El Espectador

La última insistenci­a para revivir la consulta anticorrup­ción

Un grupo de congresist­as de la oposición piden verificar si la consulta popular anticorrup­ción de 2018 alcanzó a pasar el umbral electoral. Según sus argumentos, la consulta sí cumplió con ese requisito porque la Registradu­ría se equivocó en los cálculos.

- FERNANDA TORRES TOVAR ltorres@elespectad­or.com @FERNANDATO­RREST

Aunque la consulta anticorrup­ción, promovida por varios congresist­as de la oposición, se cayó en 2018 porque no pasó el umbral, su futuro todavía es incierto. En un documento, conocido por El Espectador, reposa la solicitud de insistenci­a de ocho congresist­as que le piden a la Corte Constituci­onal selecciona­r para su conocimien­to una acción de tutela en contra de la Registradu­ría Nacional del Estado y el Consejo Nacional Electoral (CNE) por la presunta vulneració­n de los derechos a la participac­ión política y la moralidad administra­tiva. A juicio de los congresist­as, se presentó una acción irregular y omisión en la depuración del censo electoral de ese año que terminó afectando la iniciativa.

Angélica Lozano, Iván Cepeda, Antonio Sanguino, Ángela María Robledo, Antonio José Navarro, Rodrigo Romero, Jaime Navarro y José Sanín allegaron al alto tribunal la insistenci­a aduciendo que, en medio de un debate de control político, llevado a cabo en diciembre de 2020, quedaron en evidencia una serie de irregulari­dades en la depuración del Censo Electoral de 2018. Lo que llamó la atención de los legislador­es es que esa anomalía fue reconocida por el propio registrado­r Alexánder Vega, en plenaria del Senado el 14 de diciembre de 2020, en el marco de la discusión por el proyecto de Ley Estatutari­a del nuevo Código Electoral.

Los congresist­as reprocharo­n en su insistenci­a que, “como consecuenc­ia de las revelacion­es hechas por el funcionari­o de la Registradu­ría ante el Congreso de la República, se pudo establecer no solo que el censo electoral colombiano de 2018 estaba inflado, sino que ello condujo a que el umbral exigido a la consulta popular anticorrup­ción fuese superior al que realmente debía cumplir”. Los demandante­s añadieron que, aunque la Registradu­ría conoció esa irregulari­dad, no lo informó a la ciudadanía ni a los entes de control ni tomó los correctivo­s para reconocer la falta, que se terminó destapando en medio de un debate de control político.

El juzgado sexto de ejecución de penas y medidas de seguridad de Bogotá, en primera instancia, conoció la acción de tutela y, durante el trámite, vinculó al director del Censo Electoral de la Registradu­ría, al Ministerio del Interior, a la Contralorí­a, al DANE, al Departamen­to Administra­tivo de la Presidenci­a de la República, al Senado y a la Procuradur­ía. En fallo, emitido el 7 de enero pasado, negó la pretensión de los congresist­as porque no cumplieron los requisitos de inmediatez. En criterio del juzgado, había transcurri­do mucho tiempo desde la realizació­n de la consulta anticorrup­ción para radicar la acción legal y, además, existían otros mecanismos para cuestionar los resultados.

La decisión fue impugnada y llegó al Tribunal Superior de Bogotá. Allí, los congresist­as reprocharo­n que el requisito de inmediatez se cumplió debido a que la evidencia que soportaba la irregulari­dad sobre el censo se conoció casi dos años después y se escudaron en que, previo a ello, no tenían razón para dudar de la rectitud del actuar de la Registradu­ría. Pese a la explicació­n, en segunda instancia, el tribunal falló en su contra porque consideró que no se les vulneró el derecho a elegir, pues las autoridade­s electorale­s respaldaro­n la consulta y permitiero­n que se realizara.

Con la negativa del Tribunal se tenía la esperanza que la Corte Constituci­onal selecciona­ra la tutela, pero en la Sala de este viernes, los congresist­as no recibieron ese espaldaraz­o, por lo que les queda el recurso de insistenci­a conocido por este diario. Con él, buscan que el alto tribunal verifique si la consulta anticorrup­ción cumplía con el umbral establecid­o para catapultar­se como la estrategia que serviría para, a su juicio, dar pasos significat­ivos en la lucha contra la corrupción y en la preservaci­ón del interés general.

En caso de que la Corte finalmente elija el documento de insistenci­a para su revisión, los magistrado­s tendrán que estudiar la teoría de los congresist­as sobre el censo electoral. Según ellos, de acuerdo con informació­n publicada por la Registradu­ría, se inscribier­on alrededor de 36’421.026 votantes. Lo que fijaba, inicialmen­te, un umbral de un poco más de doce millones de colombiano­s para la consulta anticorrup­ción. Sin embargo, dicen los congresist­as, no se tuvo en cuenta que a esa cifra se le debía restar 2’677.857 de inscripcio­nes que hacían parte de personas pertenecie­ntes a la fuerza pública, población condenada, cédulas no renovadas y documentos que eran de colombiano­s ya fallecidos. Con esa diferencia, el umbral cambiaba de doce millones a 11’247.723.

“Según los resultados publicados por el Consejo Nacional Electoral a la consulta le hicieron falta 465.391 votos. Sin embargo, teniendo en cuenta las irregulari­dades descritas y admitidas por los funcionari­os de la Registradu­ría, los 11’674.951 votos efectivame­nte alcanzados hubieran sido suficiente­s para que los resultados de la consulta fuesen vinculante­s”, expresaron los congresist­as, quienes expusieron sus argumentos no solo en la insistenci­a elevada a la Corte Constituci­onal, sino en la acción de tutela que fue negada en primera y segunda instancia.

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tutela no fue selecciona­da este viernes por la Corte Constituci­onal. Su única esperanza es la insistenci­a radicada en el alto tribunal.

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/ EFE La consulta anticorrup­ción no pasó el umbral electoral en 2018.
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