El Colombiano

Dudas para las elecciones en Tarazá

- Por LEONARDO BOTERO FERNÁNDEZ

Uno de los candidatos a la alcaldía fue inhabilita­do por el Consejo Nacional Electoral, a una semana de ir a las urnas. Reporte.

Uno de los dos candidatos fue inhabilita­do por el Consejo Nacional Electoral. La jornada electoral es el próximo domingo.

“Continúan los ataques sin cesar. Han deplorado mi nombre y el de varias personas de nuestro equipo de trabajo”.

DAWINSON GÓMEZ TAMAYO

Candidato inhabilita­do.

El próximo domingo, 25 de julio, habrá elecciones atípicas en Tarazá, Bajo Cauca antioqueño. Pero, pese a la programaci­ón de la jornada, en el municipio reina la incertidum­bre. Uno de los dos candidatos que pretende ocupar el puesto dejado por Miguel Ángel Gómez, muerto a causa de la covid 19 en septiembre pasado, fue inhabilita­do por el Consejo Nacional Electoral (CNE) el viernes.

El CNE tomó la decisión de revocar la candidatur­a de Dawinson Gómez Tamayo para la alcaldía, argumentan­do que está inhabilita­do al ser el hijo del alcalde fallecido.

La decisión se hizo pública con la ponencia del magistrado César Augusto Abreo Méndez, luego de estudiar una solicitud hecha por Héctor Leonidas Giraldo –el otro candidato para la Alcaldía de Tarazá– en contra de quien cuenta con el aval del Partido Liberal.

“El parentesco de primer grado de consanguin­idad que existió entre el señor Dawinson Gómez Tamayo y Miguel Ángel Gómez García hace incurrir al primero en la inhabilida­d prevista en el numeral 4 del artículo 37 de la Ley 617 de 2000, por cuanto, el progenitor del hoy candidato, en el cargo de alcalde municipal ejerció como autoridad civil, política, administra­tiva, dentro de los 12 meses anteriores a la elección”.

La mencionada ley indica que están inhabilita­dos para ser alcaldes quienes tengan “vínculos por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco hasta el segundo grado de consanguin­idad, primero de afinidad o único civil, con funcionari­os que dentro de los doce meses anteriores a la elección que hayan ejercido autoridad civil, política, administra­tiva o militar en el respectivo municipio”.

Para insistir en que no se le revocara la candidatur­a de Gómez, su defensa argumentó que “la vigencia o existencia que se exige de un vínculo o parentesco para efectos de la configurac­ión de la inhabilida­d no puede ser un hecho indefinido en el tiempo pues aquel debe existir al momento señalado en la ley y, la muerte constituye una causal para la disolución del parentesco”.

Es decir, la defensa de Gómez consideró que el candidato no estaba inhabilita­do, pues, al su padre haber muerto, el vínculo no se configurab­a como un impediment­o para que él aspirara a la alcaldía. Sin embargo, el argumento no caló en el Consejo Nacional Electoral.

En la decisión del CNE, de 22 páginas, se lee que ese argumento es válido si se tratara de una unión marital. Sin embargo, señala que “no pasa lo mismo con el vínculo entre padre e hijo (que) no se extingue con la muerte del progenitor. Por el contrario se mantiene en el tiempo, entre otros aspectos, por el apellido”.

Por eso, el CNE señaló que “no podría esta Corporació­n, como máxima autoridad electoral (...) tomar otra decisión diferente a la de revocar la inscripció­n de la candidatur­a del señor Dawinson Gómez Tamayo a la Alcaldía de Tarazá - Antioquia, avalado por el Partido Liberal Colombiano”.

Al enterarse de la decisión del CNE, Gómez hizo un pronunciam­iento público. “Continúan los ataques sin cesar. Han deplorado mi nombre y el de varias personas de nuestro equipo”, dijo el político. Y, a paso seguido, argumentó lo que su defensa ya había esgrimido antes: “Mi padre ya no está en este plano terrenal, por lo que no hay inhabilida­d. Lo primero que hicimos fue constatar este tema con personas profesiona­les y concluimos que no había inhabilida­d”.

Según Gómez, como también lo dijo en su pronunciam­iento, la demanda en su contra es un artilugio para “sacarlo de la competenci­a”. “Estamos respondien­do a esta demanda”, concluyó.

La jornada

Ante la ausencia de uno de los candidatos, la Registradu­ría Nacional le dijo a EL COLOMBIANO que está a la espera de directrice­s para saber cómo se procede con las elecciones atípicas en Tarazá. Según el cronograma electoral, el periodo de modificaci­ón de candidatos se hizo entre el 1 y el 16 de junio. Es decir, en esa fecha se definieron los dos que aspirarían al cargo.

Por ahora, Gómez expresó que adelanta acciones con sus abogados para tumbar la inhabilida­d, pero tiene solo una semana para resolver el problema. Para ello deberá presentar un recurso de reposición ante la Audiencia de Adopción.

Según la Registradu­ría, en el municipio hay 19.614 personas habilitada­s para votar. Para ello se dispondrán 57 mesas, aunque la incertidum­bre persiste

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FOTO ESTEBAN VANEGAS Tarazá está ubicado a 125 metros sobre el nivel del mar, en la subregión del Bajo Cauca. Según la Registradu­ría, en ese municipio hay 19.614 personas habilitada­s para votar.

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