Sin voto en blanco se fomenta el abstencionismo
Contrario a lo que piensan algunas personas, entre ellas el magistrado Armando Novoa, del CNE, el voto en blanco no se puede medir como si se tratara de un candidato más en la contienda electoral. Esa apreciación es un esperpento. En un sistema democrático el voto en blanco es una opción que tiene el elector para expresar su inconformidad por cualquiera de los candidatos, sea en primera o en segunda vuelta. Nadie -mucho menos la Constitución Nacional- puede obligar al votante a tener que escoger entre solo dos opciones. Debe existir siempre la posibilidad de que el elector exprese su rechazo a los candidatos. No ofrecerle esa oportunidad es llevarlo al abstencionismo, que es uno de los enemigos a vencer en un sistema democrático. Dicho rechazo se materializa con el voto, no con la abstención. En el caso de Colombia, ¿qué sentido tiene que nos definamos como una democracia participativa, si atentamos precisamente contra la participación de los votantes? ¿O es que la obligación es votar por uno de los dos candidatos? ¿Qué pasa si ninguno de ellos satisface las expectativas de millones de colombianos que quieren ejercer su derecho a votar? En una democracia participativa, los votantes participan, y participan votando, no absteniéndose. Punto. El votante pasivo no existe: todo votante es activo. El proceso transformador en una democracia se da mediante la participación directa de los electores y el voto en blanco se los permite.