Protocolos, consultas y Juntas de Acción Comunal
Algunos de los 78 movimientos de revocatoria de mandato que se inscribieron en el país desde enero van contra Claudia López, en Bogotá; William Dau, en Cartagena; Daniel Quintero, en Medellín; Jorge Iván Ospina, en Cali y Jairo Yáñez, en Cúcuta.
No obstante, hasta esta semana 5 de esos comités habían anunciado su retiro por la falta de protocolos para la recolección de firmas que debía entregar el Ministerio de Salud y que esta semana avaló.
Los mandatarios municipales y departamentales podrán ser revocados hasta 18 meses antes de terminar su administración. Es decir, el plazo sería a junio de 2022. Y para recoger las firmas el plazo es de seis meses, aunque el CNE lo podrá extender tres meses más. Las firmas deben ser el 30% de los votos con los que el mandatario fue electo y en la votación debe contarse con la mitad más uno.
Otro de los temas que definió el CNE fue el de fijar para el 13 de marzo de 2022 las consultas populares, internas o interpartidistas para la escogencia de sus candidatos a la Presidencia. La inscripción será del 13 de diciembre al 27 de diciembre de 2021. Los precandidatos podrán inscribirse hasta el 11 de febrero de 2022, y se deberán presentar las preguntas hasta el 27 de enero de 2022. Y para las legislativas la inscripción de las cédulas será hasta el 13 de enero de 2022. Así mismo, del 13 de noviembre al 13 de diciembre de 2021 se llevará a cabo la inscripción para candidatos al Congreso. Finalmente, a mediados de marzo el Ministerio del Interior por riesgos sanitarios suspendió las elecciones de las Juntas de Acción Comunal, JAL, que estaban previstas para el próximo 25 de abril.