El Heraldo (Colombia)

EL FALLO DE LA CORTE IDH EN EL CASO AMRHEIN VS. COSTA RICA

- POR IVÁN CANCINO

La reciente sentencia proferida por la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso Amrhein y otros Vs. Costa Rica ha desencaden­ado una serie de reflexione­s fundamenta­les sobre el propósito y los límites de la privación de libertad en el contexto legal de países como Colombia que no han ajustado su legislació­n a estos estándares. En un fallo que ha resonado en los cimientos de la justicia, la Corte estableció que la privación de libertad de un imputado no puede basarse en fines preventivo­s, generales o especiales atribuible­s a la pena. Además, hizo hincapié en que el peligro procesal no debe presumirse, sino que debe evaluarse en cada caso de manera objetiva y específica.

Esta postura es un hito significat­ivo en la jurisprude­ncia internacio­nal que es aplicable en nuestro sistema jurídico, al reafirmar que solo existen dos fines legítimos para privar a alguien de su libertad durante un proceso legal: garantizar que el acusado no obstaculic­e el desarrollo del procedimie­nto ni eluda la acción de la justicia. Este enfoque, fundamenta­do en la protección de los derechos humanos y el debido proceso, refleja un avance sustancial hacia una justicia más equitativa y respetuosa de la dignidad humana.

Pero ¿qué pasa en la práctica? Resulta preocupant­e observar cómo, a pesar de este fallo contundent­e, algunos fiscales, que valga la pena recordar son abogados y deberían conocer el bloque de constituci­onalidad, persisten en solicitar medidas de aseguramie­nto basadas en criterios que contradice­n los principios fundamenta­les de la justicia y la lealtad procesal. Surge así la pregunta inevitable: ¿llegará el día en que se aplique la convencion­alidad de manera coherente y uniforme, o seguirá siendo utilizada selectivam­ente según los intereses de turno?

Es importante recordar que el Estado colombiano tiene una obligación internacio­nal de adecuar su legislació­n a los estándares establecid­os por la Corte IDH. Esto no solo implica cumplir con formalidad­es legales, sino también garantizar la plena protección de los derechos humanos de todos los ciudadanos.

En este sentido, los jueces constituci­onales desempeñan un papel crucial en la aplicación de estas medidas, al abstenerse de ordenar medidas de aseguramie­nto que se basen en fines contrarios a los estándares internacio­nales de derechos humanos. Su compromiso con la defensa de los derechos fundamenta­les es esencial para fortalecer la credibilid­ad y legitimida­d del sistema judicial en su conjunto.

En conclusión, el fallo de la Corte IDH en el caso Amrhein Vs. Costa Rica nos invita a reflexiona­r sobre el estado de nuestra justicia y a reafirmar nuestro compromiso con la defensa de los derechos humanos. La lucha por una sociedad más justa y equitativa es un desafío constante que requiere la participac­ión activa de todos los actores del sistema judicial y de la sociedad en su conjunto.

El fallo nos invita a reflexiona­r sobre el estado de nuestra justicia y a reafirmar nuestro compromiso con la defensa de los derechos humanos”.

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