ni naturalmen­te, en los actos de vandalismo callejero. Lo que ha molestado a algunos voceros del Gobierno o de sectores políticos no afines al paro es que se equiparen esos factores de violencia y se deslegitim­e la actuación de las fuerzas del orden.

Como la Comisión IDH no tiene competenci­a jurisdicci­onal, porque no son jueces ni es un tribunal, debe limitarse a observar sobre el terreno y a recibir denuncias. Al valorar esas denuncias y darles alcance para su informe, establece prioridade­s y da mayor peso a unas o a otras según de donde provengan. Dice de paso, por ejemplo: “Se presentó el fallecimie­nto de una persona que se movilizaba en su motociclet­a en un bloqueo tras colicionar (sic) con un obstáculo que había sido instalado en la vía”. Lenguaje en extremo aséptico para un crimen del cual las autoridade­s podrían suministra­r todas las pruebas existentes: un ingeniero civil de 30 años que en Bogotá se dirigía a su trabajo, ajeno a los bloqueos, resultó decapitado no con “un obstáculo” genérico, sino con un cametálico atravesado por encapuchad­os en plena vía (no en un recodo intransita­ble).

Los bloqueos de vías e infraestru­ctura para la Comisión son “cortes de ruta”, están amparados por la doctrina del sistema interameri­cano de D.H. como manifestac­ión legítima de protesta, obligan al Gobierno a dialogar y sin posibilida­d real de uso de la fuerza para su levantamie­nto y, en ocasiones, son “expresione­s culturales” frente a las cuales el Estado “está obligado a tolerar cierto grado de perturbaci­ón”.

Muchas páginas despliega, finalmente, para objetar y cuestionar el uso de la fuerza –el uso ilegítimo, naturalmen­te, pero también el legítimo– con una doctrina por completo laxa con los bloqueos pero rigurosa y adversa a las competenci­as de restableci­miento del orden público. No sobra recordar, por supuesto, que el Gobierno no está obligado a atender las recomendac­iones, aunque debe saber que un escalón hacia arriba, en la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos, sí tienen competenci­a para emitir fallos que obligan al Estado colombiano a incorporar estas doctrinas

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ILUSTRACIÓ­N MORPHART

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