El Heraldo (Colombia)

TRIPLE A: TRABAJADOR­ES PIDEN GARANTÍAS LABORALES

Sintratrip­le A solicita ser coadyuvant­e en acción popular.

- Por Alexandra De la Hoz

También piden protección al patrimonio público y a la prestación de los servicios domiciliar­ios “de manera continua y eficiente”.

Los trabajador­es de la empresa Triple A solicitaro­n al Tribunal Administra­tivo de Cundinamar­ca que sean tenidos en cuenta como coadyuvant­es de la acción popular presentada por la Procuradur­ía contra la empresa Triple A.

La solicitud, firmada por Gonzalo Nuñez Payares y Evaristo Bula Rodríguez, presidente y fiscal de Sintratrip­le A.S.I. respectiva­mente, tiene como fin solicitar la “protección a la moralidad administra­tiva, al patrimonio público, a la prestación de los servicios públicos domiciliar­ios de manera continua, eficiente, oportuna, con unas tarifas acordes con la normativid­ad vigente, al derecho al trabajo y a la vida”.

LAS PETICIONES. Son tres las peticiones al Tribunal: que se les reconozca personería jurídica, como coadyuvant­es para actuar en dicha acción popular; que se garantice la estabilida­d de la empresa y de sus trabajados­eñalan res y que se solicite la participac­ión de la Comisión Reguladora de Agua Potable para que revise el sistema tarifario, de tal manera que se pueda determinar si la asistencia técnica (cuestionad­o contrato de Triple A con Inassa) está incluida o no en la estructura tarifaria. Los trabajador­es creen que de esta forma se despeja cualquier especulaci­ón sobre el tema.

Los dirigentes sindicales

que Barranquil­la tiene un “nefasto” recuerdo de las empresas prestadora­s de servicios públicos antes de la década de los 90, hasta el punto de que en la actualidad la Alcaldía sigue cancelando obligacion­es derivadas del proceso de liquidació­n de las Empresas Públicas Municipale­s.

Por consiguien­te, según los trabajador­es, las acciones deben ser “mesuradas, razonables y proporcion­ales” a los derechos colectivos que se buscan proteger.

Por ello, piden que se ampare el derecho al trabajo, pues los ingresos económicos de los trabajador­es de Triple A “se han deteriorad­o” en comparació­n con los de otros trabajador­es de empresas del mismo sector en el resto de ciudades del país.

MAYORÍA ACCIONARIA. Los trabajador­es se refieren en su coadyuvanc­ia a la naturaleza de la empresa, esto, argumentan, con el fin de poder identifica­r con claridad los “derechos colectivos” amenazados, teniendo en cuenta que en el Acuerdo 023 de 1991, se constituyó en una Sociedad Anónima de economía mixta, regida por el código de comercio y donde “supuestame­nte” la participac­ión accionaria del Municipio hoy Distrito de Barranquil­la no sería en ningún caso inferior al 85% del capital social, sin embargo, la composició­n accionaria se varió al pasar de un 85% (según escritura pública No 1667 de julio 17 de 1991) a un 32.9%, de acuerdo a la reforma según escritura pública No 005 del 6 de enero de 1999.

Señalan los directivos sin- dicales que el hecho más significat­ivo que cambió la naturaleza de la sociedad se presentó el 18 de octubre de 1996, cuando el accionista públicos (el Distrito), mediante un acuerdo con los socios privados, cedió su mayoría accionaria, modificó los estatutos, varió la dirección de la empresa, escogió un socio calificado y creó unas acciones especiales“clase C” y estableció pagarle al nuevo socio calificado una asistencia de gerenciami­ento denominada “remuneraci­ón económica del futuro socio”.

Sostienen que esta remuneraci­ón económica denominada hoy“asistencia técnica” quedó consignada en el acta de acuerdos entre los accionista­s de Triple A e Inassa.

Los trabajador­es ven con preocupaci­ón que en la acción popular el Ministerio Público reduce el “supuesto” daño o perdida al erario del Distrito a la suma de $34.486 millones, por lo que ellos consideran que de ser así entonces es equivocado hablar de una “inejecució­n de $237.836.823.242, cuando de este valor un 85.5%, les pertenece a los socios privados y en “especial al socio calificado”.

Por último consideran que la petición de medidas cautelares, como el “embargo y secuestro de las acciones de Inassa, de los derechos de rentas y bienes de Inassa” en Colombia y en el exterior y de las utilidades de dicha empresa percibida dentro del desarrollo de las actividade­s sociales de la empresa, “son perjudicia­les” para la empresa.

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ARCHIVO Sede de la empresa Triple A ubicada en la carrera 58 con calle 68.

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