El caso de Digno Palomino también podría ser archivado en Caracas
Luego de conocerse la decisión que tomó el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de archivar el expediente contentivo de la solicitud de detención, con fines de extradición, que pasaba en Venezuela sobre Jorge Eliécer Díaz Collazos, alias Castor, este medio conoció que el proceso contra Digno José Palomino Rodríguez podría correr el mismo riesgo.
El expediente contentivo del proceso de “extradición pasiva” del ciudadano Digno Palomino fue remitido al TSJ en enero de 2020 y asignado a la Sala de Casación Penal.
Sobre el indiciado pesaba una notificación azul de Interpol, emitida en Colombia por la presunta comisión de los delitos de concierto para delinquir, homicidio, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, extorsión, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego.
“A través de una investigación se estableció que Digno José Palomino Rodríguez es integrante de una organización delincuencial denominada ‘Los Costeños’, dedicada al sicariato, cobro de extorsiones y control de narcotráfico, donde Palomino Rodríguez es el segundo cabecilla de esta organización y es quien ordena la comisión de los homicidios y demás actividades delictivas”, se lee en el expediente.
En virtud de la mencionada notificación azul, el 10 de diciembre de 2019, el hombre fue detenido en la ciudad de Cabudare, estado Lara, Venezuela, por funcionarios de la División de Investigaciones de Interpol, quien al momento de su captura se identificó como Leonardo Fabio Sánchez Palomino.
El 4 marzo de 2020, se realizó una audiencia donde la Sala de Casación Penal acordó notificar al Gobierno de la República de Colombia, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, “del término perentorio de noventa (90) días continuos que tiene siguientes a la fecha de su notificación, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial respectiva que sustente el procedimiento de extradición de Digno José Palomino Rodríguez”. La decisión indicó que, en caso de no ser remitida la documentación requerida en dicho lapso, “se ordenará el cese de la medida de coerción personal decretada contra el referido aprehendido”, conforme con lo establecido en la legislación venezolana.