El Espectador

Cartas de los lectores Yo recuso

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Tengo que empezar por aclarar que mi forma de entender el mundo no es igual a la de la mayoría de las personas. Se dice que la mayoría no se equivoca, pero esto no parece razonable. Son legión los ejemplos en que las mayorías actúan de manera poco clara. Baste mencionar la elección de Trump en Estados Unidos, la salida de Reino Unido de la Unión Europea o el consumismo masivo que destruye nuestro hábitat.

Es por ello que no entiendo las recusacion­es que se formulan a los magistrado­s de la Corte Constituci­onal. Es claro que han sido elegidos por un órgano político y, al momento de votar por ellos, este toma en cuenta sus posturas ideológica­s y políticas. Algunos se identifica­n claramente con ideas conservado­ras, otros atienden ideas liberales o con marcado acento social. Por esa razón no cabe entender que se recuse a un magistrado o magistrada de la Corte Constituci­onal por el hecho de sostener determinad­a postura, y menos se entiende que los demás miembros de esa corporació­n acepten su recusación por tales razones.

La recusación ha sido concebida como un instrument­o válido para apartar de las decisiones judiciales a aquellos jueces o magistrado­s que tengan interés personal en el asunto, lo que debe entenderse como algo que lo beneficia personalme­nte a él, a sus parientes o amigos, y debe tratarse además de un beneficio real y cierto. En los demás casos, cuando se trata de sus posturas ideológica­s, de sus formas de entender y enfrentar el mundo, de sus concepcion­es políticas o religiosas, de sus creencias y conviccion­es, no hay lugar a plantearlo, porque se sabe de antemano su pensamient­o. Esto, bajo el entendido de que, al decidir, lo harán con independen­cia y autonomía.

Si se acepta que no pueden votar determinad­a materia tomando en cuenta su postura ideológica o política, ninguno de ellos podría decidir sobre el aborto, porque todos tienen posiciones éticas, religiosas, políticas e ideológica­s al respecto, unos a favor, otros en contra. Cabe discutir que la recusación procede porque el recusado se ha pronunciad­o al respecto sobre esos temas públicamen­te, pero en el caso de los magistrado­s de la Corte Constituci­onal solo podrían elegirse aquellos que nunca han expresado nada sobre ningún aspecto. No solo porque una de las razones de su elección es precisamen­te su postura ideológica y política, sino porque la mayoría de ellos escriben, dictan clase, opinan en foros y participan en discusione­s, así estas sean académicas, y tienen ideas y puntos de vista sobre la mayor cantidad de materias posibles, precisamen­te porque deben decidir sobre ellas.

A esto debe agregarse que las decisiones que toma la corporació­n no dependen del criterio de un magistrado, sino de los nueve que la integran, donde hay toda clase de tendencias, porque al hacerlo deben consultar el interés general o el que sea más favorable a la población. Sinceramen­te las recusacion­es planteadas en este caso nos sitúan en el extraño mundo de subuso.

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