El retorno de la “complementariedad positiva”
EL (NUEVO) FISCAL DE LA CORTE PEnal Internacional (CPI), Karim A. A. Khan Q. C., anunció el 28 de octubre el archivo del examen preliminar que por 17 años se realizaba contra Colombia. Sin embargo, el anuncio viene acompañado de una contraprestación sin precedentes: el Gobierno colombiano ha celebrado un acuerdo de cooperación con el fiscal por medio del cual se compromete a mantener el apoyo a las autoridades judiciales nacionales ordinarias y a los demás mecanismos de justicia transicional, en particular a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), así como a continuar colaborando estrechamente con la Fiscalía de la CPI. Con ello, la JEP se siente, con razón, fortalecida y ella misma destaca en particular el “canal de comunicación directo y eficaz” del que dispone ahora.
Voto de confianza sin efecto vinculante
El argumento jurídico de Khan para el archivo del examen preliminar es que Colombia habría demostrado estar dispuesta y ser capaz de investigar y, dado el caso, juzgar o resolver por otros medios legítimos de la justicia transicional los crímenes internacionales cometidos. No obstante, el archivo del examen preliminar no tiene ningún efecto vinculante para la Fiscalía de la CPI; esta puede reanudar las investigaciones en cualquier momento y también examinar (nuevas) denuncias que le sean presentadas. Laboratorio de justicia transicional Con esto, también está claro que el nuevo fiscal no solo quiere resolver las tareas pendientes, sino que también quiere establecer una relación positiva de cooperación con los Estados que, en principio, tienen disposición y capacidad de llevar a cabo una investigación y persecución penal en el ámbito nacional y cooperar con su oficina para este fin.
De esta forma el concepto conocido como “complementariedad positiva” recibe un nuevo impulso, al tiempo que el fiscal enfatiza, con buena razón, la singularidad del acuerdo de cooperación, el cual podría tener sin duda un carácter pionero en la materia.
La JEP, por su lado, se refiere a Colombia como un “invaluable laboratorio” de justicia transicional, del que resultan “lecciones importantes” que luego podrán ser “replicadas” en otros lugares. Por supuesto, habrá que esperar si, y en qué medida, los compromisos concretos contenidos en el acuerdo de cooperación llegan a ser implementados en la realidad.
También queda claro con esto que el fiscal Khan quiere, por un lado, integrar activamente a los Estados partes del Estatuto de Roma de la CPI que están abiertamente dispuestos a cooperar, apoyando especialmente sus esfuerzos nacionales de transición y reconciliación; pero, por otro lado, quiere proceder sin concesiones contra los Estados que no están dispuestos a cooperar (por ejemplo, Filipinas). En todo caso, las investigaciones (fácticamente) cerradas sobre la misión de la OTAN en Afganistán y los posibles crímenes de guerra británicos en Irak también plantean la cuestión de si Khan accede con demasiada facilidad a las presiones de Estados más poderosos.
*Catedrático de Derecho Penal.