Lo que se pierde en participación política de las mujeres
La Corte Constitucional declaró inexequible la reforma al Código Electoral, al encontrar vicios en su trámite por parte del Congreso en 2020. La iniciativa incluía puntos esenciales para promover a las mujeres en procesos electorales.
Desde que comenzó el calendario electoral para los comicios del pasado 13 de marzo, es decir, un año antes del proceso, estaba la ilusión de que la Corte Constitucional se pronunciara sobre la reforma al Código Electoral, aprobado por el Congreso en diciembre de 2020, para que entraran a regir las nuevas reglas y disposiciones que esta ley estatutaria traía. Entre ellas, la paridad en las listas de elección a Senado y en las circunscripciones de Cámara, en las que se eligen a más de cinco representantes.
Esa ilusión se fue desvaneciendo con el tiempo, pues la Corte no daba luces de declarar la constitucionalidad o no de la iniciativa. Los partidos presentaron sus listas sin la exigencia de la paridad. Se basaron en lo que había para entonces, es decir, la Ley de Cuotas 1475 de 2011, que obliga el 30 % del género minoritario, pensado para las mujeres. Claro, hay que decirlo, la mayoría de las organizaciones avalaron más del 30 % de candidatas, pero a excepción de una (la de Estamos Listas), ninguna presentó listas 50-50, pese a haberlo prometido en diferentes espacios.
La respuesta de los partidos, especialmente de los tradicionales, frente a la conformación de listas, demostró que sin una ley que demande una participación paritaria, por voluntad propia estos no la impulsarían. No todo estaba perdido. Si no había nuevo Código Electoral para 2022, lo habría para 2023 para las elecciones regionales. Precisamente en las juntas administradoras locales (JAL), concejos y asambleas es donde más preocupa la poca participación de mujeres y más se necesitan acciones y herramientas para impulsar la llegada de candidatas al poder.
Sin embargo, después de mucha espera, llegó la respuesta de la Corte, que encontró que hubo vicios de trámite en el proyecto de ley estatutaria del Código Electoral, motivo suficiente para declarar la inexequibilidad. ¿Qué se pierde para la promoción de la participación política de las mujeres? “La cuota actual (del 30 %) no aplica para 19 territorios, ni curules especiales, ese siempre fue un vacío. Con el nuevo Código se introdujo el 50 % de conformación en listas donde se eligen cinco curules o más y 30 % donde se eligen menos curules. Con eso estábamos resolviendo parte del problema que la cuota no se aplicara en todos los territorios del país. Con la decisión de la Corte nos quedamos sin un piso para tener un mínimo de mujeres en las listas”, es la lectura de Luisa Salazar, coordinadora regional del Gender, Justice and Security Hub de la Universidad de los Andes.
La directora del Instituto Holandés para la Democracia Multipartidaria (NIMD), Ángela Rodríguez, recalcó que sin Código Electoral continúa aplicándose la Ley de Cuotas, “que ha demostrado que necesita fortalecerse para garantizar la efectiva participación de las mujeres en condiciones de equidad. Más aún de cara a las últimas elecciones de Congreso, que demostraron empíricamente que la realidad electoral está lista para romper ese techo de cristal ya alcanzado”, agregó. El techo al que se refiere, antes de los pasados comicios, era del 20 %.
La paridad no era el único elemento dentro del Código Electoral que promovía la participación política de las mujeres. Otro artículo que se celebró fue el que reconoce el fenómeno de violencia política contra estas. No se puede entender el uno sin el otro. Entre más violencias (simbólicas, económicas, institucionales y físicas) vivan las mujeres que tienen aspiraciones, más barreras y desánimos encontrarán para efectivamente llegar a puestos de poder. Precisamente este es otro elemento que Salazar y Rodríguez lamentaron que se haya hundido junto al Código.
“Otra pérdida significativa son los avances que se habían alcanzado en materia de prevención, sanción y mitigación de la violencia contra las mujeres en política, uno de los obstáculos principales para el ejercicio político de estas”, apuntó la directora del NIMD. Salazar manifiesta que ese artículo dentro del Código estaba llenando un vacío legal. “No tenemos ni una sola norma que, de manera explícita, identifique el fenómeno de violencia política. Esta herramienta era muy importante, porque se precisaban las manifestaciones y categorías de violencia, se ofrecían sanciones y estrategias de prevención, así como que obligaba a los partidos a crear sus protocolos sobre cómo abordar eventuales casos”, señaló.
Precisamente las herramientas para enfrentar la violencia contra mujeres en política eran necesarias para las elecciones regionales, las cuales, explicó Salazar, son las que están más impregnadas por dinámicas patriarcales, como la instrumentalización de mujeres dentro de las listas solo para cumplir con la cuota de género. “Las dinámicas de estos comicios son diferentes a los legislativos. Los partidos desde el poder central no tienen mucho control de la militancia territorial, además del desgobierno de las organizaciones políticas, podría decirse que hay un desgobierno de las autoridades electorales. Primero, para Congreso fueron más de 2.800 candidatos y para JAL, concejos, asambleas, alcaldías y gobernaciones hablamos de cuadruplicar ese número, lo que hace complejo el control. También hay que tener presente que el Consejo Nacional Electoral no hace presencia física en los territorios”, recalcó la investigadora de los Andes.
Desde el NIMD, el llamado al Congreso y el Gobierno es a asegurar la paridad y los espacios políticos libres de violencia, especialmente cuando el próximo año se celebran las elecciones regionales. “Si queremos alcanzar una democracia representativa e incluyente, es imperante aprobar estas acciones afirmativas”, señaló Ángela Rodríguez. Por parte de las organizaciones sociales, de mujeres, feministas y de cooperación internacional, la decisión de la Corte se asumirá de nuevo con trabajo articulado y de incidencia, y sabiendo los frutos que eso les dejó en 2020. Por lo tanto, no permitirán trabas que disminuyan o estanquen las garantías de participación política para las mujeres.
“Viéndole el lado positivo, con la aprobación de estos temas dentro del Código Electoral, que siempre se habían hundido en el Congreso de forma independiente, se demostró que había voluntad política. Yéndonos al futuro, cuando se vuelva a presentar la ley de paridad y violencia política, habrá con qué exigir, porque ya se ganó terreno y no podemos perderlo. Tal vez será la oportunidad de insistir en la universalidad de la paridad en la alternancia”, opinó Luisa Salazar, anticipando de nuevo las sinergias que hubo y anhelando la reactivación de la campaña de incidencia Paridad YA, que fue determinante a la hora de poner a la ciudadanía, especialmente a las mujeres, a hacerles control a los congresistas y desmentir sus argumentaciones en contra de las acciones afirmativas para asegurar una participación equitativa de las colombianas.