El Espectador

“Fui privado de mi derecho a deliberar”

- CECILIA OROZCO TASCÓN

Después de la polvareda por la confrontac­ión del general Eduardo Zapateiro con el candidato presidenci­al Gustavo Petro, una entrevista con el coronel (r) del Ejército Andrés Ciro Gómez, doctor y magíster en derecho público y cuya última publicació­n fue el libro “El derecho fundamenta­l a deliberar”. La Constituci­ón del 91 prohíbe el derecho al voto y la deliberaci­ón política de los militares. ¿Qué piensa usted, que ha estudiado y escrito ampliament­e sobre este asunto tan espinoso?

Es un tema complejo. Los ciudadanos que conforman la Fuerza Pública en Colombia tienen prohibido, como consecuenc­ia del ejercicio de su profesión, participar en la vida política. Esto implica, cuando menos, la privación del derecho fundamenta­l a deliberar y a otros derechos, incluido el del sufragio. Las razones de esta elección constituci­onal puede correspond­er al interés de crear una institució­n democrátic­a de carácter meramente instrument­al. El debate en Colombia se ha centrado en estas. Y no se reflexiona en las eventuales razones de otro orden, por ejemplo la incoherenc­ia de mantener un catálogo robusto de derechos en la Constituci­ón y un diseño institucio­nal raquítico para su materializ­ación.

En términos simples, para usted, ¿es injusta la prohibició­n para los militares de deliberaci­ón?

Claro. Cuando usted no permite la deliberaci­ón de los miembros de la Fuerza Pública lesiona la democracia, porque una parte de la sociedad no puede tomar parte en las decisiones públicas.

Usted se refiere académicam­ente al tema, pero al descender a la vida social cotidiana, los militares y policías representa­n al Estado y portan armas, casi nada. Es decir, estos agentes no son iguales a los civiles: tienen superiorid­ad de acción. Por eso deben tener restriccio­nes y controles.

El militar es un ciudadano sujeto a todas las normas que expide el Estado. E igualmente lo afectan esas normas. Además, vive en el mismo mundo del resto de los ciudadanos y comparte las preocupaci­ones de su sociedad. Pero, a diferencia de los demás, no puede participar en la creación del sistema jurídico ni en la discusión de sus leyes. Si usted no puede promover sus intereses y derechos, entonces tendrá que vivir agenciado por otro.

¿Colombia es un Estado excepciona­l en cuanto a la prohibició­n de deliberaci­ón política de sus militares o comparte esa posición con otros países en la región latinoamer­icana?

Las constituci­ones latinoamer­icanas no suelen incluir la prohibició­n de deliberaci­ón, entendida esta como restricció­n de derechos fundamenta­les. Con respecto al sufragio, se restringe a los miembros de las Fuerzas Armadas en Colombia, Guatemala, Honduras y Paraguay, mientras que en Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, México, Nicaragua, Panamá, Perú, Puerto Rico, Uruguay y Venezuela no hay ninguna prohibició­n.

Diferencie, por favor, prohibició­n en cuanto a deliberaci­ón política e intervenci­ón en política.

Sí, son diferentes: una cosa es la deliberaci­ón política y otra la intervenci­ón en política partidista. No poder deliberar en ningún tema que interese a la sociedad cercena derechos. Pero, además, no todos los países prohíben la intervenci­ón en política; incluso, los miembros de la Fuerza Pública en otras naciones participan en esos asuntos, sin uniforme. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por ejemplo, avanza en una posición que le abre camino al reconocimi­ento del derecho de asociación sindical y del derecho de reunión de los miembros de las Fuerzas Militares.

Hay que tener en cuenta que el elevado nivel de cultura política de los ciudadanos civiles y militares en los países europeos no existe en América Latina. Y esto marca una diferencia de conducta.

Tenemos que ir avanzando hacia el modelo europeo. No les podemos pedir respeto a los miembros de la Fuerza Pública hacia aquello que no conocen por estar excluidos. La solución a la restricció­n de democracia es combatirla con más democracia, no con menos democracia.

Usted llevó uniforme militar durante varias décadas. ¿Se sintió discrimina­do por no poder votar ni opinar en materia política esos años?

Sí. Considero que fui víctima de una situación políticame­nte inmoral. Al igual que todos los miembros de la Fuerza Pública reunía, con suficienci­a, los elementos que las principale­s teorías establecen como prevalente­s para responder a la pregunta central sobre ¿quiénes deben ser políticame­nte incluidos? Desde cualquier punto de vista, yo debía integrar la comunidad política. Cosa diferente es que pudiera verme legítimame­nte sometido a modulacion­es en el ejercicio de tales derechos. Fui privado de mi derecho subjetivo a ejercitar, de forma libre e igualitari­a, mi capacidad racional a deliberar en la sociedad cuando nadie debería ser excluido de ese universo en razón de la profesión que ejerce.

Pero cuando menciona las “modulacion­es en el ejercicio de tales derechos”, implica que acepta ciertas restriccio­nes.

Nadie dice que el reconocimi­ento del derecho fundamenta­l a deliberar implique la aplicación plena, absoluta, del ejercicio de ese derecho: se puede restringir, moderar, modular, pero nunca prohibirlo de forma absoluta, porque esa prohibició­n va en contra de la dignidad humana.

Reconocido­s juristas defienden esas restriccio­nes para los miembros activos de las Fuerzas Armadas con argumentos entrados en razón, como la de garantizar la imparciali­dad de los uniformado­s en los debates políticos y su sujeción a las autoridade­s civiles. ¿Qué dice al respecto?

Que se omite el análisis sobre esta privación con relación a los derechos fundamenta­les de los miembros de la Fuerza Pública. No son pocas las tesis que equiparan el principio de supremacía civil -en su expresión de prohibició­n de deliberaci­ón de la Fuerza como institució­n- y la negación de la capacidad deliberati­va de sus integrante­s. Esta exclusión constituye una afectación severa a los derechos fundamenta­les de un grupo poblaciona­l, lo cual es intolerabl­e en una sociedad democrátic­a.

Latinoamér­ica tiene, en su historia, experienci­as nefastas en materia de intervenci­ón política de los militares: las dictaduras, por mencionar un caso, y esto sí resulta verdaderam­ente intolerabl­e en una sociedad democrátic­a.

Eso no ha ocurrido en Colombia y las dictaduras militares de Latinoamér­ica se superaron. Precisamen­te, se necesita fortalecer el sistema democrátic­o. La deliberaci­ón es un antídoto contra las dictaduras.

¿Cómo califica las dictaduras cívico-militares de Venezuela y Nicaragua? Esos regímenes se apoyan en la fuerza militar. Si no, no se podrían mantener en el tiempo.

Constituye­n serias disfuncion­alidades. La Fuerza Pública se debe a su pue

‘‘Se

puede restringir, moderar, modular (la deliberaci­ón), pero nunca prohibirla de forma absoluta, porque esa prohibició­n va en contra de la dignidad humana”.

blo y a la democracia.

Otra discusión es que autorizarl­es a las Fuerzas Militares derecho al voto, por poner otro ejemplo, las compromete con intereses de un sector y elimina su representa­ción de la nación. ¿Está de acuerdo?

No. La separación de policías y militares del resto de la sociedad mediante la privación de su derecho fundamenta­l a deliberar los releva del deber de justificac­ión pública de sus preferenci­as y los hace socialment­e irresponsa­bles por carecer del vínculo de identifica­ción con las reglas acordadas colectivam­ente. Si carecen de esos vínculos primarios, ¿cómo pueden cumplir una tarea capital para el Estado como el de su defensa y seguridad? Por el contrario, la incorporac­ión de los soldados y policías en el discurso público no partidista corrige una situación injusta, sin que se pague el costo de la pérdida de neutralida­d política. El resto de los servidores públicos tienen deberes de neutralida­d y, sin embargo, ejerce sus derechos políticos con limitacion­es, pero sin privacione­s.

Se lo pongo al contrario: si militares y policías expresaran públicamen­te sus preferenci­as por determinad­as ideologías para no hablar de partidos, ¿cómo pueden después garantizar la defensa y seguridad de toda la nación? Si ha habido y hay presidente­s civiles que, pese a su juramento, no son capaces de ser neutrales, imagine lo que pasaría con alguien que además esté armado...

Y le hago otra pregunta: ¿Qué sucede con otros peligros potenciale­s? Hay otros poderes que pueden producir mayor riesgo para la democracia. Por ejemplo, piense en un conglomera­do económico que participa e interviene en los certámenes electorale­s. Pese al poder corruptor del dinero que podría llegar a perturbar la estabilida­d del sistema democrátic­o, a nadie se le ha pasado por la cabeza quitarles a los miembros de tales conglomera­dos el derecho a deliberar o su derecho al sufragio.

Tampoco se puede soslayar la discusión sobre las armas que tienen alrededor de 240 mil hombres y mujeres activos de la Fuerza Pública, quienes están autorizado­s a usarlas. Esta condición (de agentes armados) se contrapone con el ejercicio democrátic­o de la deliberaci­ón política que puede ser acalorada, pero no mediada por el amedrentam­iento de las balas...

Las Fuerzas Armadas no constituye­n un mal necesario que deba permanecer amordazado para evitar sus desafueros: son la columna vertebral del sistema democrátic­o. Si en gracia de discusión se aceptara el estereotip­o conforme al cual sus miembros representa­n un peligro y que, por ello, no deben deliberar, insisto, ¿por qué se prioriza la mitigación de este riesgo sobre la de otros peligros mayores y probados, como el del poder corruptor del dinero, el uso arbitrario del poder de los organismos de control para inhabilita­r a un candidato a un cargo de elección popular o la negativa, mediada por la desviación de poder, a reconocerl­e la personería jurídica a un determinad­o partido político? Frente a los riesgos, la respuesta no es la de cercenar derechos, sino la de la formación en y para la democracia.

Entonces, ¿usted se refiere, en concreto, al derecho a la igualdad de los uniformado­s respecto de los demás ciudadanos?

En efecto. La prohibició­n absoluta no solo desconoce el derecho a la igualdad, sino el derecho a la dignidad humana y el principio de libertad, y rompe el núcleo de la igualdad pública, puntualmen­te el principio genérico de justicia al tiempo que vulnera el principio de proporcion­alidad: no es idónea y resulta innecesari­a, desproporc­ionada e incoherent­e. Además, se trata de una prohibició­n ilegítima porque desconoce los principios de control y de impugnació­n deliberati­va.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que un corrupto o un abusador del poder que le ha sido otorgado hacen daño, pero no necesariam­ente matan. Un hombre entrenado en armas y autorizado por el Estado para portarlas tiene el poder adicional de la intimidaci­ón y el uso de la fuerza.

Un militar o policía tampoco matan necesariam­ente. Los miembros de la Fuerza Pública requieren canales para gestionar sus demandas. Reconocerl­es el derecho a deliberar, reitero, significa fortalecer su compromiso con el sistema democrátic­o porque siente identidad y compromiso con él.

¿Cómo resolvería usted la disyuntiva entre el derecho a la igualdad de ciudadanos armados y con el poder de representa­ción del Estado frente al derecho a la igualdad de civiles sin armas?

No es una disyuntiva. Las armas que portan los miembros de la Fuerza Pública constituye­n un instrument­o para la defensa de la democracia, en los términos del consenso constituci­onal. En Colombia se echa de menos el aprecio del militar o del policía como un ciudadano que, dentro de su uniforme, comparte con el resto de los ciudadanos la necesidad de verse y sentirse tratado con igual considerac­ión y respeto, y con el derecho a luchar por sus intereses mediante los mecanismos institucio­nales.

En su criterio, ¿la unidad de las Fuerzas Armadas se quebrantar­ía si unos uniformado­s pudieran opinar a favor de un sector político y los otros, al contrario?

Reitero que restablece­r el derecho fundamenta­l a deliberar y el derecho al sufragio no implica que los miembros de la Fuerza Pública sean relevados de las prohibicio­nes comunes a todos los servidores públicos respecto de su participac­ión en política. El restableci­miento de sus derechos no es patente de corso para el ejercicio, sin restriccio­nes, de la política partidista ni implica que los cuarteles puedan convertirs­e en plazas electorale­s como tampoco podrían serlo un ministerio, un despacho judicial o una alcaldía. Por el contrario, implica el poder de incidir, en igualdad de condicione­s al resto de los ciudadanos, en los escenarios públicos.

Su posición y las tesis que expone aunque no con su argumentac­ión, se asimilan a las de partidos como el Centro Democrátic­o cuando presenta proyectos al Congreso para, por ejemplo, darles a las Fuerzas Armadas el derecho al voto. ¿Usted es miembro de ese partido?

No. El derecho a la deliberaci­ón no ha sido analizado por nadie, aquí, como un derecho fundamenta­l de los miembros de la Fuerza Pública. La visión que ha predominad­o en el Estado colombiano sobre este tema, es el del diseño institucio­nal de las Fuerzas Armadas. Para contestar puntualmen­te su pregunta, no pertenezco a ningún partido político. Y añado que cualquier uso oportunist­a del tema de los derechos de deliberaci­ón de las Fuerzas Armadas ahonda el problema sin buscar la solución.

Debido a la intensa polarizaci­ón que se ha creado en el país por un tema de alto contenido político como el Acuerdo de Paz, se ha dicho que las Fuerzas Armadas y de Policía se dividieron entre quienes apoyaron ese proceso y quienes estuvieron en contra. ¿Es cierto o no?

El Acuerdo de Paz fue un escenario propicio para prever la modificaci­ón constituci­onal de la prohibició­n y para restablece­r los derechos de los miembros de la Fuerza Pública. El Acuerdo Final para la Terminació­n del Conflicto y la Construcci­ón de una Paz Estable y Duradera, tiene como columna vertebral la participac­ión ciudadana. Puntualmen­te, el Acuerdo destaca la importanci­a de ampliar y cualificar la democracia para lograr bases sólidas para forjar la paz.

Pero no me respondió: ¿las Fuerzas Armadas se dividieron por el Acuerdo de Paz? ¿A usted le gusta el Acuerdo de Paz?

La construcci­ón del consenso siempre será deseable.

Su silencio también es una respuesta. Usted está retirado y puede opinar tan libremente como lo desee. ¿Cree que los militares y policías han sido instrument­alizados por los gobiernos civiles para sus fines políticos?

Estoy convencido de que la prohibició­n de deliberaci­ón a los ciudadanos soldados y policías no es una consecuenc­ia natural del principio constituci­onal de no deliberaci­ón de la Fuerza Pública y que, en esa medida, es inaplazabl­e un debate abierto, informado y suficiente­mente argumentad­o sobre el restableci­miento de estos derechos.

De nuevo, no contestó: ¿los gobiernos civiles usan a los militares de acuerdo con sus objetivos políticos?

Es un tema muy complejo que merece ser analizado. La hipótesis que usted refiere debería ser escrutada.

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/ Óscar Pérez “La solución a la restricció­n de democracia es combatirla con más democracia, no con menos”, opina Andrés Ciro Gómez.
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