¿Le aplicaría la cadena perpetua?
El representante a la Cámara César Loduy, del Partido Cambio Radical, ponente de la ley que dicta cadena perpetua para violadores y asesinos de niños en el país, le dijo a EL HERALDO que la Ley 2098, por medio de la cual se reglamenta la prisión perpetua revisable y se reforma el Código Penal o Ley 599 de 2000, el Código de Procedimiento Penal o Ley 906 de 2004, el Código Penitenciario y Carcelario o Ley 65 de 1993 y se dictan otras disposiciones, también conocida como la Ley Gilma Jiménez, fue promulgada el 6 de julio de 2021, y en concordancia con el artículo 28 de la misma, esa ley “rige desde su promulgación”. Además, señaló, “de acuerdo con lo que se ha conocido a través de un comunicado de la Fiscalía y los medios de comunicación, los hechos con los que supuestamente está relacionado Lopera ocurrieron el 28 de junio de 2021”. Por ello, concluye el impulsor de la norma, “no existe la más mínima posibilidad de que una ley de carácter penal, promulgada en julio 6 de 2021, se pueda aplicar a hechos que ocurrieron el 28 de junio de 2021. Como diría alguno, se salvó de la prisión perpetua por un pelo”. La otra aclaración, indicó, “es que efectivamente la ley penal en virtud del principio de favorabilidad puede aplicar tanto de manera retroactiva para regular situaciones ocurridas antes de su vigencia, como de manera ultractiva, para regular situaciones después de su derogatoria, pero solo y únicamente para garantizar al procesado, o al condenado, la aplicación de la ley penal más favorable”. En este sentido, agregó el legislador de la Cámara de Representantes: “A todas luces y con base en todo lo anterior, se concluye que es imposible que la Ley 2098 de julio 6 de 2021, por medio de la cual se reglamenta la prisión perpetua, pueda ser aplicada a hechos que ocurrieron el 28 de junio de 2021, pero además porque la misma en ningún sentido le sería favorable al imputado Ismael Darío Lopera Tangarife, conocido como Manolo”.