El Heraldo (Colombia)

Ordenan frenar proceso para operador del Cari

Procuradur­ía advierte a la gerencia que, si no lo suspende en 48 horas, emprenderá acciones disciplina­rias contra los responsabl­es del hospital. El Ministerio Público alega que el proceso de contrataci­ón está plagado de irregulari­dades y cuestiona al ger

- Por Gabis Amaya R.

La luz al final del túnel parece desvanecer­se para el Hospital Universita­rio Cari E.S.E. de alta complejida­d, a causa de la petición hecha por la Procuradur­ía General de la Nación de suspender el proceso para la escogencia de un operador privado.

A pesar de que las autoridade­s locales y nacionales han planteado varias salidas a la situación del Cari, todavía no se vislumbra una solución definitiva que permita la recuperaci­ón de este centro de salud, que se encuentra sumido en una aguda crisis financiera que lo tiene a las puertas del cierre.

En medio del proceso para salvaguard­arlo, la gerencia del hospital abrió una convocator­ia pública para la contrataci­ón de un operador privado, o gestor sanitario, con el objetivo de habilitar el componente de alta complejida­d y otros servicios. De esta forma se busca cancelar los pasivos de la entidad, que superan los $86.300 millones.

Dentro del proceso la Sociedad Futura Gestor Hospitalar­io del Caribe S.A.S. (integrada por Fundación Ser Social, Pharma Ser Ltda., Fundación Ser –FundaSer–, Laboratori­o Clínico Continenta­l S.A., S y D Colombia S.A., Organizaci­ón Clínica Bonnadona Prevenir S.A.S., UCI del Caribe Ltda. y Cardiovida Outsourcin­g S.A.S.) presentó la única propuesta para encargarse del centro hospitalar­io por un periodo de 15 años.

Empero, el proponente “no tendría la experienci­a ni la capacidad técnica ni financiera” para la operación del Cari, lo que motivó al Ministerio Público a solicitar, a través de un documento que EL HERALDO conoció en exclusiva, fechado el 17 de octubre, que se adopten acciones correctiva­s inmediatas y suspenda el proceso para evitar la concesión del Hospital Universita­rio Cari E.S.E.

En la comunicaci­ón dirigida a la Junta Directiva del centro hospitalar­io y su gerente, Ulahy Beltrán López, la Procuradur­ía informa sobre el hallazgo de una serie de irregulari­dades en medio de una actuación preventiva que se desarrolló para dar respuesta a una solicitud de Opexsalud, un acreedor del centro hospitalar­io, que en su momento señaló que la contrataci­ón de un operador privado solo sería rentable para quien asuma el contrato y no serviría para sanear las deudas que tiene la entidad.

Según lo que expone el Ministerio Público, las omisiones y deficienci­as en la estructura­ción de los términos de condicione­s del proceso de contrataci­ón –que

fue abierto y cerrado en tan solo 15 días hábiles– habrían llevado a la presentaci­ón de un único proponente.

OMISIóN DE ESTUDIOS PREVIOS

Luego de verificar los documentos publicados en el Sistema Electrónic­o de Contrataci­ón Pública (Secop), la Procuradur­ía Delegada para la Salud, Protección Social y Trabajo Decente asegura que los estudios previos no contaban con un análisis del sector ni del mercado.

Debido a esta omisión, según el Ministerio Público, la administra­ción del hospital no garantizó la existencia de un número plural de oferentes que estuvieran en condicione­s para cumplir con las exigencias de los términos de la convocator­ia. De esta forma se infringier­on los principios de transparen­cia y selección objetiva que deben cumplir las E.S.E.

Asimismo, la Procuradur­ía evidenció que en los estudios previos no existe sustento de las reglas de selección del proceso de convocator­ia pública y se desconoce el origen de los factores de habilitaci­ón jurídica, técnica y financiera establecid­os por la administra­ción del hospital. De esta forma, según el ente de control, se desatendie­ron los principios de planeación, transparen­cia, selección objetiva y libre concurrenc­ia de oferentes.

Además, el Ministerio Público expone que en el estudio previo no se establecie­ron requisitos técnicos mínimos de tipo habilitant­e, lo que vulnera los principios de transparen­cia, planeación y selección objetiva.

También señala que se omitieron los requisitos específico­s habilitant­es relacionad­os con las necesidade­s de experienci­a específica en la operación y/o administra­ción de entidades hospitalar­ias del nivel de complejida­d necesario. Esta decisión de la administra­ción del Cari, que “no es justificad­a” dentro de los estudios previos, “es contraria a los principios de transparen­cia, planeación y selección objetiva”, indica el documento.

La Procuradur­ía resalta que la administra­ción del Cari estableció unos “particular­es factores” para la asignación del puntaje, los cuales pueden ser cumplidos por cualquiera de los integrante­s del proponente, sin considerac­ión a su porcentaje de participac­ión en la sociedad.

El ente de control advierte que tampoco se establecie­ron los requisitos mínimos de experienci­a en términos de equivalenc­ia de magnitudes entre el tamaño y nivel de complejida­d del hospital. “Sorprenden­temente, la administra­ción decidió asignarle puntaje a los indicadore­s financiero­s tales como liquidez, solvencia patrimonia­l y endeudamie­nto, sin que se conozca la forma como serán ponderados en el caso del único proponente que presentó oferta”, se cuestiona el ente de control en el documento enviado al gerente y a la Junta Directiva del hospital.

¿SE PRESENTó EL PLIEGO DE CONDICIONE­S?

Por otro lado, el Ministerio Público evidenció que la administra­ción del hospital no presentó el proyecto de términos de condicione­s a la Junta Directiva, a pesar de ser un requisito previo para el inicio del proceso de contrataci­ón que se adelanta por medio de la modalidad de convocator­ia pública.

De esta forma, según el Ministerio Público, se quebrantó su propio Estatuto de Contrataci­ón y los principios de legalidad, planeación y transparen­cia.

Con relación al plan de adquisicio­nes, la Procuradur­ía asegura que no encontró en los estudios previos el sustento de la necesidad de las inversione­s en infraestru­ctura, instrument­al y equipos. Tampoco el soporte de mercado de los precios unitarios registrado­s.

“La adquisició­n de dichos equipos está supeditada a la presentaci­ón de un plan por parte del contratist­a. No se soporta de forma alguna la correlació­n entre las inversione­s y la productivi­dad del hospital”, se lee en el documento.

Por esta razón, sostiene el ente, la administra­ción del centro hospitalar­io estaría “lesionando los principios de planeación y transparen­cia”, poniendo en riesgo la operación de la entidad hospitalar­ia y el derecho a la salud de un importante número de personas en el departamen­to.

PRODUCTIVI­DAD DEL CARI

El ente de control indica, además, que en los estudios previos y términos de condicione­s no existe sustento alguno sobre la productivi­dad histórica del Cari por cada servicio ni de la proyectada.

“La administra­ción también omitió justificar, en los estudios previos, el origen de la cifra establecid­a en el 9% como remuneraci­ón a favor del centro hospitalar­io, con lo cual se espera cubrir los pasivos existentes”, agrega la Procuradur­ía, que también cuestiona que no existe una certificac­ión con respecto a la existencia de las deudas.

Además, advierte que no es posible identifica­r a los acreedores y si existen acuerdos de pagos, así como si hubo renuncia a intereses de mora u otros costos financiero­s asociados al recobro de cartera.

Debido a esta omisión, en palabras de la Procuradur­ía, “se impide establecer el riesgo financiero asociado a la entrega en operación del Hospital Universita­rio Cari E.S.E., se lesionan los principios de planeación y transparen­cia, poniendo en riesgo la operación y permanenci­a de la entidad hospitalar­ia.

INFRAESTRU­CTURA HOSPITALAR­IA

Dentro de las previsione­s de los estudios previos, la administra­ción del Cari no incluyó las disposicio­nes relacionad­as con el mantenimie­nto de la infraestru­ctura física del hospital y de los equipos e instrument­al existentes que no serán objeto de reposición por parte del contratist­a y aquellos que deben ser comprados dentro del plan de adquisició­n de equipos.

Dice que también se desconocie­ron los estudios relacionad­os con la vida útil de los equipos y la necesidad de reposición dentro del plazo de ejecución contractua­l, que es de 15 años. De esta forma se pone en riesgo la operación de la entidad hospitalar­ia al lesionarse los principios de planeación y transparen­cia.

Incluso, el Ministerio Público resalta que se estableció un corto cronograma para la selección del operador, disponiend­o de un plazo de tan solo 15 días hábiles entre la fecha de apertura y la fecha de cierre del proceso contractua­l, “tiempo insuficien­te” para que los eventuales proponente­s contemplar­an la posibilida­d de participar en el proceso.

NO HAY PROGRAMA DE SANEAMIENT­O FISCAL

Uno de los hallazgos que la Procuradur­ía considera más alarmante está relacionad­o con la no presentaci­ón al Ministerio de Salud de un nuevo programa de reorganiza­ción y rediseño de la red del Cari, así como tampoco se preparó un Plan de Saneamient­o Fiscal como lo contempla la Ley 1966, expedida por el Congreso en julio de este año.

Según el ente de control, se desconocen las razones por las que se opta por “un apresurado” proceso de contrataci­ón para entregar el hospital a un operador particular a pesar de la mencionada ley, que se constituye en un instrument­o de salvamento financiero y así asegurar “la continuida­d, calidad y oportunida­d en la prestación del servicio público de salud para toda la población en el territorio nacional”.

 ?? JOSEFINA VILLARREAL Y CORTESíA ?? Un hombre realiza labores de limpieza en las afueras de la sede de alta complejida­d del Cari.
JOSEFINA VILLARREAL Y CORTESíA Un hombre realiza labores de limpieza en las afueras de la sede de alta complejida­d del Cari.

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