Derechos laborales en el mundo digital
Soy empresario, no del mundo digital, sino del sector servicios; tenía una plantilla de nómina de cerca de mil trabajadores en misión y veinte de planta administrativa. Tras la reactivación, escasamente llego a los 300 trabajadores en misión y solo a diez administrativos. Todos estos trabajadores debidamente formalizados.
En el caso específico de las oportunidades laborales que ofrece el mundo digital, se debe observar que al ser modelos disruptivos no se pueden tratar con los elementos tradicionales de la legislación laboral actual, entre otras cosas, porque es una legislación dura para los empresarios y tiende a ser blanda para los trabajadores, especialmente porque se ha llegado a extremos en los cuales ya se puede evidenciar que la parte débil de la relación es el empresario, sobre todo aquellos que son considerados mipymes, en donde se evidencia que cuando los legisladores toman decisiones lo hacen pensando solo en la relación que existe entre el trabajador y las grandes empresas.
En ese sentido, es absolutamente necesario entrar a revisar la legislación laboral con una visión disruptiva, la tecnología llegó para quedarse y las relaciones entre empresarios y trabajadores por la ley natural se va a transformar de una manera dramática. Me parece que no es precisa la afirmación de que existe una relación de subordinación entre las plataformas que se presentan en el informe (Uber, Rappi, etc.) y las personas que brindan el servicio. No lo es, porque estas personas no tienen que cumplir horarios de trabajo fijo, no lo es porque ellos son libres de prestar el servicio o no, no lo es porque la relación no necesariamente es prestada de manera personal (he conocido a muchas personas que, con su nombre, tienen trabajando a familiares o amigos, simplemente porque ellos tienen el medio de transporte, vehículo, moto, bicicleta, etc.), y en ese orden de ideas también se rompe cualquier tipo de relación laboral. Sí estoy de acuerdo en su totalidad, y para ello ya existe legislación, de que estas personas formalicen su situación con el sistema de seguridad social, pero como personas independientes y que sean las plataformas las que adquieran el compromiso de descontar de los pagos que les hacen a estas personas el valor correspondiente a salud y a pensión, y estaría de acuerdo en que fueran las plataformas las que aportaran a las ARL como para tener cubierto el riesgo de accidentes en el desarrollo de la labor, especialmente estas personas que desarrollan la labor en la calle. Pero, definitivamente, el diálogo social de la relación laboral en nuestra realidad actual se tiene que transformar, querámoslo o no.