Víctima de secuestro perdería su casa por 421 gramos de marihuana
La hierba era de uno de sus hijos, pero la Fiscalía señaló a Miriam como responsable y está a punto de ser desalojada de su vivienda en Marinilla. El caso escaló a la Corte Suprema.
Luz Miriam Castaño Quintero salió huyendo de la guerra, fue víctima de desplazamiento forzado para la década de los 90 y está a punto de serlo de nuevo por cuenta de una sentencia en segunda instancia que ordenó quitarle su casa por una dosis de 421 gramos de marihuana.
Esa carga, equivalente a menos de una libra de la hierba, ha puesto a discutir a la justicia sobre cómo deberían castigarla a ella, como madre, y a su hijo, Elder Julián Toro, como dueño y responsable de la marihuana que encontraron en su vivienda.
La disputa ha sido tal, que la misma decisión ya fue evaluada por dos tribunales especializados en extinción de dominio, que opinaron cosas totalmente diferentes, y pasó ahora a la Corte Suprema de Justicia. Allí se debe resolver una tutela en torno a si procede o no ese desalojo.
Los 421 gramos
La historia de cómo esa dosis de marihuana está a punto de hacerles perder la casa donde han vivido ella y sus tres hijos por más de 17 años comenzó el 12 de mayo de 2011.
Miriam trabajaba y dos de sus hijos estaban en casa cuando un operativo de la Fiscalía y la Policía los sorprendió a las 3 de la tarde: era un allanamiento. El resultado de esa tarde les cambió la vida, como cuentan Miriam y Sebastián, otro de sus hijos.
Según reposa en el expediente judicial, fue el mismo Elder Julián el que guió a las autoridades al lugar donde guardaba 421 gramos de marihuana, “ni más, ni menos”, dice Miriam.
La versión de la familia Castaño siempre fue la misma: que Elder la tenía para consumo personal y que solo la usaba con un par de amigos, pero la Fiscalía opinó lo contrario e intentó probar que esa cantidad era para la venta y expendio ilegal del estupefaciente. El ente acusador aseguró que esos gramos de marihuana –aunque eran menos de una libra– estaban “cuidadosamente dosificados y empaquetadas en bolsas plásticas con sello hermético, lo que motivó la captura” y sirvió para argumentar una intención de venta.
Fruto de ese juicio, Elder llegó a un acuerdo con la Fiscalía y fue condenado a 32 meses de prisión, logrando más tarde el beneficio de libertad condicional.
“Hasta ahí todo bien, fue condenado por su responsabilidad y pagó su pena –dijo el abogado de la Comisión Colombiana de Juristas que evaluó el caso y ayuda a la familia–; pero lo raro es que, pese a que su hijo mayor de edad fue el responsable, es Miriam quien tiene que entregar su propiedad aún con todas las vulnerabilidades de víctima y de madre cabeza de hogar”.
Y este es un punto clave, según la defensa, de la tutela que está en la Corte: un asunto de género.
La culpan por ser mamá
Tras la condena, el caso llegó por oficio a las oficinas de la Sociedad de Activos Especiales (SAE), una entidad estatal que se encarga de decomisar los bienes relacionados con narcotráfico y, posteriormente, pasó a ser evaluado por el Juzgado Primero Penal del Circuito especializado de Extinción de Dominio de Antioquia.
Estando allí, el juez sentenció que Miriam no tenía culpa sobre ese delito porque no sabía de la existencia de esos 421 gramos de marihuana ni que su hijo los consumía. Así mismo, el fallo indicó que Castaño Quintero, como madre, debía pasar “largas y extenuantes jornadas de trabajo para sostener a sus hijos”, lo que le hubiera impedido estar pendiente de las cosas que sus hijos, mayores de edad, hacían en el inmueble.
El tribunal también criticó que la Fiscalía le atribuyeraatribuyer la negligencia por precisamente estar trabajando y no cumplir con “su función social y ecológica que le es inherente para con su propiedad, y así mismo, con respecto al cuidado de sus hijos”.
Finalmente, ese tribunal declaró en 2014 que la extinción de dominio no tenía lugar y que se debían proteger los derechos de esa familia.
No obstante, la sentencia pasó a una revisión de rutina en la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá, que decidió en segunda instancia revocar la anterior decisión, el 24 de julio en 2014, declarando como viable la extinción de dominio.
En esta ocasión, el Tribunal retomó el argumento de la Fiscalía y la responsabilizó por su rol de madre “(...) en la medida que la necesidad de cumplir una extensa laboral no le imposibilitaba vigilar qué hacían sus hijos, en especial Elder, por los menos en los momentos en que compartían ”.
Estando en ese punto y con una orden de desalojo para el pasado 10 de mayo, el caso fue conocido por los abogados de la Comisión de Juristas, quienes lo refutaron con la mencionada tutela.
Uno de los argumentos es la condición vulnerable de Miriam. Es madre cabeza de hogar y tiene bajo su responsabilidad completa a Jonatan Toro Castaño, un hijo con discapacidad física y cognitiva del 77,67 %, según evaluación médica certificada.
Otro punto es que “el operador jurídico sustentó su decisión con argumentos basados en prejuicios y estereotipos de género, acentuó los patrones socioculturales sobre el deber ser de la mujer y sus roles tradicionales, reforzó con sus conclusiones las discriminaciones históricas y condiciones especiales de vulnerabilidad y desigualdad de las mujeres como Miriam, determinando que su función social como mujer es ser madre y cuidadora”.
EL COLOMBIANO tuvo acceso a todos los documentos que sustentaron la tutela, incluido el más reciente del caso que tiene que ver con la admisión de ese mecanismo por parte de la Corte Suprema, que encontró razones suficientes para evaluarla.
Por ahora, la familia Castaño deberá esperar la decisión de la alta Corte. “Ojalá no nos saquen de aquí, necesitamos que entiendan que el error fue de mi hijo y no de toda la familia, él está muy arrepentido y no hay más a dónde ir”, concluyó Luz Miriam Castaño ■