La última insistencia para revivir la consulta anticorrupción
Un grupo de congresistas de la oposición piden verificar si la consulta popular anticorrupción de 2018 alcanzó a pasar el umbral electoral. Según sus argumentos, la consulta sí cumplió con ese requisito porque la Registraduría se equivocó en los cálculos.
Aunque la consulta anticorrupción, promovida por varios congresistas de la oposición, se cayó en 2018 porque no pasó el umbral, su futuro todavía es incierto. En un documento, conocido por El Espectador, reposa la solicitud de insistencia de ocho congresistas que le piden a la Corte Constitucional seleccionar para su conocimiento una acción de tutela en contra de la Registraduría Nacional del Estado y el Consejo Nacional Electoral (CNE) por la presunta vulneración de los derechos a la participación política y la moralidad administrativa. A juicio de los congresistas, se presentó una acción irregular y omisión en la depuración del censo electoral de ese año que terminó afectando la iniciativa.
Angélica Lozano, Iván Cepeda, Antonio Sanguino, Ángela María Robledo, Antonio José Navarro, Rodrigo Romero, Jaime Navarro y José Sanín allegaron al alto tribunal la insistencia aduciendo que, en medio de un debate de control político, llevado a cabo en diciembre de 2020, quedaron en evidencia una serie de irregularidades en la depuración del Censo Electoral de 2018. Lo que llamó la atención de los legisladores es que esa anomalía fue reconocida por el propio registrador Alexánder Vega, en plenaria del Senado el 14 de diciembre de 2020, en el marco de la discusión por el proyecto de Ley Estatutaria del nuevo Código Electoral.
Los congresistas reprocharon en su insistencia que, “como consecuencia de las revelaciones hechas por el funcionario de la Registraduría ante el Congreso de la República, se pudo establecer no solo que el censo electoral colombiano de 2018 estaba inflado, sino que ello condujo a que el umbral exigido a la consulta popular anticorrupción fuese superior al que realmente debía cumplir”. Los demandantes añadieron que, aunque la Registraduría conoció esa irregularidad, no lo informó a la ciudadanía ni a los entes de control ni tomó los correctivos para reconocer la falta, que se terminó destapando en medio de un debate de control político.
El juzgado sexto de ejecución de penas y medidas de seguridad de Bogotá, en primera instancia, conoció la acción de tutela y, durante el trámite, vinculó al director del Censo Electoral de la Registraduría, al Ministerio del Interior, a la Contraloría, al DANE, al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, al Senado y a la Procuraduría. En fallo, emitido el 7 de enero pasado, negó la pretensión de los congresistas porque no cumplieron los requisitos de inmediatez. En criterio del juzgado, había transcurrido mucho tiempo desde la realización de la consulta anticorrupción para radicar la acción legal y, además, existían otros mecanismos para cuestionar los resultados.
La decisión fue impugnada y llegó al Tribunal Superior de Bogotá. Allí, los congresistas reprocharon que el requisito de inmediatez se cumplió debido a que la evidencia que soportaba la irregularidad sobre el censo se conoció casi dos años después y se escudaron en que, previo a ello, no tenían razón para dudar de la rectitud del actuar de la Registraduría. Pese a la explicación, en segunda instancia, el tribunal falló en su contra porque consideró que no se les vulneró el derecho a elegir, pues las autoridades electorales respaldaron la consulta y permitieron que se realizara.
Con la negativa del Tribunal se tenía la esperanza que la Corte Constitucional seleccionara la tutela, pero en la Sala de este viernes, los congresistas no recibieron ese espaldarazo, por lo que les queda el recurso de insistencia conocido por este diario. Con él, buscan que el alto tribunal verifique si la consulta anticorrupción cumplía con el umbral establecido para catapultarse como la estrategia que serviría para, a su juicio, dar pasos significativos en la lucha contra la corrupción y en la preservación del interés general.
En caso de que la Corte finalmente elija el documento de insistencia para su revisión, los magistrados tendrán que estudiar la teoría de los congresistas sobre el censo electoral. Según ellos, de acuerdo con información publicada por la Registraduría, se inscribieron alrededor de 36’421.026 votantes. Lo que fijaba, inicialmente, un umbral de un poco más de doce millones de colombianos para la consulta anticorrupción. Sin embargo, dicen los congresistas, no se tuvo en cuenta que a esa cifra se le debía restar 2’677.857 de inscripciones que hacían parte de personas pertenecientes a la fuerza pública, población condenada, cédulas no renovadas y documentos que eran de colombianos ya fallecidos. Con esa diferencia, el umbral cambiaba de doce millones a 11’247.723.
“Según los resultados publicados por el Consejo Nacional Electoral a la consulta le hicieron falta 465.391 votos. Sin embargo, teniendo en cuenta las irregularidades descritas y admitidas por los funcionarios de la Registraduría, los 11’674.951 votos efectivamente alcanzados hubieran sido suficientes para que los resultados de la consulta fuesen vinculantes”, expresaron los congresistas, quienes expusieron sus argumentos no solo en la insistencia elevada a la Corte Constitucional, sino en la acción de tutela que fue negada en primera y segunda instancia.
››La
tutela no fue seleccionada este viernes por la Corte Constitucional. Su única esperanza es la insistencia radicada en el alto tribunal.