El chance de la JPM
Nunca antes como ahora la recién reformada justicia penal militar (JPM) ha tenido el chance de actuar con contundencia: es su tarea investigar los excesos de la Fuerza Pública en el marco del paro nacional que denuncian día a día organizaciones y civiles. En entrevista con este diario, su director, Fabio Espitia, deja saber algunas de sus posturas sobre este enrevesado tema y asegura que la JPM sí hará algo al respecto.
El director de la Justicia Penal Militar dice que, a pesar del desprestigio histórico de esa entidad, no va a haber impunidad en los casos por las muertes de decenas de manifestantes, muchas atribuidas a miembros de la Policía durante el paro nacional. Según él, la legitimidad se gana con resultados.
Fabio Espitia Garzón sabe que tiene los ojos de toda la ciudadanía encima. Como director de la Justicia Penal Militar (JPM) apenas lleva nueve meses, pero hoy debe encarar uno de los mayores desafíos de esa jurisdicción en Colombia: aclarar todos los hechos denunciados de graves violaciones a los derechos humanos por parte de miembros de la Fuerza Pública durante el paro nacional. Espitia Garzón, quien también fue fiscal general de la Nación, dice que los jueces de instrucción penal militar están haciendo la tarea, que aunque no puede meterse en los expedientes sí le gustaría que pudieran darse avances en los procesos cuanto antes y que su llamado es a que la razón prevalezca sobre la pasión.
Según la Defensoría del Pueblo, más de 40 personas han muerto en las jornadas del paro nacional. ¿Cuántos casos investiga la JPM?
Hasta esta semana teníamos 32 indagaciones, entre las cuales había varias que incluían homicidios o muertes violentas, pero habrá algunas que obviamente pertenecen a la órbita exclusiva de la Fiscalía y otras que pertenecerán a nosotros si se trata de actos del servicio. Por eso el consolidado de casos, que seguramente será mayor, solo lo tendré la próxima semana.
Eso que llaman “actos del servicio” es una expresión muy controvertida. ¿Qué significa exactamente? Y se lo pregunto porque para analistas y defensores de derechos humanos, sobre todo después de ver los videos que circulan y que son demasiado crudos, muchos de esos “actos del servicio” son simple y llanamente brutalidad policial.
Cuando hay una conducta que se desarrolle dentro de los protocolos de intervención de cada una de las fuerzas y esa conducta puede incluso constituir actos violentos, son conductas de la órbita de la JPM. Hay otras, como usted dice, que son actos de absoluta brutalidad policial y no serían competencia de esta jurisdicción. Le doy un ejemplo: la muerte de una persona en un CAI de la Policía, el caso de Javier Ordóñez. Nosotros abordamos esa investigación, pero se constató que ese deceso se dio por actos que no se relacionaban con el servicio y por eso remitimos el caso a la justicia ordinaria sin necesidad de conflictos de jurisdicciones.
¿Cómo medir esta desproporción ante una agresión por parte de algunos manifestantes?
El problema de si la fuerza debe ser proporcional, qué tipo de armas se pueden utilizar, en qué condiciones, bajo qué circunstancias; si la intervención debe ser solo defensiva o si en un momento determinado puede ser activa, son los criterios que deben tener en cuenta la justicia ordinaria y la JPM para evaluar cada caso. La intervención de la Fuerza Pública está suficientemente reglamentada por los protocolos.
Pero no parecen tan claros esos protocolos de la Fuerza Pública. De hecho, la Corte Suprema, en noviembre pasado, determinó que la Fuerza Pública y el Esmad han cometido abusos contra la protesta ciudadana. Por eso ordenó ajustar los protocolos de la Fuerza Pública para garantizar los derechos de la ciudadanía.
Una cosa es que estos protocolos de la Fuerza Pública estén suficientemente reglamentados y otra, que se cumplan. Son cosas distintas.
¿Cómo hacer entonces para darle legitimidad a la JPM? Como usted sabe, a esta entidad históricamente
le han llovido críticas por su lentitud o porque para muchos resulta difícil de creer que pueda haber justicia cuando quienes investigan son compañeros, amigos o subalternos en rango de los investigados.
El mensaje que se ha dado desde que llegué a la JPM, hace nueve meses, es que nuestros jueces en las situaciones que sean de su jurisdicción tomen decisiones. Decisiones que en un momento pueden afectar a servidores de la Fuerza Pública, pero que también pueden exonerar su comportamiento. El principal problema que tiene la administración de justicia es la ideología. ¿Por qué razón? Porque si sale una decisión cualquiera que afecta a un miembro de la Fuerza Pública, esa decisión el ideólogo la utiliza para deslegitimar a la Fuerza Pública. Pero si sale una decisión que reconozca por ejemplo la inocencia de un uniformado, esa decisión también la va a utilizar el ideólogo para deslegitimar a la JPM. En cualquiera de los dos casos las decisiones judiciales van a ser usadas por los ideólogos para desprestigiar la institución.
¿Pero las víctimas que piden justicia o las personas que reclaman por los excesos evidentes de la Fuerza Pública son ideólogos acaso?
No estoy hablando de las vícti
mas. Lo que yo estoy afirmando es que cuando se toma una decisión de un lado, esta se puede usar para deslegitimar a la Fuerza Pública, pero si se toma una decisión del otro lado, también se puede usar para deslegitimar a la JPM.
¿Sería partidario de que a la JPM le quitaran todos los casos de presunta violencia o muertes atribuidas a la Fuerza Pública durante manifestaciones ciudadanas?
El fuero militar y policial se debe mantener por una razón: la forma de abordar las situaciones que se presentan durante actos del servicio es algo que solo conocen muy bien quienes han manejado estos casos, que regularmente son jueces y policías que pertenecen a las fuerzas. Cosa diferente son sus decisiones y autonomía y por eso la importancia de la implementación de una Unidad Administrativa Especial que pueda regir este recurso humano.
Defensores de derechos humanos y analistas sostienen que la impunidad que suele rodear los casos protagonizados por la Fuerza Pública constituye una especie de incentivo para que estas conductas se sigan cometiendo. Mire el caso del 9 de septiembre: 13 civiles murieron esa noche en Bogotá y
Una pronta y cumplida justicia, ya sea de la justicia ordinaria o de la JPM, evitará que esos alicientes se presenten. Lo mejor es fortalecer la reacción del Estado a través de su administración de justicia. La JPM se legitima con su trabajo y esclareciendo las investigaciones, independientemente de si esto significa que hay que avalar la actuación de determinado uniformado o reprocharla desde el punto de vista penal.
¿Estaría de acuerdo con eliminar el Esmad? Organizaciones como Temblores sostienen que desde que se creó, hace casi 20 años, esa unidad policial ha provocado la muerte de 34 personas. ¿No es esa una cifra como para que el Estado considere si el Esmad debe continuar?
Es una muy buena pregunta para lo que usted dice: para que el Estado se cuestione, no para que se cuestione a la JPM y, por lo tanto, no voy a dar una respuesta en ese sentido, son decisiones institucionales que no me competen y cualquier opinión mía puede ser una abusiva intromisión en asuntos de otras autoridades.
¿Cómo está investigando la JPM los graves casos denunciados contra la Fuerza Pública en el paro nacional?
Una cosa es la forma de investigación de la Fiscalía y otra la forma de investigación de los jueces de instrucción. La Fiscalía tiene algo muy importante: unidad de gestión; esto le permite al fiscal general tener acceso a la conducción de las diversas investigaciones que se adelantan en la entidad. Y puede tener injerencia en los procesos o cómo se llevan. En cambio, en la JPM esto solo se podrá hacer el próximo año cuando tengamos un fiscal general penal militar en Colombia y se implemente el sistema acusatorio. Entre tanto, los jueces de instrucción manejan un criterio de autonomía que es completamente diferente y por lo tanto ellos disponen de sus miembros de policía judicial, adelantan las investigaciones y toman las decisiones.
¿Estamos hablando de cuántos jueces?
En todo el país tenemos 230.
¿Y quiénes integran la policía judicial de esos 230 jueces?
Hay policía judicial de la Policía Nacional.
¿Cómo darle tranquilidad al país de que esos policías que van a investigar a sus compañeros en graves episodios donde incluso hay muertos sí van a hacer el trabajo que corresponde?
Con autonomía. Y la autonomía la garantiza una Unidad Administrativa con autonomía financiera. La autonomía también hace que el órgano de gobierno de la JPM sea constituido por parte del comandante de la Fuerzas Militares y el director de la Policía, pero entran dos importantísimos protagonistas a ese órgano de gobierno: el presidente de la Corte Suprema y el ministro de Justicia.
¿Y ese sistema acusatorio en la JPM cuándo empezaría?
La ley es del año 2010.
¿Y por qué en 11 años no se había implementado?
No pongo espejos retrovisores.
Pero, fíjese, si se hubiera implementado antes, las denuncias tan graves contra la Fuerza Pública se habrían enfrentado en la JPM de otra manera, ¿no le parece?
Sí, eso es verdad. Yo qué le puedo decir. ¿Por qué no se habían tomado las decisiones? Ni siquiera he preguntado quiénes eran los comandantes de fuerza o los ministros de Justicia o Defensa de la época. Lo que sí sé es que desde el año pasado se tomó la decisión de implementar esas leyes.
La ONG Temblores tiene las siguientes cifras sobre el paro: casi 2.000 casos de presunta violencia policial, más de 40 muertes presuntamente atribuibles a la Policía, más de 1.000 detenciones supuestamente arbitrarias y podría seguir. ¿Qué le dicen a usted estas cifras?
Le respondo con una frase de una gran periodista a la cual le aprendí esto en una conferencia: unos son los tiempos de las redes sociales, otros los tiempos del periodismo de investigación, otros los tiempos de la administración de justicia y otros los tiempos de las organizaciones sociales. En las redes esas organizaciones sociales pueden expresar datos, hacer quejas o mostrar referencias, pero solo con esos datos la justicia no puede operar, son apenas un insumo.
Hay denuncias muy graves sobre presunta violencia sexual por parte de la Fuerza Pública. ¿Eso no será competencia de la JPM o sí?
Ningún acto de violencia sexual nunca podrá ser considerado como un acto del servicio y por tanto eso será investigado por la Fiscalía.
Como cabeza de la JPM, pero también como exfiscal general, ¿qué llamado les hace usted a la Fuerza Pública, a los jueces, al Gobierno y hasta a los manifestantes que están en las calles?
Que la pasión no desborde la razón. Ese es mi llamado. Parece ser que se nos ha olvidado que estamos desde el siglo XVII –nos lo dijo la Ilustración– en la época de la razón y parece que no, parece que lo que domina a la sociedad es el espíritu de la confrontación. A la administración de justicia le corresponde atender el dolor de las víctimas y esclarecer los hechos, teniendo en cuenta que nunca va a haber vencedores. Así como una persona pudo haber recibido una agresión o haber fallecido y eso le causa inmenso dolor a su familia, en el otro lado hay personas sometidas a procesos penales y sus familias también cargan con esos dramas. En el caso del mayor Carlos Arenas, por ejemplo, capturado por la JPM (en el marco de la investigación por el homicidio de Brayan Fernando Niño Araque en Madrid, Cundinamarca), su familia ya recibió amenazas. Por eso hemos decidido que, en adelante, no divulgaremos los nombres de los procesados.
¿Pero eso no podría ser leído como una forma de ocultamiento sobre la realidad de esos expedientes?
Yo prefiero que me critiquen por no dar el nombre de los investigados a que se produzcan amenazas y actos contra ellos o sus familias que nada tienen que ver con la administración de justicia y que simplemente contribuyen a propagar criterios paralelos de justicia que no se pueden tolerar.
‘‘La tarea en adelante es hacer la arquitectura institucional para que el sistema acusatorio penal militar entre en vigencia”.
Fabio Espitia, director de la Justicia
Penal Militar.