El pulso jurídico por una licencia de urbanismo en Circasia (Quindío)
Los demandantes aseguran que la licencia expedida viola las normas de ordenamiento territorial. La Alcaldía defiende el proyecto.
Desde hace dos años un proyecto inmobiliario ha llamado la atención de los quindianos. Se trata de Eco Ciudad Galicia, en el área urbana de Circasia, municipio ubicado al norte de Armenia, con cerca de 40.000 habitantes, donde se pretende desarrollar un programa de vivienda conformado por 860 soluciones distribuidas en 43 bloques de cinco pisos, con 20 apartamentos por bloque, el cual sería construido en cinco etapas, y cuya iniciativa fue demandada por la Procuraduría.
Diversas voces han alertado sobre la tardanza de la justicia contenciosa-administrativa en atender una demanda interpuesta desde 2020 contra el referido proyecto, circunstancia que le permitió a la constructora impulsar la obra. En un proceso de primera instancia, en el cual se emitió fallo a comienzos de este mes, la controversia jurídica se centró en determinar si la Resolución 100 del 2 de julio de 2020, a través de la cual el municipio de Circasia autorizó licencia de urbanismo en la modalidad de urbanización y loteo en favor de Jaime Escobar Botero, estaría o no viciada de nulidad a la luz de los cargos planteados por los demandantes.
Entre los cargos esgrimidos para tratar de dejar sin efecto la cuestionada resolución, las demandantes Mónica del Pilar Gómez Vallejo, procuradora 14 judicial II ambiental y agraria de Armenia, y Luz Adriana Rico Villarraga, procuradora 99 judicial I para asuntos administrativos de esa ciudad, mencionaron la imposición de cesiones de área inferiores a los porcentajes fijados por la Ley 388 de 1997 y el Acuerdo 016 de 2000.
Acorde con la norma local, tratándose de urbanizaciones cerradas, las licencias de urbanización deberán establecer cesiones tipos A y B, en porcentajes del 9 y 6 %, respectivamente, los cuales deben estar discriminados en la Resolución 100 de 2020 por el que se otorga la licencia.
El municipio de Circasia aseguró cumplir con el 15 % total de áreas de cesión. Un argumento rechazado por la jueza tercera administrativa de Armenia, Adriana Cervantes Alomia, en su decisión de primera instancia. En audiencia efectuada el pasado 1° de marzo, advirtió que la Resolución 100 del 2 de julio de 2020 incumplió la cesión tipo B del 6 %, “pues revisado con detenimiento, se advierte que el acto acusado de nulidad no dispuso la respectiva cesión”, razón por la cual declaró la nulidad de la resolución al concluir que fue expedida en contravención de las normas nacionales y locales en que debía fundarse.
Servicios públicos
Un segundo ataque a la licencia de urbanismo aseguraba que esta no contaba con las certificaciones de disponibilidad inmediata de servicios públicos para la totalidad de unidades inmobiliarias a edificar. Los reparos apuntan al número de unidades habitacionales con cobertura del servicio de energía eléctrica (600), que sería inferior al número de unidades proyectadas en la urbanización (860).
A juicio de las procuradoras, las comunicaciones de la Empresa de Energía del Quindío (EDEQ S. A. ESP) y de Empresas Públicas del Quindío (EPQ ESP) “permiten avizorar que no se cuenta con la disponibilidad inmediata para la prestación de los servicios públicos domiciliarios en el inmueble objeto de la licencia”.
La jueza analizó las certificaciones allegadas con la solicitud de licencia, y concluyó que “el argumento expuesto por la parte demandante frente a la inexistencia de disponibilidad inmediata del servicio público de acueducto y alcantarillado, al no existir la red matriz para la conexión al servicio, no está llamado a prosperar”, debido a que la disponibilidad inmediata es un acto previo al desarrollo de la infraestructura, y “por obvias razones puede darse viabilidad para la conexión aun cuando no hayan sido desarrolladas las obras que permitan dicha conexión”.
Vivienda de Interés Social
Se planteó, además, la vulneración de la Resolución 368 de 2013, expedida por el Ministerio de Vivienda, por cuanto “no se evidenció el cumplimiento del 20 % de suelo sobre área útil residencial para desarrollo de programas de vivienda de interés social prioritaria, al estar el municipio de Circasia en el área de influencia (50 km) de la ciudad de Ibagué, con población urbana superior a medio millón de habitantes”.
Los demandados argumentaron que el proyecto urbanístico Galicia está destinado a la construcción de viviendas de interés social y viviendas de interés prioritario (VIS-VIP), con lo cual se estaría cumpliendo el requisito señalado en la norma.
En este punto la jueza Cervantes también les dio la razón a las demandantes y decretó la nulidad de este apartado por la vulneración de normas en que debería fundarse.
En conclusión, en este fallo de primera instancia el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito Armenia (Quindío) declaró la nulidad de la Resolución 100 del 2 de julio de 2020, “por medio de la cual se autoriza una licencia de urbanismo en la modalidad de urbanización y loteo”, por vulnerar normas en que debía fundarse.
Lo que suena como una buena noticia, no lo es para Luis Vargas Ballén, representante de la Veeduría Cívica de Armenia y Quindío, quien cuestionó que el fallo resolvió apenas tres de los trece cargos propuestos. “El daño está hecho. Ante la demora de la jueza, que tardó casi dos años en actuar, el municipio expidió la licencia de construcción y logró avances, lo que nunca debió ocurrir. Ahora, el constructor interpreta que como la decisión judicial anuló la licencia de urbanismo, seguirá adelante con la licencia de construcción. Por eso, en la apelación que interpuse contra la decisión le pido al magistrado que tumbe las otras licencias y vuelva al lote a su estado original”.
Mientras se conoce el fallo de segunda instancia, los circasianos están preocupados porque la llegada de nuevos moradores provocaría escasez de agua al aumentarse su consumo. El veedor advierte que el proyecto ha vendido por lo menos 400 apartamentos y que los inversionistas tienen en riesgo el dinero que han pagado.
››Aunque
una jueza tumbó la licencia de urbanismo en un fallo de primera instancia, la licencia de construcción vigente permitiría seguir adelante con las obras.