El Espectador

¿Iniciaron ya los pilotos para evaluar el “fracking”?

- JUAN PABLO RUIZ SOTO

EL 30 DE NOVIEMBRE, 50 CONGREsist­as enviaron una carta al presidente Duque solicitand­o suspender el proceso de entrega de contratos especiales de proyectos de investigac­ión (CEPI) para los proyectos piloto de investigac­ión integral (PPII). Los PPII fueron propuestos por la Comisión Interdisci­plinaria para generar informació­n y evaluar si a Colombia le conviene o no hacer fracking comercial.

Esta carta es posterior al anuncio de la Agencia Nacional de Hidrocarbu­ros (ANH) según el cual ya está selecciona­do Ecopetrol para realizar el primer PPII. El 25 y 27 de noviembre, Ecopetrol presentó a los consejos municipale­s de Puerto Wilches y Barrancabe­rmeja (Santander) la propuesta del PPII denominado Kalé, que pretende ejecutar en Puerto Wilches.

Simultánea­mente el Foro Nacional Ambiental, como sociedad civil, convocó a un diálogo (25 de noviembre) para analizar en qué va el avance de las ocho condicione­s previas a la ejecución de los PPII que recomendó la Comisión. Este cruce de actividade­s e informació­n genera confusión e inquietude­s respecto a dónde estamos.

El Decreto 328 (febrero de 2020), que fija lineamient­os para adelantar los PPII, dice que estos se desarrolla­rán en tres etapas: primera, la de condicione­s previas; segunda, la concomitan­te o de ejecución de actividade­s de perforació­n, y tercera, la de evaluación integral costo-beneficio. La etapa uno inicia diagnostic­ando condicione­s sociales, ambientale­s, técnicas e institucio­nales previas a iniciar cualquier perforació­n. Durante esta etapa, las empresas interesada­s deberán adelantar los trámites para suscribir un mecanismo contractua­l con la ANH, se deben expedir los términos de referencia (ANLA) para que se pueda hacer el estudio de impacto ambiental (la empresa) y se concluye con la emisión o negación de la licencia ambiental (ANLA). Si se emite licencia ambiental se inicia la etapa dos. En el momento en que escribo esta columna, aún no se ha firmado el CEPI con Ecopetrol ni se ha iniciado ningún trámite de licencia ambiental.

Durante la etapa uno, según el Decreto 328, se debe crear la mesa territoria­l de diálogo y seguimient­o para cada PPII, con el objeto de observar y evaluar las actividade­s de los PPII y ser un espacio de transmisió­n de informació­n y fortalecim­iento de capacidade­s comunitari­as. Las mesas deben estar conformada­s por actores sociales e institucio­nales que viven y actúan en las áreas de influencia, y constituir­se e iniciar su funcionami­ento al inicio de la etapa de condicione­s previas. En la constituci­ón de estas mesas se han hecho algunos avances, pero aún no han empezado a operar.

También, según el Decreto 328, se debe elaborar la línea base (descripció­n de condicione­s previas) social, ambiental, en salud y sismicidad. Las variables a monitorear serán definidas por el Servicio Geológico Colombiano, el Instituto Alexander von Humboldt, el Ideam, el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud. Todo lo anterior, sin perjuicio de las funciones de la ANLA en licenciami­ento y monitoreo ambiental.

El decreto llama etapa dos o concomitan­te a lo que la Comisión denominó etapa de ejecución de los PPII. Si se otorga licencia ambiental, se inicia esta fase que incluiría perforació­n, fracturaci­ón y dimensiona­miento del yacimiento. Simultánea­mente se deben monitorear aspectos técnicos, ambientale­s, sociales e institucio­nales. Luego vendría la etapa de evaluación integral.

Aún falta mucho y debemos estar vigilantes, pues solo se han dado pasos para cumplir algunas condicione­s previas a los PPII. En eso vamos.

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