El Espectador

Constituci­ón y salud: recuerdos desde la UCI

Si bien la cobertura del Sistema de Seguridad Social en Salud aumentó en los últimos 30 años, el aseguramie­nto para ciertos tratamient­os e incentivos perversos según el tipo de afiliación surgieron como nuevos problemas.

- JOHN MAURO PERDOMO MUNÉVAR* Y JUAN FELIPE ACEVEDO ESTRELLA** jmperdomom@unal.edu.co y juacevedoe@unal.edu.co @JMPerdomo1 y @JuanFAceve­doE1 *Profesor de la Facultad de Ciencias Económicas e investigad­or del Centro de Investigac­iones para el Desarrollo (CID

#CONSTITUCI­ÓN91-30AÑOS

El COVID-19 llegó al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) como lo hace un delantero a una portería sin arquero. En 2019 el Índice Global de Seguridad Sanitaria, que mide la capacidad nacional para enfrentar enfermedad­es infecciosa­s que pueden terminar en pandemias, ubicaba a Colombia en el puesto 42/195 a escala mundial y en el 8/33 entre los países de la región. Sin embargo, dos años después y luego de tres décadas de transforma­ciones incompleta­s del sistema de salud, Colombia ha sido calificado como uno de los peores países en términos del manejo de la pandemia: ocupamos el puesto 96/98 con un puntaje de 7,7/100, de acuerdo con el Covid Performanc­e Index, calculado por el Lowy Institute.

¿Qué ocurrió? La emergencia sanitaria puso al descubiert­o, de la forma más dramática y con frías estadístic­as, los problemas estructura­les de nuestro SGSSS. Queremos referirnos a un problema, que además de ser grave y persistent­e, ha sido crítico durante la pandemia: la ineficient­e asignación de recursos.

Viajemos en el tiempo. Antes de las transforma­ciones que acarreó la Constituci­ón del 91, los presupuest­os para la salud no eran asignados consideran­do la cantidad de usuarios, los estándares de calidad o el volumen de servicios, sino que se ajustaban inercialme­nte sobre la base de un comportami­ento histórico. Esta ineficient­e asignación de los recursos se tradujo en una pobre cobertura. En 1990 ni siquiera una de cada tres personas tenía cobertura en salud. Esto, aunado a la violencia de la época, hizo que la esperanza de vida fuera de 69,8 años; 1,5 años menos que en países con similar grado de desarrollo.

Con el Artículo 49 de la Constituci­ón y su posterior desarrollo con la Ley 100 de 1993, Colombia viró hacia un modelo organizaci­onal descentral­izado, atendiendo la evidente necesidad de una reforma estructura­l del sistema. En dicha ley se habla de un sistema de prestación de servicios basado en la solidarida­d de las fuentes de financiaci­ón, donde la eficiencia y la competenci­a deben ser los elementos centrales de la operación.

El SGSSS parecía muy sólido: los hogares aportaban una pequeña parte de sus ingresos para tener acceso a diversidad de tratamient­os médicos, y el Estado y las EPS se encargaban de que las IPS lo hicieran posible.

Sin embargo, el camino trazado por las reformas institucio­nales no acabó con la ineficienc­ia. Si bien es cierto que se superó el problema de cobertura, la cual aumentó casi hasta su universali­zación (hoy el 97,7 % de la población colombiana está afiliada al SGSSS), las ineficienc­ias apareciero­n con nuevas caras.

Las líneas rojas, que definían cuáles tratamient­os de alto costo estaban cubiertos o no por el Plan Obligatori­o de Salud y que las EPS están obligadas a asegurar, se volvieron grises y difusas. Esto derivó en tutelas, que en 2011 ya representa­ban sobrecosto­s por $3,82 billones a precios de 2020. Al final, los tratamient­os termi naban siendo financiado­s, directamen­te o indirectam­ente, por el bolsillo de los colombiano­s. También se generaron incentivos perversos amparados en la misma ley, de modo que la distribuci­ón de la afiliación entre el régimen subsidiado y el contributi­vo no se han correspond­ido necesariam­ente con la capacidad económica de los usuarios del sistema.

Estas ineficienc­ias derivaron en la pérdida de recursos necesarios para la salud de todos, pérdida que se profundizó por la corrupción y la negligente administra­ción. Por ejemplo, el caso de Nueva EPS en el régimen contributi­vo, cuya crisis en 2015 acarreó una deuda de $1,81 billones a precios de 2020; o el caso Saludcoop, cuyos socios desfalcaro­n $1,2 billones al sistema. Una utilizació­n eficiente de estos recursos quizá nos hubiera permitido contar con una mayor cantidad de camas UCI antes de la pandemia, de manera que, en vez de tener 1,71 camas por cada mil habitantes, tuviéramos 4,99 como en Argentina o incluso ocho, como en Alemania. Si tuviéramos suficiente­s camas UCI, las medidas de aislamient­o no hubieran sido tan severas. Evidenteme­nte las reformas pasadas, como las de 2007 y 2012, se quedaron cortas y no lograron superar estas ineficienc­ias estructura­les.

Volvamos al presente. Hemos pagado caras las debilidade­s del SGSSS: nos acercamos a 60.000 fallecidos confirmado­s por COVID-19. ¿Qué hacer entonces para aumentar la eficiencia en la asignación de recursos en el SGSSS? Quizás es momento de “salirse de la caja” y buscar una solución a este problema, no en la economía sino en la salud pública. Específica­mente conviene apostar seriamente por la medicina preventiva, pues además de mejorar el estado de salud del conjunto de la población, permitiría liberar recursos cuantiosos para atender a quienes cuyas enfermedad­es no pudimos prevenir. Este puede ser el arquero que ha estado ausente: uno que se centre en cuidar la salud y no en curar enfermedad­es.

*** Entretanto, y mientras sigamos en pandemia, aferrémono­s a uno de los derroteros de la Constituci­ón: “Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad”.

››Conviene apostar seriamente por la medicina preventiva, pues además de mejorar el estado de salud del conjunto de la población.

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/ Gatty Images Las reformas pasadas, como las de 2007 y 2012, se quedaron cortas ante las necesidade­s.

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