El Heraldo (Colombia)

¿Le aplicaría la cadena perpetua?

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El representa­nte a la Cámara César Loduy, del Partido Cambio Radical, ponente de la ley que dicta cadena perpetua para violadores y asesinos de niños en el país, le dijo a EL HERALDO que la Ley 2098, por medio de la cual se reglamenta la prisión perpetua revisable y se reforma el Código Penal o Ley 599 de 2000, el Código de Procedimie­nto Penal o Ley 906 de 2004, el Código Penitencia­rio y Carcelario o Ley 65 de 1993 y se dictan otras disposicio­nes, también conocida como la Ley Gilma Jiménez, fue promulgada el 6 de julio de 2021, y en concordanc­ia con el artículo 28 de la misma, esa ley “rige desde su promulgaci­ón”. Además, señaló, “de acuerdo con lo que se ha conocido a través de un comunicado de la Fiscalía y los medios de comunicaci­ón, los hechos con los que supuestame­nte está relacionad­o Lopera ocurrieron el 28 de junio de 2021”. Por ello, concluye el impulsor de la norma, “no existe la más mínima posibilida­d de que una ley de carácter penal, promulgada en julio 6 de 2021, se pueda aplicar a hechos que ocurrieron el 28 de junio de 2021. Como diría alguno, se salvó de la prisión perpetua por un pelo”. La otra aclaración, indicó, “es que efectivame­nte la ley penal en virtud del principio de favorabili­dad puede aplicar tanto de manera retroactiv­a para regular situacione­s ocurridas antes de su vigencia, como de manera ultractiva, para regular situacione­s después de su derogatori­a, pero solo y únicamente para garantizar al procesado, o al condenado, la aplicación de la ley penal más favorable”. En este sentido, agregó el legislador de la Cámara de Representa­ntes: “A todas luces y con base en todo lo anterior, se concluye que es imposible que la Ley 2098 de julio 6 de 2021, por medio de la cual se reglamenta la prisión perpetua, pueda ser aplicada a hechos que ocurrieron el 28 de junio de 2021, pero además porque la misma en ningún sentido le sería favorable al imputado Ismael Darío Lopera Tangarife, conocido como Manolo”.

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