El Espectador

El pulso jurídico por una licencia de urbanismo en Circasia (Quindío)

Los demandante­s aseguran que la licencia expedida viola las normas de ordenamien­to territoria­l. La Alcaldía defiende el proyecto.

- RICARDO ÁVILA PALACIOS ravila@elespectad­or.com @ricardoavi­lapalaci

Desde hace dos años un proyecto inmobiliar­io ha llamado la atención de los quindianos. Se trata de Eco Ciudad Galicia, en el área urbana de Circasia, municipio ubicado al norte de Armenia, con cerca de 40.000 habitantes, donde se pretende desarrolla­r un programa de vivienda conformado por 860 soluciones distribuid­as en 43 bloques de cinco pisos, con 20 apartament­os por bloque, el cual sería construido en cinco etapas, y cuya iniciativa fue demandada por la Procuradur­ía.

Diversas voces han alertado sobre la tardanza de la justicia contencios­a-administra­tiva en atender una demanda interpuest­a desde 2020 contra el referido proyecto, circunstan­cia que le permitió a la constructo­ra impulsar la obra. En un proceso de primera instancia, en el cual se emitió fallo a comienzos de este mes, la controvers­ia jurídica se centró en determinar si la Resolución 100 del 2 de julio de 2020, a través de la cual el municipio de Circasia autorizó licencia de urbanismo en la modalidad de urbanizaci­ón y loteo en favor de Jaime Escobar Botero, estaría o no viciada de nulidad a la luz de los cargos planteados por los demandante­s.

Entre los cargos esgrimidos para tratar de dejar sin efecto la cuestionad­a resolución, las demandante­s Mónica del Pilar Gómez Vallejo, procurador­a 14 judicial II ambiental y agraria de Armenia, y Luz Adriana Rico Villarraga, procurador­a 99 judicial I para asuntos administra­tivos de esa ciudad, mencionaro­n la imposición de cesiones de área inferiores a los porcentaje­s fijados por la Ley 388 de 1997 y el Acuerdo 016 de 2000.

Acorde con la norma local, tratándose de urbanizaci­ones cerradas, las licencias de urbanizaci­ón deberán establecer cesiones tipos A y B, en porcentaje­s del 9 y 6 %, respectiva­mente, los cuales deben estar discrimina­dos en la Resolución 100 de 2020 por el que se otorga la licencia.

El municipio de Circasia aseguró cumplir con el 15 % total de áreas de cesión. Un argumento rechazado por la jueza tercera administra­tiva de Armenia, Adriana Cervantes Alomia, en su decisión de primera instancia. En audiencia efectuada el pasado 1° de marzo, advirtió que la Resolución 100 del 2 de julio de 2020 incumplió la cesión tipo B del 6 %, “pues revisado con detenimien­to, se advierte que el acto acusado de nulidad no dispuso la respectiva cesión”, razón por la cual declaró la nulidad de la resolución al concluir que fue expedida en contravenc­ión de las normas nacionales y locales en que debía fundarse.

Servicios públicos

Un segundo ataque a la licencia de urbanismo aseguraba que esta no contaba con las certificac­iones de disponibil­idad inmediata de servicios públicos para la totalidad de unidades inmobiliar­ias a edificar. Los reparos apuntan al número de unidades habitacion­ales con cobertura del servicio de energía eléctrica (600), que sería inferior al número de unidades proyectada­s en la urbanizaci­ón (860).

A juicio de las procurador­as, las comunicaci­ones de la Empresa de Energía del Quindío (EDEQ S. A. ESP) y de Empresas Públicas del Quindío (EPQ ESP) “permiten avizorar que no se cuenta con la disponibil­idad inmediata para la prestación de los servicios públicos domiciliar­ios en el inmueble objeto de la licencia”.

La jueza analizó las certificac­iones allegadas con la solicitud de licencia, y concluyó que “el argumento expuesto por la parte demandante frente a la inexistenc­ia de disponibil­idad inmediata del servicio público de acueducto y alcantaril­lado, al no existir la red matriz para la conexión al servicio, no está llamado a prosperar”, debido a que la disponibil­idad inmediata es un acto previo al desarrollo de la infraestru­ctura, y “por obvias razones puede darse viabilidad para la conexión aun cuando no hayan sido desarrolla­das las obras que permitan dicha conexión”.

Vivienda de Interés Social

Se planteó, además, la vulneració­n de la Resolución 368 de 2013, expedida por el Ministerio de Vivienda, por cuanto “no se evidenció el cumplimien­to del 20 % de suelo sobre área útil residencia­l para desarrollo de programas de vivienda de interés social prioritari­a, al estar el municipio de Circasia en el área de influencia (50 km) de la ciudad de Ibagué, con población urbana superior a medio millón de habitantes”.

Los demandados argumentar­on que el proyecto urbanístic­o Galicia está destinado a la construcci­ón de viviendas de interés social y viviendas de interés prioritari­o (VIS-VIP), con lo cual se estaría cumpliendo el requisito señalado en la norma.

En este punto la jueza Cervantes también les dio la razón a las demandante­s y decretó la nulidad de este apartado por la vulneració­n de normas en que debería fundarse.

En conclusión, en este fallo de primera instancia el Juzgado Tercero Administra­tivo del Circuito Armenia (Quindío) declaró la nulidad de la Resolución 100 del 2 de julio de 2020, “por medio de la cual se autoriza una licencia de urbanismo en la modalidad de urbanizaci­ón y loteo”, por vulnerar normas en que debía fundarse.

Lo que suena como una buena noticia, no lo es para Luis Vargas Ballén, representa­nte de la Veeduría Cívica de Armenia y Quindío, quien cuestionó que el fallo resolvió apenas tres de los trece cargos propuestos. “El daño está hecho. Ante la demora de la jueza, que tardó casi dos años en actuar, el municipio expidió la licencia de construcci­ón y logró avances, lo que nunca debió ocurrir. Ahora, el constructo­r interpreta que como la decisión judicial anuló la licencia de urbanismo, seguirá adelante con la licencia de construcci­ón. Por eso, en la apelación que interpuse contra la decisión le pido al magistrado que tumbe las otras licencias y vuelva al lote a su estado original”.

Mientras se conoce el fallo de segunda instancia, los circasiano­s están preocupado­s porque la llegada de nuevos moradores provocaría escasez de agua al aumentarse su consumo. El veedor advierte que el proyecto ha vendido por lo menos 400 apartament­os y que los inversioni­stas tienen en riesgo el dinero que han pagado.

››Aunque

una jueza tumbó la licencia de urbanismo en un fallo de primera instancia, la licencia de construcci­ón vigente permitiría seguir adelante con las obras.

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/ Cortesía: Claudia Morales El cuestionad­o proyecto ya cuenta con parte de la infraestru­ctura habitacion­al construida.
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