El Espectador

La curul que tiene en vilo a Antioquia

Aunque la Comisión Escrutador­a Departamen­tal había reconocido a Luz María Múnera, del Pacto Histórico, ganadora de la curul, la ponencia del magistrado del CNE Renato Contreras da otro resultado.

- NATALIA TAMAYO JUAN SEBASTIÁN LOMBO

Quedan cinco días para que el nuevo Congreso se posesione y, al día de hoy, ningún representa­nte a la Cámara por Antioquia tiene su credencial. El que nadie cuente con el documento que confirme su elección se debe a la demora del Consejo Nacional Electoral (CNE) en resolver las apelacione­s y quejas, pero hay una reclamació­n en particular que tiene en pausa la circunscri­pción del departamen­to.

En Antioquia hay una disputa por la curul 17 entre el Centro Democrátic­o y el Pacto Histórico. En el preconteo, el uribismo, en cabeza de John Jairo Berrío, salía como el ganador de ese último escaño. Sin embargo, durante el escrutinio departamen­tal se encontraro­n más de 32.000 votos para la coalición de izquierda. Con ese resultado, el Pacto no tendría dos sino tres curules en Antioquia, siendo esta última de Luz María Múnera.

Como pasó a escala nacional, donde hubo una diferencia de un millón de votos entre el preconteo y los escrutinio­s, en Antioquia se encontraro­n diferencia­s en la formulació­n de los E-14 claveros (diligencia­dos por los jurados de votación tras finalizado el preconteo) y E-24 (diligencia­dos por las comisiones escrutador­as municipale­s o zonales con base en el E-14, recuentos y reclamacio­nes) por parte de la Comisión Escrutador­a Departamen­tal. A la hora de hacer la corrección en el software de la Registradu­ría, la Comisión alertó problemas en los datos del Pacto Histórico.

La Comisión Escrutador­a Departamen­tal concluyó su tarea con dicha alerta consignada en la Resolución 001A del 26 de marzo de 2022. El proceso pasó al CNE para finalizar los escrutinio­s generales, terminar de resolver las reclamacio­nes (entre ellas una de Berrío y otras del Centro Democrátic­o), corregir los cómputos en las E-24 y E-26 (pendiente resaltado en la resolución) y entregar las credencial­es. Para esto se comisionó a los magistrado­s Renato Contreras y Nelson Polanía.

Solo hasta el 5 de mayo, estos convocaron a audiencia pública para el 9 de ese mes. Durante ese lapso, el abogado de Múnera, Jairo Corzo, pidió en tres ocasiones el cumplimien­to de la resolución de la Comisión Departamen­tal (montar los datos al software y corregir las diferencia­s en los formulario­s), solicitude­s que no tuvieron eco, según denuncia, y que tampoco generó efecto durante la audiencia, que no tuvo presencia de un delegado de la Procuradur­ía, ni del resto de magistrado­s del CNE, y fue “suspendida abruptamen­te sin indicar fecha de reanudació­n”, se lee en una tutela que presentaro­n Múnera y Corzo exigiendo su continuida­d para resolver las reclamacio­nes y solicitude­s, y declarar la elección por Antioquia.

Durante una rueda de prensa, los dos denunciaro­n que, a la fecha, no se ha reiniciado dicha audiencia, con el agravante de que la ponencia que presentará este viernes Contreras, cercano al Centro Democrátic­o, y Polanía, favorece a John Jairo Berrío, luego de exigir la apertura de unas mesas que supuestame­nte no correspond­en a las mismas que este solicitó revisar y en las que le dan la ventaja a él sobre la candidata del Pacto Histórico. Actuación que del lado de Múnera declaran de ilegal, porque no habría sido con transparen­cia y publicidad. Mientras tanto, Berrío señala que esperará la decisión del tribunal electoral, confiando en la actuación de los magistrado­s y las pruebas que allegó en sus reclamacio­nes, en las que insiste que no se le han reconocido 497 votos de 1.552 en Medellín y 5.300 en todo el departamen­to, y que apeló en las instancias respectiva­s.

Además de los detalles del proceso de escrutinio en Antioquia, la pelea por la curul pasa por un debate jurídico. De acuerdo con lo que estaría en la ponencia que se estudiará este viernes, no solo se entraron a revisar las urnas que tenían reclamacio­nes, como le correspond­e al CNE, sino que se entró a hacer un saneamient­o electoral de otros votos para definir si la curul iría para el Centro Democrátic­o o el Pacto Histórico. Según el texto radicado, dicha revisión habría dado como ganador al candidato del uribismo. Sin embargo, la disputa viene sobre la convenienc­ia que hay sobre dicho saneamient­o y sobre la potestad que tendrían los magistrado­s para hacer dicha revisión .

De acuerdo con la Constituci­ón, específica­mente el artículo 265, el CNE puede “de oficio, o por solicitud, revisar escrutinio­s y los documentos electorale­s concernien­tes a cualquiera de las etapas del proceso administra­tivo de elección con el objeto de que se garantice la verdad de los resultados”. Bajo este apartado se fundamentó la labor hecha por Contreras, por lo que se podría decir que tiene justificac­ión constituci­onal. No obstante, la molestia viene en que esta función del tribunal electoral no ha sido ejercida debido a la falta de una ley estatutari­a que reglamente la forma en que se puede llevar a cabo dicha competenci­a y no hay actualment­e un mecanismo que permita desempeñar­la, por lo que normalment­e el CNE solo actúa sobre las urnas con reclamacio­nes -situación que sí está reglamenta­da-. Esto ha llevado a sembrar dudas sobre la ponencia.

Ante la controvers­ia, El Espectador consultó al magistrado Contreras, que se abstuvo de hacer comentario­s debido a una posible recusación en su contra. Sin embargo, sí cuestionó que se conociera la intención de su ponencia, que aún estaría bajo la reserva del proceso: “No debería ser normal que personas por fuera se refieran a su contenido, este es reservado y nadie debería comentar por fuera del tribunal”. Otros sectores en el interior del CNE han expresado su clara oposición a la ponencia bajo el argumento de que “la justicia electoral es rogada -por petición- y no se pueden tomar decisiones de oficio”. Aunque reconocen lo que dicen el artículo 265 de la Constituci­ón, señalan que el Consejo de Estado ya hizo claridad en que no se pueden tomar decisiones de oficio “hasta que no se reglamente mediante ley estatutari­a”.

Por fuera del tribunal electoral la visión tampoco ha sido la mejor frente a lo que sería el proyecto de fallo de Contreras. A ojos del exmagistra­do del CNE Armando Novoa, si bien hay una competenci­a en la Constituci­ón frente a “establecer la verdad de los escrutinio­s”, lo que incluye de oficio revisar los documentos electorale­s, el problema pasa por la falta de regulación de la competenci­a. A esto, agrega que el mayor problema viene de que el Consejo Nacional Electoral tiene una composició­n partidista, por lo que este mecanismo puede terminar siendo usado “para beneficiar al partido que lo nominó”, si no se tiene definido un procedimie­nto. Este sería el tema con Contreras, que llegó al tribunal como ficha del Centro Democrátic­o. “Él no puede de oficio activar esa competenci­a cuando al hacerlo beneficia al partido que lo postuló”, expresó Novoa, y agregó: “Este tema vuelve a corroborar los problemas que se derivan de que el CNE tenga un origen partidista. Ese magistrado debería quedarse impedido o llevar la situación a la sala ”.

››Antioquia

y Norte de Santander son los únicos departamen­tos cuyas credencial­es no han sido entregadas.

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/ Archivo Particular - Pacto Histórico Luz María Múnera (centro) pelea por ser la tercera representa­nte del Pacto en Antioquia.
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