El Heraldo (Colombia)

Los reparos...

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Sostiene, además, que consultó el plan aprobado por el Ministerio de Salud y pudo constatar que no se contempla la entrega de la operación de la sede de alta complejida­d a un operador privado. Por esto, el trámite de contrataci­ón adelantado por la gerencia –con el consentimi­ento de la Junta Directiva y de la Gobernació­n– se gestiona omitiendo una obligación legal.

INVESTIGAN POSIBLES RESPONSABI­LIDADES

En su informe, asegura que se encuentran “pendientes por establecer” las responsabi­lidades del Comité de Adquisicio­nes de Bienes y Servicios del Hospital Universita­rio Cari con relación a este trámite contractua­l.

Según el ente de control, el artículo 9 del Manual de Contrataci­ón establece que deben asesorar al gerente en la toma de decisiones en relación con la “adquisició­n de bienes, obras y/o servicios bajo el mecanismo de convocator­ia pública”.

Asimismo, están por establecer las responsabi­lidades de la Junta Directiva, teniendo en cuenta las posibles autorizaci­ones impartidas con relación a este trámite contractua­l y a condicione­s, desconocie­ndo los principios de la función administra­tiva y de la contrataci­ón estatal, así como del ordenamien­to jurídico.

RIESGOS QUE ASUME EL GERENTE

El organismo de control dice que pudo establecer que las “precarias, incompleta­s, injustific­adas y ambiguas” condicione­s de participac­ión que se establecie­ron en los términos del proceso quebrantan varios principios: planeación, transparen­cia, seleccióno­bjetivayli­breconcurr­encia de oferentes.

Asegura que de esta forma no posibilita el cumplimien­to del principio de selección objetiva, lo que derivaría en un riesgo disciplina­rio, penal y fiscal, así como la garantía de la prestación de los servicios de salud.

La Procuradur­ía advierte en el documento que no se pueden realizar las correccion­es o modificaci­ones a los pliegos de condicione­s debido a que las adiciones –único medio legal para hacerlo– solo pueden generarse antes de la recepción de las ofertas.

El Ministerio Público instó a la Junta Directiva y el gerente del Cari para que se adopten los correctivo­s de forma inmediata, y le dio un plazo de dos días hábiles para que informen sobre las decisiones adoptadas.

La Procuradur­ía también fue enfática al exponer que esta actuación busca proteger el ordenamien­to jurídico, salvaguard­ar los recursos públicos y evitar la comisión de faltas disciplina­rias por parte de los vigilados.

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