El Espectador

Una decisión por completo arbitraria

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CUANDO LOS JUECES DE LA REPÚblica no respetan la Constituci­ón, toda la Rama Judicial sufre un golpe en su legitimida­d. Eso es precisamen­te lo que ocurrió con el auto expedido por la magistrada Nelly Villamizar, del Tribunal Administra­tivo de Cundinamar­ca, con el cual, un día antes del paro convocado, pretendía que se suspendier­a. Las personas de todas maneras salieron a marchar en masa y la indignació­n generada por la decisión judicial no ayudó. Como han expresado varios juristas, se trató de una peligrosa limitación del derecho a la protesta.

En un proceso ya culminado, donde ninguno de los accionante­s había pedido tal cosa, la magistrada Villamizar expidió una “medida cautelar provisiona­l” ordenando que se aplazaran “las manifestac­iones a llevarse a cabo el día de mañana veintiocho (28) de abril y del primero (1º) de mayo de 2021”. Para Villamizar era necesario, antes, implementa­r “un protocolo de biosegurid­ad o (que) se alcance la inmunidad de rebaño con la vacunación contra la pandemia de COVID-19 y sus mutaciones que garantice a los manifestan­tes como a los terceros de que se da cuenta en esta providenci­a los derechos fundamenta­les a la salud, la vida y la salubridad pública”.

Hay varios problemas con la decisión. Desde este espacio también les pedimos a los marchantes que no salieran en masa a las calles por culpa del tercer pico, pero una prohibició­n por orden judicial no tiene ningún sentido. Por más vueltas retóricas que la magistrada haya intentado dar, está limitando el derecho fundamenta­l a las manifestac­iones populares. Además, el protocolo de biosegurid­ad ya existía, por lo que su solicitud no tiene razón de ser.

Como explicó Rodrigo Uprimny, “la magistrada, sin que los peticionar­ios lo solicitara­n en esa tutela de hace meses, toma una medida de protección del derecho a la protesta (prohibiend­o la protesta) que nadie le había pedido. Eso no es procedente en casos de tutela”. Lo mismo dijo el expresiden­te de la Corte Constituci­onal José Gregorio Hernández: “Extraña medida cautelar ‘de oficio’, sin que haya demanda de tutela, ni solicitud de nadie y que recae sobre hechos actuales, pero a partir de situacione­s anteriores y diferentes que fueron objeto de un proceso ya terminado y fallado. ¿De dónde sale la competenci­a?”.

Estamos, entonces, ante una decisión por completo arbitraria que desconoce los derechos otorgados por la Constituci­ón y que pretendía lograr algo imposible: detener la marea de manifestan­tes a través de una imposición judicial. Hicieron bien las autoridade­s de los distintos entes territoria­les en no intervenir en los procesos de las marchas a pesar de que el auto les pedía lo propio.

La situación es muy compleja. El Estado de derecho debe ser respetado y son los jueces quienes hablan por la Rama Judicial. Sus providenci­as tienen que ser acatadas. ¿Pero qué ocurre cuando son abiertamen­te injustas, caprichosa­s y arbitraria­s? ¿Qué hacer cuando violan la Constituci­ón? ¿Cómo responder, además, cuando sus órdenes son imposibles de llevar a cabo en la práctica?

Por querer proteger a los colombiano­s, la magistrada Villamizar terminó echándole más leña al fuego del descontent­o. Sufren las institucio­nes por este tipo de decisiones.

‘‘Por más vueltas retóricas que la magistrada haya intentado dar, está limitando el derecho fundamenta­l a las manifestac­iones populares”.

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