La Corte debe escuchar el mandato popular
NUNCA ANTES UN EDITOrial de El Espectador se ha alejado tanto en el análisis de las causas objetivas que generan los acontecimientos del país, como el del pasado 11 de febrero sobre la manifestación en los alrededores del Palacio de Justicia, para reclamar la elección pronta de una nueva fiscal para el país.
El editorial fija un responsable de lo que denomina “asedio” y “bloqueo violento e ilegal” a la Corte Suprema de Justicia, señala al presidente de la República por su “discurso incendiario” e “irresponsable de ‘ruptura institucional’”, trivializa el argumento del presidente, su inconformidad por la participación del fiscal Barbosa en política, la celeridad de las investigaciones en su contra y la poca eficiencia estratégica en otras investigaciones, argumento que descalifica, afirmando que “sin embargo no es cierto que un golpe de Estado sea inminente”.
Pero la causa de la asistencia y de la vehemencia con que los participantes en el plantón masivo reclamaban la elección pronta de la nueva fiscal no fue la convocatoria del presidente Petro, cuya convocatoria a menudo no es atendida. La asistencia de ciudadanos empoderados de derechos políticos se originó en la mora, el incumplimiento del deber constitucional que, hasta ahora, ha mostrado la Corte Suprema de Justicia para elegir a la nueva fiscal sin que tenga justificación alguna.
No veo como inaceptable sino, por el contrario, totalmente legítimo que la ciudadanía proteste alrededor de la Corte para que los señores magistrados escuchen su inconformidad. Suena extraño en un editorial de El Espectador opinar que “la demora en la elección del fiscal no es un hecho atípico”, que “la Corte Suprema de Justicia siempre se toma su tiempo y que eso está entre sus prerrogativas”, esto justifica la tardanza y expresa su conformidad con lo que está sucediendo.
Pues no, la protesta ciudadana no es presión indebida, no atenta contra la autonomía e independencia judicial. Se trata de la elección del fiscal, es una función electoral de la Corte de carácter político que no es a discreción, sino que debe actuar dentro del marco constitucional, escogiendo al fiscal de la terna que por mandato constitucional le envía el presidente de la República, función que no debe ser a sus tiempos, sino, para que se posesione al inicio del respectivo período constitucional, que al fiscal Barbosa se le cumplió el 12 de febrero.
La designación del fiscal es un acto complejo, nace en esencia de un mandato político, que elige a un presidente para que cumpla su programa político de gobierno; no es dable que la Corte le conculque al pueblo y al presidente la facultad de tener a un nuevo fiscal desde el primer día del respectivo período constitucional.
Cada día que la vicefiscal sea fiscal general es una ruptura institucional, que no se corresponde con el mandato constitucional de elegir a un nuevo fiscal para que ejerza durante todo el período constitucional.
Propiciar que sigan instrumentado la Fiscalía furibundos enemigos del mandato popular es un golpe de Estado blando a la democracia.