Es momento de repensar el retiro forzoso
AUNQUE LA EDAD MÁXIMA DE 70 años para ser parte de alguna entidad pública se estableció con el objetivo de obtener igualdad laboral y fomentar el acceso a estos cargos, así como la renovación generacional, las realidades de la ciencia y las necesidades del Estado hacen que sea necesario incluir nuevas consideraciones. Por supuesto que es indeseable permitir que ciertos funcionarios públicos se aferren a sus cargos estancando el progreso de las instituciones, pero lo que está ocurriendo con esa norma es que personas que todavía están en capacidades de aportar, que además cuentan con amplia experiencia para sus trabajos, son obligadas a abandonar sus cargos. Necesitamos otra “rebelión de las canas” ante esa medida condescendiente y que no cumple con sus propósitos.
El debate revivió esta vez a propósito del Banco de la República. En decisión unánime, la Corte Constitucional dijo que la edad máxima de 70 años para el retiro forzoso en entidades públicas no aplica para ninguno de los integrantes del Banco de la República. En la coyuntura se trataba de una decisión urgente, pues si la norma permanecía eso significaba que el actual gerente, Juan José Echavarría, no podía aspirar a la reelección, como lo quería el Gobierno, interesado este en que su ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, llegue a esa posición en detrimento de la independencia necesaria del Emisor.
La Corte dijo que la restricción iba en contravía de la Constitución, que permite al Banco de la República dictar su propio reglamento y obrar con independencia. Más interesante aún, sin embargo, nos parece uno de los argumentos que se presentaron en la demanda: en estos cargos la permanencia “es una regla valorada como mecanismo no solo de estabilidad y confiabilidad en las políticas económicas, sino como un mecanismo para retener, al servicio de la nación, unos servidores públicos con altos niveles de formación, experiencia e independencia”.
Proponemos estirar la pregunta. ¿Por qué, en el resto de los cargos de las instituciones del Estado, no es conveniente “retener al servicio de la nación a unos servidores públicos con altos niveles de formación, experiencia e independencia”? O, más sencillo: ¿no será momento de eliminar el retiro forzoso?
El establecimiento de la edad de retiro forzoso parte de varios supuestos. El primero es que a los 70 años las personas ya están pensionadas y deberían alejarse del mundo laboral, en parte gracias a los prejuicios de que la tercera edad reduce capacidades. El segundo es que, sin retiro forzoso, no va a haber movilidad en los cargos públicos y no podremos garantizar el acceso a ellos de personas más jóvenes.
Está allí el miedo, válido, a la figura de quien coloniza un cargo sin merecerlo. Pero creemos que ambas ideas pueden resignificarse y conciliarse. Por un lado, hay suficientes evidencias de que, con la expectativa de vida en aumento y la salud moderna cada vez dando más posibilidades, los 70 años no son señal de decaimiento. Claro, depende del caso, pero el fallo del Banco de la República lo ponede presente: hay personas con mucha experiencia y capacidad técnica que no la pierden por alcanzar esa edad. ¿Por qué negarles la posibilidad de seguir trabajando por el país?
En cuanto a garantizar el acceso a los cargos públicos, pueden utilizarse otras medidas e incentivos para emplear a los jóvenes. Es tiempo de que el Congreso revalúe esta medida.
‘‘ Como dice el fallo sobre el Banco de la República, es importante poder ‘retener, al servicio de la nación, unos servidores públicos con altos niveles de formación, experiencia e independencia’”.