La curul que tiene en vilo a Antioquia
Aunque la Comisión Escrutadora Departamental había reconocido a Luz María Múnera, del Pacto Histórico, ganadora de la curul, la ponencia del magistrado del CNE Renato Contreras da otro resultado.
Quedan cinco días para que el nuevo Congreso se posesione y, al día de hoy, ningún representante a la Cámara por Antioquia tiene su credencial. El que nadie cuente con el documento que confirme su elección se debe a la demora del Consejo Nacional Electoral (CNE) en resolver las apelaciones y quejas, pero hay una reclamación en particular que tiene en pausa la circunscripción del departamento.
En Antioquia hay una disputa por la curul 17 entre el Centro Democrático y el Pacto Histórico. En el preconteo, el uribismo, en cabeza de John Jairo Berrío, salía como el ganador de ese último escaño. Sin embargo, durante el escrutinio departamental se encontraron más de 32.000 votos para la coalición de izquierda. Con ese resultado, el Pacto no tendría dos sino tres curules en Antioquia, siendo esta última de Luz María Múnera.
Como pasó a escala nacional, donde hubo una diferencia de un millón de votos entre el preconteo y los escrutinios, en Antioquia se encontraron diferencias en la formulación de los E-14 claveros (diligenciados por los jurados de votación tras finalizado el preconteo) y E-24 (diligenciados por las comisiones escrutadoras municipales o zonales con base en el E-14, recuentos y reclamaciones) por parte de la Comisión Escrutadora Departamental. A la hora de hacer la corrección en el software de la Registraduría, la Comisión alertó problemas en los datos del Pacto Histórico.
La Comisión Escrutadora Departamental concluyó su tarea con dicha alerta consignada en la Resolución 001A del 26 de marzo de 2022. El proceso pasó al CNE para finalizar los escrutinios generales, terminar de resolver las reclamaciones (entre ellas una de Berrío y otras del Centro Democrático), corregir los cómputos en las E-24 y E-26 (pendiente resaltado en la resolución) y entregar las credenciales. Para esto se comisionó a los magistrados Renato Contreras y Nelson Polanía.
Solo hasta el 5 de mayo, estos convocaron a audiencia pública para el 9 de ese mes. Durante ese lapso, el abogado de Múnera, Jairo Corzo, pidió en tres ocasiones el cumplimiento de la resolución de la Comisión Departamental (montar los datos al software y corregir las diferencias en los formularios), solicitudes que no tuvieron eco, según denuncia, y que tampoco generó efecto durante la audiencia, que no tuvo presencia de un delegado de la Procuraduría, ni del resto de magistrados del CNE, y fue “suspendida abruptamente sin indicar fecha de reanudación”, se lee en una tutela que presentaron Múnera y Corzo exigiendo su continuidad para resolver las reclamaciones y solicitudes, y declarar la elección por Antioquia.
Durante una rueda de prensa, los dos denunciaron que, a la fecha, no se ha reiniciado dicha audiencia, con el agravante de que la ponencia que presentará este viernes Contreras, cercano al Centro Democrático, y Polanía, favorece a John Jairo Berrío, luego de exigir la apertura de unas mesas que supuestamente no corresponden a las mismas que este solicitó revisar y en las que le dan la ventaja a él sobre la candidata del Pacto Histórico. Actuación que del lado de Múnera declaran de ilegal, porque no habría sido con transparencia y publicidad. Mientras tanto, Berrío señala que esperará la decisión del tribunal electoral, confiando en la actuación de los magistrados y las pruebas que allegó en sus reclamaciones, en las que insiste que no se le han reconocido 497 votos de 1.552 en Medellín y 5.300 en todo el departamento, y que apeló en las instancias respectivas.
Además de los detalles del proceso de escrutinio en Antioquia, la pelea por la curul pasa por un debate jurídico. De acuerdo con lo que estaría en la ponencia que se estudiará este viernes, no solo se entraron a revisar las urnas que tenían reclamaciones, como le corresponde al CNE, sino que se entró a hacer un saneamiento electoral de otros votos para definir si la curul iría para el Centro Democrático o el Pacto Histórico. Según el texto radicado, dicha revisión habría dado como ganador al candidato del uribismo. Sin embargo, la disputa viene sobre la conveniencia que hay sobre dicho saneamiento y sobre la potestad que tendrían los magistrados para hacer dicha revisión .
De acuerdo con la Constitución, específicamente el artículo 265, el CNE puede “de oficio, o por solicitud, revisar escrutinios y los documentos electorales concernientes a cualquiera de las etapas del proceso administrativo de elección con el objeto de que se garantice la verdad de los resultados”. Bajo este apartado se fundamentó la labor hecha por Contreras, por lo que se podría decir que tiene justificación constitucional. No obstante, la molestia viene en que esta función del tribunal electoral no ha sido ejercida debido a la falta de una ley estatutaria que reglamente la forma en que se puede llevar a cabo dicha competencia y no hay actualmente un mecanismo que permita desempeñarla, por lo que normalmente el CNE solo actúa sobre las urnas con reclamaciones -situación que sí está reglamentada-. Esto ha llevado a sembrar dudas sobre la ponencia.
Ante la controversia, El Espectador consultó al magistrado Contreras, que se abstuvo de hacer comentarios debido a una posible recusación en su contra. Sin embargo, sí cuestionó que se conociera la intención de su ponencia, que aún estaría bajo la reserva del proceso: “No debería ser normal que personas por fuera se refieran a su contenido, este es reservado y nadie debería comentar por fuera del tribunal”. Otros sectores en el interior del CNE han expresado su clara oposición a la ponencia bajo el argumento de que “la justicia electoral es rogada -por petición- y no se pueden tomar decisiones de oficio”. Aunque reconocen lo que dicen el artículo 265 de la Constitución, señalan que el Consejo de Estado ya hizo claridad en que no se pueden tomar decisiones de oficio “hasta que no se reglamente mediante ley estatutaria”.
Por fuera del tribunal electoral la visión tampoco ha sido la mejor frente a lo que sería el proyecto de fallo de Contreras. A ojos del exmagistrado del CNE Armando Novoa, si bien hay una competencia en la Constitución frente a “establecer la verdad de los escrutinios”, lo que incluye de oficio revisar los documentos electorales, el problema pasa por la falta de regulación de la competencia. A esto, agrega que el mayor problema viene de que el Consejo Nacional Electoral tiene una composición partidista, por lo que este mecanismo puede terminar siendo usado “para beneficiar al partido que lo nominó”, si no se tiene definido un procedimiento. Este sería el tema con Contreras, que llegó al tribunal como ficha del Centro Democrático. “Él no puede de oficio activar esa competencia cuando al hacerlo beneficia al partido que lo postuló”, expresó Novoa, y agregó: “Este tema vuelve a corroborar los problemas que se derivan de que el CNE tenga un origen partidista. Ese magistrado debería quedarse impedido o llevar la situación a la sala ”.
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y Norte de Santander son los únicos departamentos cuyas credenciales no han sido entregadas.