Medicina Legal y Policía dejarán de certificar las muertes naturales
Minsalud y Fiscalía expidieron una circular que autoriza a médicos y trabajadores de la salud para que puedan asumir ese procedimiento sin necesidad de una inspección judicial.
BOGOTÁ. La Fiscalía y el Ministerio de Salud pusieron en marcha un mecanismo que permitirá agilizar un procedimiento que se ha convertido en un trámite dispendioso para la ciudadanía y ha congestionado el aparato judicial.
En 2017, el Instituto de Medicina Legal practicó 28.410 necropsias médicolegales para determinar los mecanismos de muerte; 4.023 de los dictámenes, es decir el 14%, concluyeron que correspondían a situaciones naturales y de salud.
Por estos hechos, la Fiscalía abrió 3.598 investigaciones por el posible delito de homicidio, pero fueron archivadas ante la certeza de que los decesos sucedieron por causas naturales. En algo más de siete meses de 2018, la caracterización de las muertes naturales pasó de 14% a 47%, para un total de 2.542 procesos que coparon la capacidad judicial y, finalmente, también fueron cerrados.
En ese sentido, la Fiscalía y el Ministerio de Salud suscribieron la circular ‘Aplicación del Procedimiento para la Expedición de Certificados de Defunción por Muerte Natural’, que exige expedir los certificados de defunción de personas que fallecen por enfermedad natural y otras causas no relaciona--
das con hechos violentos a: entidades promotoras de salud (EPS), instituciones prestadoras de salud (IPS), entidades territoriales como gobernaciones y alcaldías, médicos tratantes y otros trabajadores de salud autorizados.
EXCEPCIONES AUTóPSIAS.
La realización de la autopsia por parte de Medicina Legal y la intervención de la policía judicial serán excepcionales y únicamente procederán cuando se presente homicidio o sospecha de homicidio y suicidio o sospecha del mismo.
De igual forma, cuando se requiera distinguir entre homicidio y suicidio y cuando exista muerta accidental o sospecha de la misma.
Además, otras muertes en las cuales no exista claridad sobre su causa o la autopsia sea necesaria para coadyuvar a la identificación de un cadáver cuando medie la solicitud de una autoridad competente.
Las autoridades enfatizaron que los profesionales que incumplan esta disposición podrían enfrentarse a las sanciones de tipo disciplinario descritas en la ley y si la actuación trasciende a un delito, sería investigado por la Fiscalía.
Asimismo, la circular es clara en advertir que las EPS y las entidades territoriales deberán garantizar la aplicación de este procedimiento sin imponer cargas a los familiares o acudientes de los fallecidos”, indicó
La Fiscalía General de la Nación informó que hace pública esta información por razones de interés general.
“Quien incumpla enfrentará sanciones”.
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN