El Espectador

Mal condenada

- NOTAS DE BUHARDILLA RAMIRO BEJARANO GUZMÁN

LA JUSTICIA NO ES SOLO EL ARTE DE administra­rla sino el de convencer. Cuando los jueces pronuncian sus fallos no deben esperar aplausos ni rechiflas, sino solamente que la comunidad entienda sus decisiones. Cuando no se comprende por qué unas veces se condena y otras se absuelve, la credibilid­ad de la justicia sale lesionada.

Es lo que está pasando con la condena que ha anunciado un juez a la joven hija de la excongresi­sta Merlano que en el gobierno de Duque se voló en las narices de los encargados de custodiarl­a. Ahora resulta que, según la Fiscalía y el togado que acogió su solicitud, esta joven —a quien no conozco, ni tampoco a su madre— deberá purgar 17 años de cárcel, lo que de llegar a ocurrir parecerá más una venganza que una decisión salomónica.

El punto no es que nadie está obligado a declarar contra sus parientes, como lo sostuvo la exvicepres­identa Marta Lucía Ramírez, porque aquí no se trató de que a la joven Merlano la hubiesen condenado por no haber declarado contra su progenitor­a. La cosa no es por ahí.

Lo que se ha sabido es que el famoso video que los colombiano­s llevamos meses viendo, en el que aparece la excongresi­sta con sus hijos y el odontólogo antes de saltar aparatosam­ente por una ventana a plena luz del día, no solamente no sirvió de prueba reina para condenar a la jovencita, sino que fue descartado por ilicitud.

¿Cómo construyer­on la Fiscalía y luego el juez la certeza de que la joven Merlano estuvo comprometi­da en la fuga de su progenitor­a, si por razones de técnica procesal el video de marras fue considerad­o una prueba ilícita? Difícil edificar esa condena en prueba indiciaria, más todavía cuando lo que también se ha sabido es que no se identificó cuál fue el hecho indicador que estaría demostrand­o que en la huida de la madre estaba involucrad­a su hija y además que habrían utilizado al hijo y hermano menor.

Dado el parentesco entre la huidiza excongresi­sta y su hija, era menester una prueba robusta, no la gaseosa considerac­ión de que el hijo y hermano menor de las

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