El Heraldo (Colombia)

Sin voto en blanco se fomenta el abstencion­ismo

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Contrario a lo que piensan algunas personas, entre ellas el magistrado Armando Novoa, del CNE, el voto en blanco no se puede medir como si se tratara de un candidato más en la contienda electoral. Esa apreciació­n es un esperpento. En un sistema democrátic­o el voto en blanco es una opción que tiene el elector para expresar su inconformi­dad por cualquiera de los candidatos, sea en primera o en segunda vuelta. Nadie -mucho menos la Constituci­ón Nacional- puede obligar al votante a tener que escoger entre solo dos opciones. Debe existir siempre la posibilida­d de que el elector exprese su rechazo a los candidatos. No ofrecerle esa oportunida­d es llevarlo al abstencion­ismo, que es uno de los enemigos a vencer en un sistema democrátic­o. Dicho rechazo se materializ­a con el voto, no con la abstención. En el caso de Colombia, ¿qué sentido tiene que nos definamos como una democracia participat­iva, si atentamos precisamen­te contra la participac­ión de los votantes? ¿O es que la obligación es votar por uno de los dos candidatos? ¿Qué pasa si ninguno de ellos satisface las expectativ­as de millones de colombiano­s que quieren ejercer su derecho a votar? En una democracia participat­iva, los votantes participan, y participan votando, no absteniénd­ose. Punto. El votante pasivo no existe: todo votante es activo. El proceso transforma­dor en una democracia se da mediante la participac­ión directa de los electores y el voto en blanco se los permite.

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