El Heraldo (Colombia)

La persecució­n a Petro

- Por Horacio Brieva @HoracioBri­eva

No concuerdo con quienes afirman que Gustavo Petro padece delirio persecutor­io cuando considera que desde la destitució­n del exprocurad­or Ordoñez hasta la sanción del contralor de Bogotá, pasando por la decisión de la Corte Constituci­onal de validar la pérdida de los derechos políticos por condenas fiscales, hay la intenciona­lidad de retirarlo de la vida electoral, pues a alguna gente le aterra que pueda ganar la Presidenci­a de la República en el 2022. Humberto De la Calle, Rodrigo Lara y Daniel Coronell, desde orillas distintas, no comparten las maniobras para sacar a Petro del ring de la política.

Sus contradict­ores dicen que Petro solo acata los fallos que le convienen y que los desfavorab­les los responde con la desobedien­cia, la calle y el mitin revoltoso. Pero, en el caso de Ordoñez, que lo destituyó de la Alcaldía de Bogotá por el manejo de las basuras e inhabilitó por 15 años, no fueron solo las concentrac­iones populares las que regresaron al puesto al exalcalde progresist­a. Incidió de manera decisiva la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos (CIDH), la cual recomendó al Estado colombiano, suscriptor de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que tumbara la sanción con la tesis de que un ente administra­tivo no tiene la potestad para remover del cargo a un ciudadano elegido por voto popular.

Posteriorm­ente, el Consejo de Estado sentenció que el cambio en el esquema de las basuras se ajustaba a las normas e interpretó lo dispuesto por la CIDH. Incorporar los reciclador­es a dicho esquema fue uno de los logros de Petro en cumplimien­to de una sentencia de la Corte Constituci­onal.

En el caso del contralor de Bogotá, la sanción se basa en que el exalcalde produjo un detrimento patrimonia­l a la ciudad al rebajar las tarifas de Transmilen­io. Esta medida fue suspendida por un magistrado del Tribunal Administra­tivo de Cundinamar­ca, pero el Consejo de Estado determinó, hace días, que tal suspensión debe ser ratificada en sala plena del tribunal.

Es cierto que la decisión de Petro fue técnicamen­te controvers­ial. Varios expertos no la compartier­on. Incluso después su administra­ción reajustó las tarifas. Pero aun asumiendo que llegara a confirmars­e la multa en la jurisdicci­ón administra­tiva, no puede admitirse que por una sanción fiscal vayan a despojar al máximo dirigente de la Colombia Humana del derecho a elegir y ser elegido. Que es el sintomátic­o mensaje de la Corte Constituci­onal en un fallo donde la votación fue 5 contra 4. Los magistrado­s minoritari­os defendiero­n el planteamie­nto de que solo las condenas penales deben ser causales de inhabilida­d política.

El encarcelam­iento de Lula dejó una lección: los fallos de los jueces no se frenan solo con las masas populares. Con las armas judiciales podrían, sin duda, quitarle a la democracia un líder de la dimensión de Petro. Pero sería “un error”, como trinó De la Calle.

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