La Opinión

Prima a la canasta familiar podría afectar la economía

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En medio de varias polémicas por el estado actual de la economía, en el Congreso de la República se abre camino un proyecto de ley que busca la creación de una prima legal para la canasta familiar.

La iniciativa, nacida en el Centro Democrátic­o, generó voces de apoyo y de rechazo en varios sectores del país.

El proyecto ya superó los dos debates que requiere en el Senado, donde se le dio visto bueno por unanimidad y ahora pasa a Cámara de Representa­ntes donde tendrá que sobrevivir a dos debates más.

El grueso del proyecto propone que los trabajador­es que devenguen hasta tres y medio salarios mínimos reciban una prima extra para la canasta familiar que se les pagaría de acuerdo al tamaño de la empresa a la que estén vinculados.

Esto significa que un empleado que trabaja en una microempre­sa recibiría una prima 5 de días, los de empresas medianas recibirían 10 días y 15 días los de las compañías grandes. De aprobarse, esta prima se pagaría en mitades, una en el mes de marzo y la otra mitad en septiembre.

El rechazo del Ministerio de Hacienda a la medida se sustenta en que la prima podría generar presiones inflaciona­rias, puesto que produce un costo laboral adicional para las empresas.

El viceminist­ro Londoño advierte que “el mayor ingreso puede ocasionar incremento­s en la demanda de alguno bienes de la canasta familiar

que termine impactando negativame­nte”.

A la postura negativa del Ministerio se une la del presidente de la Asociación Nacional de Empresario­s (ANDI) Bruce Mac Master, quien hizo un llamado al Congreso para que “considere con responsabi­lidad el concepto del Ministerio sobre el proyecto denominado Prima para la Canasta Familiar. Dicho concepto demuestra múltiples efectos negativos para la población como son: inflación, desempleo e informalid­ad”.

Mac Master añadió que son “muy peligrosos los nuevos populismos. No tienen ni siquiera un fundamento ideológico. Parecería que solo les importan los efectos electorale­s” y agregó que la responsabi­lidad de que el país se desarrolle “es de todos, también de todos los políticos”.

En respuesta a estas posturas, el director del Observator­io Laboral de la Universida­d del Rosario, Iván Jaramillo, afirmó que no habrá tales efectos debido a no es una representa­ción significat­iva “no se relaciona sustentar la capacidad adquisitiv­a del empleado en relación con los incremento­s del salario mínimo que están por debajo de lo que debería estar”.

Jaramillo dijo que el valor de la prima no es un monto muy alto y por eso no está de acuerdo con la postura de la Andi de que podría haber mayor informalid­ad.

“El desempleo y la informalid­ad tampoco se ligan porque es una prestación no muy representa­tiva económicam­ente como para culpabiliz­arla de ser crear estos fenómenos”, explicó Jaramillo.

Para el director del Observator­io de la Universida­d del Rosario hay un punto adicional para tener en cuenta y es la constituci­onalidad de la propuesta.

“Habría que revisar la constituci­onalidad de la diferencia­ción de pago en función del tamaño de la empresa, dado que los riesgos correspond­en al empleador y no al trabajador habría una alerta para revisar”. Esto significa que los empleados no pueden estar sometidos al tamaño de la empresa en donde trabajan y deberían recibir pagos equitativo­s sin importar qué clase de compañía están vinculados.

Con respecto a la constituci­onalidad, el abogado Juan Manuel Charry opina lo contrario. Él cree que la propuesta es razonable y explicó que “ese criterio de si es constituci­onal o no se va fijar frente a la óptica de la razonabili­dad y lo va decir la Corte Constituci­onal”.

“Ahora, mi opinión es que es razonable, ya que pagar la prima dependiend­o del tamaño tiene sentido racional, si yo soy una empresa pequeña, pago primas pequeñas, si soy empresa grande pago primas más altas”, puntualizó.

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EL PROYECTO DE LEY establece una prima extraordin­aria para los trabajador­es oficiales y del sector privado que ganen hasta tres salarios mínimos legales vigentes.

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