El Espectador

Lo que ganó y perdió el derecho a la muerte digna en 2021

Este año la Corte Constituci­onal aprobó la eutanasia para pacientes no terminales e inició el estudio de una novedosa propuesta para ampliar la muerte digna. Sin embargo, 2021 dejó episodios amargos como las fallidas eutanasias de Martha Sepúlveda y Vícto

- JHOAN SEBASTIAN COTE LOZANO jcote@elespectad­or.com @SebasCote9­5

“Este fue el año de la muerte digna”. Así definió 2021 la abogada Camila Jaramillo, investigad­ora asociada del Laboratori­o de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLab) y abogada de la mujer a la que una sonrisa en televisión nacional le atrasó la muerte: Martha Sepúlveda. Desde luego, este año hubo grandes movimiento­s en materia de muerte digna en Colombia, entre ellos un histórico fallo de la Corte Constituci­onal. También casos que agitaron la opinión pública como los de Sepúlveda, paciente de esclerosis lateral amiotrófic­a (ELA), y Víctor Escobar, quien sufre 17 patologías.

La eutanasia es más accesible

El pasado 22 de julio, la Corte Constituci­onal dio la noticia del año en materia de muerte digna: eliminó el requisito de enfermedad terminal para acceder a la eutanasia en Colombia. La práctica en el país fue legalizada en 1997 y recién en 2015 se realizó por primera vez, cuando el señor Ovidio González —padre del caricaturi­sta Matador—, de 79 años, decidió morir en lugar de soportar un cáncer que le carcomía el rostro. Durante ese tiempo, todo paciente debía tener un pronóstico terminal para acceder a la transición, entre otros requisitos. Este año eso cambió.

Con seis votos a favor y tres en contra, la Corte Constituci­onal eliminó el requisito de terminalid­ad y dejó en firme los otros tres: padecer un intenso dolor, presentar un consentimi­ento informado y morir con el acompañami­ento de un profesiona­l en salud. La gran conclusión de la Corte fue que, en caso de mantener las condicione­s como estaban, se podrían perpetuar y agravar las barreras para acceder a la muerte digna. Además, llamó la atención a los miembros del Congreso para que legislen sobre el tema, pues no hay una sola ley al respecto.

Suicidio asistido

Dos semanas después de reducir las condicione­s para la eutanasia, la Corte Constituci­onal aceptó para su estudio una demanda que busca despenaliz­ar el suicidio médicament­e asistido (SMA). La práctica es casi idéntica a la eutanasia; sin embargo, es el mismo paciente quien causa su muerte, luego de que profesiona­les de la salud dispongan de los elementos para el tránsito. La demanda fue presentada por DescLab, que argumenta que el derecho a morir dignamente se vería protegido tras brindar más posibilida­des a los pacientes de enfermedad­es graves e incurables.

Para los demandante­s, el hecho de que sea un delito asistir el suicidio de alguien, que médicament­e lo necesita y lo requiere, “restringe de forma innecesari­a, excesiva e inconstitu­cional la protección de la dignidad, el derecho a morir dignamente, el libre desarrollo de la personalid­ad, la protección en contra de la tortura, los tratos crueles, así como el principio de solidarida­d y la libertad de profesión”. El recurso jurídico ya está bajo estudio en el despacho del magistrado Antonio José Lizarazo. En noviembre, el Gobierno allegó su concepto, en el que se opone a que la Corte despenalic­e el SMA.

Martha Sepúlveda

Cuando Martha Sepúlveda contó su historia en televisión nacional, restaban apenas días para acceder a su derecho a la eutanasia, convirtién­dose así en la primera persona en Colombia que aplicaría a la nueva interpreta­ción de la Corte Constituci­onal.

Sin embargo, faltando solo horas para el tránsito, el Instituto Colombiano del Dolor (Incodol) se negó, aduciendo que Sepúlveda no cumplía con el criterio de terminalid­ad. Un argumento errado, porque meses atrás la Corte había derribado esa barrera. La fecha pactada para la eutanasia era el pasado 10 de octubre.

La abogada Jaramillo denunció públicamen­te la decisión del Incodol, basada en una nueva supuesta evaluación de la salud de Sepúlveda. La investigad­ora le explicó a El Espectador que la paciente, de 51 años, esa semana había suspendido el tratamient­o para el dolor que le provoca el ELA y había cancelado todas las cuentas que la ataban. Presentó una acción de tutela, la cual fue resuelta favorablem­ente el pasado 27 de octubre por el Juzgado 20 Civil de Circuito de Medellín. Protegió los derechos de Sepúlveda a la vida digna, muerte digna y dignidad humana. La paciente debe elegir una nueva fecha, pero hasta el momento no se sabe cuándo tendrá la próxima cita final.

Víctor Escobar

Hace un mes, el Tribunal Superior de Cali negó la eutanasia de Víctor Escobar, solicitada vía tutela tras dos años de tomar su decisión final. El adulto mayor de sesenta años tiene un total de 17 patologías, entre ellas una enfermedad pulmonar obstructiv­a crónica, hipertensi­ón pulmonar, secuelas de accidente cerebrovas­cular, depresión, movilidad reducida y artrosis. La razón del tribunal se debía a que, en primera instancia, el Juzgado 17 Civil de Circuito de Cali no vinculó al trámite de tutela al intervento­r de Coomeva EPS ante la Superinten­dencia de Salud. Un error administra­tivo.

Tras reiniciar el trámite de tutela, el abogado Luis Giraldo Montenegro logró que el Juzgado 17 Civil de Cali ordenara a Coomeva EPS conformar un comité científico para acompañar a Escobar en su eutanasia. La cita será el próximo 7 de enero, a las 7:00 p.m. El paciente, quien todos los días expectora sangre y considera que su estado es incompatib­le con su idea de dignidad, ha abanderado la lucha por la muerte digna desde sus redes sociales y ahora inaugurará el 2022 siendo de los primeros pacientes en recibirla este año. Podrá, por fin, organizar su reunión de despedida y, además, se marcha tras ver a su amado Deportivo Cali campeón del fútbol colombiano.

››Los

casos de Martha Sepúlveda y Víctor Escobar captaron la atención de la opinión pública el año pasado.

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/ Getty Images Este año, la Corte Constituci­onal debe definir una nueva demanda sobre el derecho a la muerte digna.
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