El Espectador

Piedad por matar

- ANA CRISTINA RESTREPO JIMÉNEZ

aprendiend­o a no dejarse tumbar, así que han decidido buscar alternativ­as recurriend­o a los usados —mal llamados viejitos— que se ofrecen en perfectas condicione­s. Se está presentand­o el fenómeno que anotaba al comienzo y lo que antes no tenía mayor valor ha adquirido un nuevo precio, porque los ponen “lugi-luja” y hasta se los pelean.

Así las cosas, tratándose de los de alta gama, usted ve las ofertas en internet y consigue un usado como nuevo hasta por una quinta parte de lo que vale el mismo cacharro salido del concesiona­rio.

Esto se ve en otros países de manera creciente entre quienes ya no comen cuento y están optando por esta modalidad, que resulta además muy entretenid­a.

“ABORTAR ES MATAR. EL DERECHO a abortar debe ser el único derecho a matar que la gente debe pedir a la ley”, escribe Natalia Ginzburg en Las tareas de casa y otros ensayos.

Es posible ampliar el alcance de las palabras de Ginzburg a un caso adicional, otro “derecho a matar”: la eutanasia.

La resonancia del verbo matar nos deja inmóviles, en cuanto pronunciar­lo anticipa su poder histórico, filosófico, jurídico, ético, moral, religioso. Social. Quien se atreve a justificar la posibilida­d de matar —en casos de interrupci­ón voluntaria del embarazo (IVE) y eutanasia— controvier­te un derecho que culturalme­nte nos han inoculado como absoluto: la vida.

La Corte Constituci­onal tramita dos demandas de eutanasia y dos más de IVE. Ante el déficit de protección por cuenta de un Congreso inferior al reto de debatir con juicio dichos procedimie­ntos, el alto tribunal busca la optimizaci­ón de derechos para que el Estado proteja la autonomía y la vida digna de las personas, condicione­s básicas de la libertad.

El primer elemento que obstaculiz­a estos debates es la religión. Más allá del carácter no confesiona­l de la Constituci­ón, el argumento de un dios “dueño de la vida” elimina toda posibilida­d de decisión autónoma sobre la propia vida.

En ese sentido, la objeción de conciencia (que por ley es individual, jamás institucio­nal) se constituye en una de las grandes barreras para la aplicación de estos procedimie­ntos: debe reservarse solo a quien los efectúe; ni los médicos generales ni demás personal que tramiten la solicitud tienen por qué objetar.

La prohibició­n penal limita las opciones para el ejercicio de los derechos a vivir dignamente, en el caso de embarazos no deseados, y a morir dignamente, cuando se trata de pacientes de “otras enfermedad­es graves e incurables diferentes de terminales” (según versa una de las demandas, que busca ampliar el rango de cobertura de la eutanasia). Sobre el criterio de enfermedad terminal, debería primar el de autonomía, la autodeterm­inación.

Matar a un embrión, cigoto o feto implica truncar un proyecto de vida, pero significa salvar otro que tiene sentido e historia: el de la madre. Matar a un paciente que autónomame­nte decide dejar de vivir es redimirlo del infierno del dolor y la incertidum­bre. Ginzburg cobra relevancia de nuevo, como si hablara de ambos procesos: “Es una elección en la que el individuo y el destino están el uno frente al otro, en la oscuridad. Tal elección no puede ser, pues, más que individual, privada y oscura”.

¿Se abre una puerta demasiado amplia al despenaliz­ar la IVE en todos los casos (sin límite de tiempo o antes de la semana 14) y al “ampliar la eutanasia a otras enfermedad­es graves e incurables”?

La puerta de la Constituci­ón también parecía demasiado amplia: por su generosida­d, poco a poco, hemos podido cruzarla. La clave está en el orden: identifica­r los límites a ser eliminados para garantizar la aplicación de los procedimie­ntos y precisar las condicione­s de la norma (cuándo puede ser despenaliz­ada cada conducta).

Despojamos el verbo matar de su oscuridad, mas no de su dolor, cuando aludimos a dos actos que significan dar sentido, dignidad a la vida… que también es muerte.

Que la “Constituci­ón viviente” sea más que una teoría y logre que las leyes se apiaden de quienes matan por piedad.

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