Edmundo Rodríguez pidió soportes de servicios no prestados
La solicitud la hizo a Ramón Navarro, según la Procuraduría.
BOGOTÁ. Una de las pruebas clave que tiene la Procuraduría para decir que el contrato de asistencia técnica entre Triple A e Inassa nunca se ejecutó, es un correo que el ex directivo de Inassa Edmundo Rodríguez le envió al ex gerente de la filial Triple A Ramón Navarro, donde le pedía soportes documentales para justificar los pagos de más o menos $1.000 millones mensuales, se prestaran o no los servicios pactados en el contrato.
La evidencia aparece destacada en el fallo disciplinario en que se sanciona a Navarro por 12 años de inhabilidad y al pago de más de $33 mil millones —la suma más alta impuesta en una multa en la modalidad de contratación estatal de una empresa de servicios públicos— y a la también ex gerente de Triple A Julia Serrano, a quien se sanciona por seis años y se multa con más de $2 mil millones, luego de haber confesado ante los cargos formulados.
El Ministerio Público señala que Navarro “durante ocho años no realizó ninguna actuación tendiente a determinar si los cuantiosos pagos que aprobaba mensualmente se encontraban soportados en contraprestaciones realmente ejecutadas y recibidas”.
Y soporta la afirmación en el hecho de que el ex directivo de Inassa, el español Edmundo Rodríguez -procesado en España por este caso y con medida de aseguramiento no privativa de la libertad dictada por la Fiscalía de Colombia-, el 21 de agosto de 2013, “le envió un correo electrónico desde el buzón de correo corporativo erodriguez@grupoinassa. com al correo empresarial rnavarro@aaa.com.co, manifestándole que ‘la asistencia técnica que Inassa presta a sus empresas requiere, con independencia de la realidad de la prestación de los servicios, un soporte documentado”.
El ente de control advierte que “una manifestación como la anterior, donde se exigía un soporte documentado ‘con independencia de la realidad de la prestación de los servicios’ constituía una clara alerta para el disciplinado, pues implicaba materialmente que se le estaba solicitando que se prestaran o no los servicios de asistencia técnica, debía crear un soporte documental que justificara los pagos realizados por dicho concepto, lo que a todas luces implicaba no solo la determinación a incurrir en un delito de falsedad, sino también un llamado de atención o alerta para el disciplinado”.