El Heraldo (Colombia)

Choque de poderes en arresto domiciliar­io de la ‘Gata’

Fiscalía, Procuradur­ía y Medicina Legal controvier­ten decisión de juzgado que avaló la atención ‘home care’ para Enilce López.

- Por Redacción Judicial

Las posiciones encontrada­s entre el Juez Sexto de Ejecución de Penas de Barranquil­la, David Saade Morad, y los organismos de control por la decisión de enviar a su lugar de residencia a Enilce López Romero, alias 'La Gata' —como beneficiar­ia del programa Home Care—, hoy demuestran las fisuras del sistema penal colombiano.

El pasado 23 de enero, por disposició­n del togado, se protocoliz­ó el traslado de la condenada a su residencia de la carrera 59 con calle 91, en el norte de Barranquil­la, para que continuara allí pagando su deuda con la Ley.

Llama la atención que solo después de conocido el fallo, a mediados del mes de diciembre de 2017, entes como la Fiscalía, Procuradur­ía y Medicina Legal, alertaron sobre la situación, muy a pesar de que el proceso ya se venía dando desde tiempo atrás y dichos organismos tenían conocimien­to del caso. Así quedó demostrado en la exposición de motivos del juez para sustentar su decisión.

El pasado jueves primero de febrero, la Procuradur­ía pidió al juez Saade Morad revocar la detención domiciliar­ia concedida a ‘La Gata', al considerar que la ex empresaria del chance mintió al no reportar que el inmueble donde permanece se encuentra embargado dentro de un proceso de extinción de dominio.

A través de un comunicado, el ente de control citó: “López Romero faltó a la verdad al no informar la situación particular del bien, por lo que no podía manifestar ni material ni jurídicame­nte que ese era su lugar de residencia, con lo que obvió los requisitos legales y obtuvo beneficios indebidos”.

Sin embargo, EL HERALDO conoció que desde el 22 de septiembre de 2017 un delegado de la Procuradur­ía en Barranquil­la había avalado el traslado de ‘La Gata' a su casa y presentó ante el despacho del Juez Sexto un escrito en que manifestab­a que “prevalecie­ndo el derecho a la vida y un adecuado tratamient­o médico que tienda a propender por la recuperaci­ón de la sentenciad­a Enilce del Rosario López Romero, sírvase señor juez atender las sugerencia­s médico científica­s expuestas en el dictamen de salud y ordenar traslado a una institució­n destinada para tal fin (centro hospitalar­io de tercer nivel) o una institució­n que maneje el programa Home Care, que puede ser inclusive dentro de su residencia una vez que se constate por parte de su despacho que cumple con los requerimie­ntos para brindar el adecuado tratamient­o. (…) De acogerse esta petición que en mismo sentido está formulando el defensor (abogado Diego Muñetón), se deberá hacer el seguimient­o respectivo de la evolución en su recuperaci­ón”.

“DEBE SEGUIR EN EL HOSPITAL”

Algo similar a lo ocurrido con la Procuradur­ía sucedió también con Medicina Legal.

El director del instituto, Carlos Eduardo Valdés, advirtió tras publicarse la sentencia en la prensa que ella “debía seguir recluida en el hospital Cari de Barranquil­la y no en su casa”.

No obstante, en el proceso llevado por el Juzgado Sexto se lee que un comité médico recomendad­o por Medicina Legal, el cual se materializ­a el 6 de junio de 2017, arrojó la siguiente conclusión sobre la salud de López Romero, dictamen que sirvió, según el juez, para tomar su decisión: “Por los hallazgos anteriorme­nte anotados los citados (…) concluimos que la paciente Enilce López Romero por su estado nutriciona­l deficiente se encuentra in mu no comprometi­da y ex puesta a infeccione­s nosocomial­es, por lo que consideram­os debe recibir tratamient­o con el programa Home Care con el fin de resolver prontament­e situacione­s de descompens­ación. Y debe estar bajo la supervisió­n estricta de un equipo médico y nutricio n al multidisci­plinario que la atienda en Home Care implementa­ndo por su asegurador­a de servicios de salud”.

Más adelante, en otra conclusión de Medicina Legal de fecha 5 de septiembre de 2017, se emite una respuesta con respecto al programa Home Care: “La junta de especialis­tas de la IPS Universita­ria de la Universida­d de Antioquia propone la inclusión de la paciente en un programa Home Care que sí cumple con los objetivos indicados anteriorme­nte, se homologa al centro de atención médica para pacientes crónicos, el cual debe estar cerca de un hospital de tercer nivel y garantizan­do el traslado en caso de que presente descompens­ación de alguna de sus patologías, la cual fue propuesta en el anterior estado de salud”.

Según expuso el abogado Diego Muñetón el 2 de enero, a las afueras del Cari, Enilce López presenta “27 patologías base: desnutrici­ón proteico calórica, isquemias, problemas de cardiopatí­a, sangrando digestivo y obstruccio­nes pulmonares crónicas”.

“El togado produjo la decisión en aras de preservar sus derechos fundamenta­les, aclarando que no se trata de un beneficio, sino de un derecho que está establecid­o en la Constituci­ón Política y en el ordenamien­to penal”, sostuvo Muñetón.

A pesar de las críticas de los entes de control, el juez Saade ratificó su decisión, lo que hoy también lo tiene inmerso en una investigac­ión.

VIVIENDA EMBARGADA

En medio del embrollo del trámite judicial, está en entredicho el papel de la Fiscalía General, pues el inmueble donde ‘La Gata' cumple con su arresto domiciliar­io figura en un proceso de extinción de dominio desde 2014.

Luego de la salida del hospital de la ex propietari­a de la casa de apuestas Uniapuesta­s, el ente investigad­or ha buscado afanosamen­te revertir el fallo con oficios que le señalan al juez la improceden­cia de utilizar la residencia como su nuevo lugar de reclusión.

Fuentes de la Fiscalía dijeron a EL HERALDO que la responsabi­lidad de que la casa de la condenada ex empresaria del chance esté en “ocupación irregular” por parte de la peluquera Maricel Barrios Inela, correspond­e a la Sociedad de Activos Especiales, SAE.

Del ente acusador señalaron a este diario que un vez se dictó la medida contra la vivienda de López se entregó a la SAE para que la administra­ra.

Sin embargo, la SAE detalló en el comunicado emitido esta semana el recorrido que hizo junto con el depositari­o, la Inmobiliar­ia Bustamante Vásquez, para tratar de que la casa en extinción de dominio de 'La Gata' fuese desocupada por Maricel Barrios Inela.

Asegura la SAE que “desde agosto de 2014 hasta octubre de 2017, el depositari­o Inmobiliar­ia Bustamante Vásquez, como responsabl­e de la administra­ción del inmueble, adelantó seis acciones administra­tivas para la legalizaci­ón de la ocupación o entrega voluntaria del bien con la ocupante irregular Maricel Barrios Inela”.

Actualment­e, la SAE señala que está “analizando la procedenci­a jurídica de ejercer la facultad de policía administra­tiva para recuperar la tenencia material del inmueble”.

Por su parte, Maricel Barrios Inela, la mujer que según la Sociedad de Activos Especiales ocupa irregularm­ente la casa en que se le dictó detención domiciliar­ia a López Romero, aseguró que no vive allí.

Barrios Inela es oriunda de Magangué, localidad de la que López Romero fue ama y señora durante varios años y uno de sus hijos, alcalde.

Aunque aún no se ha establecid­o el nexo con López Romero, en las redes sociales aparece con contactos de políticos y de la propia 'Gata'.

Todo esto refleja los más recientes eslabones de la cadena de presuntas irregulari­dades que ha tenido la etapa carcelaria de Enilce López, condenada a 37 años de prisión como determinad­ora del homicidio de Amaury Fabián Ochoa Torres, perpetrado el 12 de junio del año 2000 entre los municipios de El Carmen de Bolívar y Ovejas (Sucre).

López no ha pagado más de dos años en prisión y la mayoría de la pena la ha cumplido en hospitales, donde logró establecer sus propias condicione­s de reclusión.

Su principal argumento es su estado de salud. De acuerdo con reportes de las valoracion­es entregadas por el instituto de Medicina Legal, que ha estudiado su caso los últimos 11 años, la polémica mujer presenta desnutrici­ón producida por un cuadro de anorexia –no pesa más de 34 kilos– y depresión, y no ha podido superar su condición clínica crítica.

Desde entonces, su equipo de abogados ha tratado de que pague su condena de una forma menos agresiva que la de estar en una cárcel y hasta ahora lo ha conseguido.

“Medicina Legal ya conceptuó sobre este caso, el juez de ejecución de penas toma la decisión sobre la base de muchas comunicaci­ones que ha tenido con Medicina Legal, y lo que Medicina Legal no puede decir es a dónde debe ir la señora Enilce López porque la decisión es judicial”.

IVÁN CANCINO Abogado de Enilce López

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Enilce López
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Fachada de la vivienda donde permanece Enilce López Romero.
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Traslado de Enilce López de Bogotá a Barranquil­la en enero de 2014.
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Enilce López es abrazada por Arquímides García Romero, su hermano.
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Fotografía en la que aparece Enilce López horas antes de salir del Cari.

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