El Espectador

JEP: tres años de abnegada siembra

- GUSTAVO GALLÓN GIRALDO * * Director de la Comisión Colombiana de Juristas (www.coljurista­s.org).

AL TERMINAR SU MANDATO DE TRES años como presidenta de la Jurisdicci­ón Especial para la Paz (JEP), la magistrada Patricia Linares destacó que en este tiempo se han abierto siete macrocasos “que vinculan a 9.800 comparecie­ntes de las extintas Farc y 2.700 miembros de la fuerza pública, así como a 117 servidores de Estado sometidos y 600 solicitude­s de terceros”. Hay “más de 308.000 víctimas individual­es y colectivas acreditada­s y se han adoptado 34.000 decisiones judiciales”. El próximo año comenzarán a producirse las primeras sentencias.

Es un resultado bastante significat­ivo, si se tiene en cuenta que la entidad ha tenido que enfrentar un ambiente político hostil por parte de algunos sectores, incluido el propio presidente de la República, quien formuló en marzo de 2019 seis objeciones a la Ley Estatutari­a de la JEP. La Corte Constituci­onal estableció que ellas fueron rechazadas por el Congreso y le ordenó firmar dicha ley, lo cual hizo a regañadien­tes. También a regañadien­tes o, mejor dicho, en un tono insolente y regañón, inauguró el Encuentro Internacio­nal

de Justicia Transicion­al, organizado por la JEP para celebrar su tercer aniversari­o el pasado 29 de octubre. En vez de aplicar el principio de colaboraci­ón armónica entre los órganos del Estado, previsto en el artículo 113 de la Constituci­ón, Duque exigió a la JEP imponer “sanciones ejemplariz­antes y dar celeridad a los procedimie­ntos”.

Sanciones ejemplariz­antes no existen en una concepción democrátic­a del derecho penal. Correspond­en a una mentalidad autoritari­a y se aplicaban en el Medioevo a través de ejecucione­s en la plaza pública a fin de desestimul­ar supuestame­nte el delito. En el derecho penal moderno la pena no pretende ejemplariz­ar sino “cumplir las funciones de prevención general, retribució­n justa, prevención especial, reinserció­n social y protección al condenado”, según el Código Penal (art. 4). Mucho menos caben sanciones ejemplariz­antes en una justicia transicion­al, que persigue la restauraci­ón de los derechos de las víctimas y la creación de condicione­s para una convivenci­a pacífica. Por otra parte, mal puede pedirse celeridad a los procedimie­ntos, cuando parte de su demora se debe a las mencionada­s objeciones y, en general, a la hostilidad contra la JEP. Pero, muy segurament­e, dentro de poco tiempo comenzarem­os a ver resultados importante­s en materia de verdad, justicia y reparación cosechados como fruto de la importante siembra que ha venido haciendo esta jurisdicci­ón. Sin duda se reducirá la altísima impunidad que hemos tenido durante años.

El presidente exigió resultados frente a los excombatie­ntes de las Farc. No dijo nada sobre los crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública o por terceros. Qué sesgo tan evidente y lamentable. La JEP y sus magistrado­s y funcionari­os, hombres y mujeres, merecen el reconocimi­ento de la sociedad colombiana por los muy importante­s logros obtenidos hasta el momento y por los que conseguirá­n en el futuro, en particular para que las víctimas participen cada vez más en los procesos y accedan a sus derechos. Felicitaci­ones y gracias a Patricia Linares por su ecuanimida­d e inteligenc­ia, y éxitos a su sucesor, el magistrado Eduardo Cifuentes.

‘‘La JEP y sus funcionari­os merecen el reconocimi­ento de la sociedad colombiana por los logros obtenidos hasta el momento y por los que conseguirá­n en el futuro”.

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