Legítima defensa
En días pasados los ciudadanos presenciamos indignados y perplejos, como unos delincuentes atacaron un CAI, con brutalidad y sevicia desmedida, con la intensión de atentar contra las vidas de los policías quemándolos vivos. Ante el peligro inminente de morir, los policías salieron con las manos en alto para demostrar que no había intención de agredir, pero a pesar de ello fueron agredidos por los delincuentes y para salvar sus vidas fueron obligados a huir del lugar. Este dantesco espectáculo es un mensaje decepcionante para el ciudadano del común, al ver que los violentos priman ante la autoridad.
La Constitución en la Carta de 1991 hace un reconocimiento expreso al derecho a la vida y el Derecho Penal en la ley 599 del 2000 artículo 32, configura el derecho a la " legítima defensa propia", derecho que puede ser ejercido por un civil o un miembro de la fuerza pública, cuando la agresión sea ilegítima e injusta, actual o inminente y que frente a la agresión es necesario defender un derecho propio, en este caso su propia vida, estos tres elementos se configuran en el caso de los policías del CAI que habrían podido ejercer ese derecho.
¿Ahora bien, porque no lo hicieron? Posiblemente hay factores objetivos y también subjetivos que no les permitió actuar. Esto debería hacer reflexionar a los ciudadanos para entender que la autoridad debe ser apoyada, aunque haya unos miembros que actúan de manera ilegitima, los cuales deben ser judicializados; así como también se debe repudiar la violencia ejercida fuera de la ley por los delincuentes y que también deben ser judicializados.
De su parte las autoridades competentes deben buscar mecanismos específicos para que los miembros de la fuerza pública, dentro de los parámetros que otorgan las leyes, puedan ejercer el derecho a la Legítima Defensa para proteger su propia vida.
Las marchas de protesta son un instrumento legítimo en la democracia que en Colombia está en peligro, por culpa del accionar violento contra el ciudadano por cuenta de unos delincuentes.